Press "Enter" to skip to content

El Gobierno continúa con la demolición de la Unidad de Información Financiera

El pasado 16 de abril, mediante el dictado del DNU 274/2025, el presidente Javier Milei eliminó la potestad de querellar que detentaba la Unidad de Información Financiera (UIF).

Entre los fundamentos, que de ninguna manera explican la urgencia de la decisión, se apela a una recomendación del GAFI, entidad internacional que supervisa a este tipo de organismos.

En efecto, el GAFI había sostenido que “nuestro país debe reconsiderar la intervención de la Unidad de Información Financiera (UIF) como parte querellante, en tanto dicha actividad podría afectar su autonomía e independencia operativa.”

Pero lo cierto es que dicha reconsideración, no apuntaba necesariamente a la eliminación de esta facultad procesal, sino a evitar que, como pasó con gobiernos anteriores, el organismo entrara y saliera de las causas, como querellante, según los vaivenes del signo político gobernante.

En este sentido, es de público conocimiento que, durante el gobierno de Alberto Fernández, la UIF se retiró de causas impulsadas contra Cristina Fernández de Kirchner y otros funcionarios del Régimen K.

Por otra parte, se argumenta en el DNU que “de acuerdo al artículo 120 de la Constitución Nacional, el Ministerio Público Fiscal, como órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, es el encargado de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.” Ahora bien, representar a la sociedad no es representar al Estado. La UIF, a diferencia del Ministerio Público, sí representa al Estado, que es quien se ha obligado por medio de tratados internacionales anticorrupción, a perseguir al crimen organizado. De ahí que la facultad de querellar de la UIF sea lícita y necesaria, en esta materia.

Más aún, teniendo en cuenta el principio de progresividad de las normas internacionales anticorrupción, que impiden retrocesos en los estándares alcanzados en la materia, el gobierno, al quitar la potestad de querellar a un organismo que lucha contra el crimen organizado, no hace otra cosa que vulnerar los tratados internacionales en los que Argentina es parte.

En definitiva, pareciera que el gobierno de Milei invoca el mal uso que los corruptos hicieron de la potestad de querellar para eliminarla, debilitando a la UIF y, por tanto, favoreciendo al crimen organizado y a su contracara estatal: la corrupción.

En este sentido, la eliminación de la potestad de querellar se contradice con la reforma que hace el mismo DNU 274/2025, a la ley 25.246, ya que le otorga a la UIF la posibilidad de hacer requerimientos a las fiscalías, tales como el allanamiento de domicilios. O sea: según el gobierno, querellar está mal, porque podría debilitar la independencia de la UIF, pero pedir a los fiscales que allanen domicilios, no. ¿Cómo explicarlo?

Asimismo, el DNU mencionado, modifica la actual legislación otorgándole a la UIF la posibilidad de suspender a prueba los sumarios administrativos que inicia, a fin de acordar con los infractores la reparación del daño ocasionado. Desde ya que esta potestad, siguiendo el mismo criterio que aplica el gobierno para quitar la facultad de querellar, y por el margen de discrecionalidad que la misma permite, también expondría a la UIF a su utilización política. ¿Quiénes serán los beneficiados con la suspensión de sumarios? ¿Los amigos del poder o aquellos que realmente se encuentren en una situación que técnicamente lo amerite?

La accidentada política que el gobierno nacional llevó adelante respecto de la UIF, provocó la renuncia de dos de los tres funcionarios que puso al frente de la misma, cuando quisieron hacer valer la independencia que la ley le otorga al organismo. Y esto se ve agravado hoy, en la medida que el Ejecutivo dilata la designación de un nuevo Presidente, para que continúe a cargo un vice carente de idoneidad y amigo del poder. En definitiva, es la conducta del gobierno lo que mina la autonomía de la UIF. No la potestad de querellar. Y es eso, en definitiva, lo que genera dudas sobre cuáles son las intenciones de Javier Milei, al realizar modificaciones de relevancia en las atribuciones de la UIF, sin seguir el procedimiento de sanción de leyes que corresponde al Congreso de la Nación, y sin que exista urgencia alguna para apelar al dictado de un DNU.

Director periodístico: Christian Sanz © Tribuna de Periodistas. Todos los derechos reservados
× Escribenos!