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El caso Schiavini conmovió a la CIDH

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SE IMPUSO ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA
SE IMPUSO ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA

    El pasado 2 de marzo de 2005 ocurrió uno de los acontecimientos más importantes de los últimos años en lo que a derechos humanos respecta.

 

    Y es que -aunque pasó por alto a los principales medios de información del país-, en la ciudad de Washington, se firmó un novedoso “acuerdo de solución amistosa” con el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el marco del “caso Schiavini”, en el que Sergio Schiavini y su madre, Maria Teresa Schnack, resultaron víctimas de violaciones a los derechos humanos.

    Lo sucedido configura un precedente fundamental no sólo para todos los otros casos denunciados ante la CIDH, sino para cualquier futura violación a los derechos humanos por parte del Estado.

    Es dable recordar que la denuncia por el caso Schiavini había sido presentada el 3 de febrero de 1998 por parte de la Comisión de Familiares de Víctimas Indefensas de la Violencia Social e Institucional de la República Argentina, (COFAVI) y tiene que ver con la muerte de Sergio, ocurrida en 1991 durante un enfrentamiento entre miembros de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y un grupo de asaltantes que tomaron como rehenes a varias personas que se encontraban en el interior de una confitería de Lomas de Zamora.

    En dicha denuncia se sostiene que el Estado es responsable de la muerte de Schiavini no sólo por el deceso en sí, sino por haber incumplido su deber de investigar adecuadamente este homicidio, con la consecuente denegación de justicia para la familia de la víctima.

   A esta altura se ha demostrado que la investigación inicial estuvo encaminada a eliminar las pruebas que comprometían la responsabilidad del personal policial en el uso excesivo de la fuerza y que no se identificó, detuvo ni procesó a todos los policías participantes en el hecho, sino únicamente a 15 de ellos, a quienes se juzgó por “homicidio en riña”.

    Por lo antedicho -y una docena de irregularidades más-, la CIDH decidió finalmente declarar admisible el caso Schiavini el 27 de febrero del 2002.

    Posteriormente, el 2 de marzo pasado, se firmó finalmente el “Acuerdo de solución amistosa” que referíamos al principio de esta nota.

    En el mismo, se acordaron una serie de medidas "novedosas" que serán de suma utilidad para todos los casos de violencia social que puedan suceder a futuro. Veamos:

1.
Reformas al Código Procesal Penal de la Nación: 

A) Obligatoriedad de realización de autopsias en casos de muertes violentas o sospechosas de criminalidad y la prohibición de la participación en las autopsias de los miembros de las fuerzas de seguridad en aquellos hechos en los que personal de las mismas haya tenido algún tipo de participación.

B) Derecho de los familiares de las víctimas a designar un perito de parte previo a la realización de la primera autopsia.

C) Introducción como causal de recurso de revisión la violación de derechos humanos.

2. Reformas al Código Penal:

A) Se introduce como causal de suspensión o interrupción del curso de la prescripción la violación de derechos humanos desde el momento de la admisión de una petición por parte de la CIDH.

3. Evaluación para su adecuación a los estándares internacionales de la normativa para  los casos de toma de rehenes y uso de la fuerza. (Principio Nº 3 de la Resolución 1989/65 de la ONU)

4. Elaboración de un proyecto normativo en el cual se establezca un procedimiento para la tramitación y diligenciamiento de las Peticiones que se presentan ante la CIDH y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que contemple la creación de un órgano específico con competencia en el proceso de toma de decisiones – incluyendo el instituto de la solución amistosa.  

5. Para el caso en que la Cámara de Casación Penal de la Pica. De Buenos Aires no haga lugar al Recurso de Revisión presentado por el Procurador General de la Provincia, se constituirá una Comisión de la Verdad que investigue los hechos en los que se produjo la muerte de Sergio Schiavini, la conducta llevada adelante el personal de la policía bonaerense, la actuación de los jueces de instrucción y juicio oral, así como todas la causas conexas derivadas de la instrucción penal posterior.

6. Constitución de un Tribunal Arbitral integrado por expertos independientes de reconocida actuación en la materia de derechos humanos (COFAVI  ha designado al Dr. Elías Neuman)  para que se determine el monto de la reparación pecuniaria según los estándares internacionales.

    Lo antedicho forma parte de algunas de las medidas a adoptar para dar cumplimiento a este acuerdo y brindarán transparencia a los futuros procesos por casos de muertes por violencia social.

    Por eso, lo que ha sucedido el pasado 2 de marzo es una noticia que debería llenarnos de orgullo y felicidad, ya que ayudará a que el nivel de injusticia que se percibe a diario sea cada vez menor.

    Esto es un logro de COFAVI y de la infatigable Teresa Schnack, pero también es mérito de las Dras. Ana Herren y Paula Squassi, abogadas que luchan desde hace años a favor de los derechos humanos y que ha trabajado duramente para que todo culminara de esta manera.

    Levantemos nuestras copas, hay mucho para festejar. Sobre todo, por el futuro bien de nuestros hijos.

    No es poco.

 Christian Sanz

 

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