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Nuevas medidas para el transporte automotor en el marco del plan Emergencia Covid-19

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Se realizó por comunicado de la Comisión Nacional de Transporte
Se realizó por comunicado de la Comisión Nacional de Transporte

Como consecuencia de las excepciones que se fueron estableciendo para flexibilizar algunos sectores, durante la cuarentena por coronavirus, se produjo un crecimiento del tránsito de vehículos y de personas circulando.

 

De esta forma y ante la gran preocupación del Gobierno Nacional por el uso del transporte público para que se cumpla el distanciamiento social y prevenir contagios por el COVID-19-, en las últimas horas se dio a conocer por la Comisión Nacional de Transporte un Protocolo Plan Emergencia Covid- 19- “Para el transporte Automotor en el cual se determinan las nuevas exigencias para pasajeros y choferes de colectivos”.

Por lo tanto se publicó en el Boletín Oficial la Disposición 28/20 en la cual se especifican los alcances del protocolo en cuestión en cuanto a las “pautas mínimas de higiene y prevención que contribuyan a minimizar la propagación del virus las que deberán ser observadas por los destinatarios del mismo”.

En lo que respecta a los destinatarios se encuentra dirigido a todos “los operadores de transporte automotor de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional y los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroatumotoras bajo la órbita de control de la Comisión Nacional de Regulación del transporte”.

Concretamente se refiere al uso de colectivos, micros y vehículos de carga, en el que se fijan frecuencia de servicios, normas de desinfección y otros recaudos en plena pandemia.

La Comisión Nacional de Transporte, señalo que el nuevo protocolo se debe a las estadísticas de contagios de COVID 19, especialmente al área Metropolitana de Buenos Aires, así como al incremento de pasajeros transportados en el último mes.

En cuanto a las medidas de prevención generales y comunes para todos los destinatarios, se basan en incrementar el cuidado del personal asignado a la prestación de los servicios mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud.

En relación a los choferes de las unidades y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones de las empresas y/o terminales, se deberá: proveerlos diariamente de barbijos. Minimizar el contacto físico a través de la circulación incluidos papeles y dinero y fomentar el uso digital en cualquier transacción. Instruir en forma permanente y comunicar eficientemente a todo el personal involucrado, sobre las indicaciones de distanciamiento social aprobadas por el Ministerio de Salud como así también de todas aquellas normas y medidas impartidas por dicha autoridad en el marco de la emergencia sanitaria.

También se recomienda que “antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún de la enfermedad de COVID-19 no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo.

Clausurar la puerta del ingreso que se encuentra a la derecha del conductor, y se habilita las puertas posteriores de la unidad (de atrás) tanto para el ascenso como el descenso de pasajeros y quedando la puerta de ingreso referida para uso exclusivo del conductor.

El conductor de cada unidad se encuentra aislado físicamente de los pasajeros en todas las unidades, con una aislación física de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad y de seguridad.

Mientras dure el “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”, quedará anulada íntegramente la primera fila de asientos, debiendo sentarse los pasajeros con la debida distancia, social de asientos tanto del chofer como del resto de los pasajeros.

Se fijará en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, cartelería que establezcan las autoridades competentes destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.

En las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros, no deberán compartir utensillos comunes (mate) .

Será obligatorio para todo el personal el uso de barbijos y para los pasajeros el uso de barbijos o tapabocas caseros.

Antes de la toma de cada servicio y a su finalización, el vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante a base de alcohol, y en los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros.

Con relación a la espera en las paradas; ascenso y descenso y dentro de los vehículos los pasajeros deberán mantener la distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de aplicación.

En el caso que algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 mts. El chofer deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje.

Los choferes deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier caso sospechoso o emergencia.

En lo atinente al Transporte Automotor de cargas generales y peligrosas se aplican las mismas normas previstas precedentemente en lo atinente a ventilación permanente, desinfección antes y después del viaje, uso obligatorio de barbijos, no compartir utensilios (mate) y uso de protección básica.

En cuanto a las terminales, se especifica que deben estar bien ventiladas, que se debe aumentar la frecuencia de limpieza de espacios públicos (al menos cuatro veces al día) y de los baños (una vez por hora, como mínimo) y que se tiene que instar a los comercios habilitados a normas de higiene similares.

Respecto del Transporte Interurbano de pasajeros, y ferroviarios de larga distancia, si bien “se encuentra suspendido. Solo están en circulación aquellos servicios autorizados por la Subsecretaria de Transporte por razones de sanitario y/o humanitario y/o de abastecimiento que sean necesarias para el cumplimiento de tareas esenciales”.

Por lo tanto deberán cumplir las mismas medidas mencionadas para el transporte automotor urbano o sea control de temperatura de los conductores, de disponer una aislación física transparente entre ellos y los pasajeros y del uso obligatorios de barbijos, el chofer y su acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de un metro y medio. Se aclaró que si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su propia ropa de cama.

Deberá ser desinfectado antes y después de cada recorrido, el vehículo deberá circular durante todo el viaje en forma ventilada. En lo que respecta al acondicionamiento del mismo, en los baños tendrá que haber un rociador con una solución de agua y lavandina en las proporciones que indique el Ministerio de Salud.

Queda prohibido el acceso a plataformas, de personas que no harán uso del servicio de transporte. Deberá indicarse esto en forma permanente por sistemas de parlantes y por los medios tecnológicos que se dispongan en cada caso para la comunicación al público usuario.

El uso de barbijos será obligatorio para todo el personal que desarrolle tareas en la Terminal.

Finalmente, se menciona que este protocolo fue actualizado en un trabajo conjunto por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) con la Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Airres, Las cámaras del sector que actualizaron el Plan de Emergencia COVID- 19- para el transporte automotor y que en el caso de incumplimiento se ratificó que habrá severas sanciones y se invita a su adhesión a las demás provincias y municipios.

Ante cualquier duda o consulta o para interiorizarse respecto de la Disposición y/o protocolo ingresa a: www.boletinoficial.gob.ar.

O bien www.argentina.gob.ar/transporte/cnrt

Coronavirus: Emergencia teléfono 107

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Escribi “Hola” sin comillas al número 54911 22560566

Provincia de Buenos Aires, al teléfono 148

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. Comenté que en la ciudada de córdoba el primer día todo lo expuesto en esta nota, el segundo día se cambia y pueden subir ocupando todos los asientos, tercer día volvimos lo dispuesto el primer día. Todo para el transporte urbano. El interurbano, no funciona hace más de 30 días porque los subsidios que manda Buenos Aires no alcanzan, mucho menos para pagar sueldos. Habló por las radio de córdoba el pesronajón que mandamos al Ministerior de Transporte de la Nación, Bermudez y dijo que los subsidios hasta el mes de Septiembre no se aumentan, por lo tanto siguen los interurbanos sin circular. TODO UN ÉXITO.

  2. El que dicto esta norma viajo alguna ves en colectivo,subiendo por la puerta de atras hay que pasar al lado de otros pasajeros para abonar el pasaje,lo cual es una incomodidad,poniendo esa cortina plastica que aisla al chofer es suficiente,muchachos alguna ves dejen de ser tilingos con autos y viajen en el transporte publico,detras de un escritorio no tiene la menor idea de nada,es mas jamas tuvieron ideas utiles pero si como complicarle la vida al usuario,Como dice el tango " cualquier ñato con tarjeta hoy se cree un señor "

  3. Del Ministerio de Transporte de la Nación, también conformada por cráneos cordobeses, de uno solo no hacemos ni un cuarto.NO se les cae una idea coherente.

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