El pasado 14 de Junio el Poder Ejecutivo Provincial remitió a la Legislatura el proyecto PE-8/12-13 el cual dispone la desafectación de tierras fiscales provinciales para ser utilizadas en el Programa Crédito Argentino del Bicentenario (Pro-Cre-Ar) creado por Decreto Nacional Nº 902/12. Pero a diferencia del Decreto Nº 902/12, del cual formaba parte integral un anexo donde se detallaba la jurisdicción, partido, localidad, superficie e información catastral identificatoria de la ubicación exacta de cada predio, el proyecto del Gobernador Daniel Scioli carece de esta información básica.
El proyecto del Poder Ejecutivo establece en su artículo 1º: “Disponer la desafectación de su destino actual de todas las tierras de dominio provincial que siendo urbanísticamente aptas para la construcción de viviendas, no tengan un destino específico, o que, teniéndolo, no cumplan con el mismo”. Acto seguido en el artículo 2º se establece: “Encomendar al Poder Ejecutivo la adopción de las acciones tendientes a la identificación y delimitación definitivas de los predios alcanzados por el artículo 1º, facultándolo a disponer su posterior afectación a programas creados o a crearse en el ámbito provincial y/o transferencia gratuita u onerosa al Fondo Público denominado Programa Crédito Argentino Bicentenario para vivienda única familiar (Pro.Cre.Ar), a cualquier otro ente creado o a crearse para el cumplimiento de los fines de la presente ley o a los beneficiarios, a partir de un estudio técnico, catastral y nominal, y previa tasación en caso de corresponder.”
En su proyecto de Ley el Poder Ejecutivo primero dispone la desafectación de todas las tierras fiscales que sean aptas para construir viviendas sin definir ni identificar de que tierras habla, simplemente utiliza el adjetivo indefinido “todas”. ¿Debemos entender que literalmente todas las tierras fiscales de la provincia aptas a tal fin serán transmitidas al programa Pro.Cre.Ar? Acto seguido, en el artículo 2º, el Poder Ejecutivo se “encomienda a sí mismo” (recordemos que es el Poder Ejecutivo el autor del proyecto) a “adoptar las acciones tendientes a la identificación y delimitación definitiva de los predios alcanzados” (…) “… a partir de un estudio técnico, catastral y dominal…” Nos preguntamos ¿no sabe el Poder Ejecutivo que tierras fiscales son aptas para este cometido que requiere de una ley para “encomendarlo” a que realice el estudio respectivo?
Llama la atención, y es muy preocupante, que luego de ciento cincuenta y tres (153) años desde la creación de la primer Oficina de Tierras Públicas y Bienes del Estado (por Ley Nº 271), el Poder Ejecutivo le pida autorización al Poder Legislativo para “realizar un relevamiento integral que identifique las tierras de las que dispone la provincia” (tal es el texto en los fundamentos del proyecto) cuando el gobierno provincial debería contar de hecho con esta información tan elemental. Recordemos que en el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires se encuentra la Dirección Provincial de Tierras entre cuyas misiones se destaca: “Crear un Banco de Tierras, mantener actualizado el Registro Provincial de Tierras y movilizar suelo urbano para la regularización urbana, vivienda y equipamiento social, y el reordenamiento urbano” , además figuran dentro de sus objetivos especificos: “Identificar, registrar, evaluar y categorizar predios de origen público y/o privado que fueren considerados aptos para la concreción de planes y programas de desarrollo y mejoramiento del hábitat”, asimismo: “Desarrollar las acciones y mecanismos necesarios a fin de obtener y evaluar la información primaria sobre las condiciones de la temática tierra en los distritos que conforman la provincia de Buenos Aires”. Además dentro del ámbito del mismo Ministerio de Infraestructura existe una subsecretaria, la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Viviendas, cuya misión es: “Ser el organismo rector en materia de política de tierra, urbanismo y vivienda, desarrollando acciones estratégicas que promuevan el uso social del suelo, la cobertura de servicios urbanos básicos, el mejoramiento del hábitat, la regularización dominial y la escrituración social.” Conjuntamente, la provincia cuenta con la Dirección Provincial de Catastro Territorial, creada por Ley Nº 10.707 del año 1988, cuyo objeto es ser “el registro del estado de hecho de la cosa inmueble” el cual debe “reunir, ordenar y registrar información relativa a los inmuebles existentes en la Provincia.” Teniendo a su disposición todos estos organismos ¿El Gobernador Scioli necesita de una ley provincial para realizar un estudio referido a que tierras son aptas para construir viviendas?
Cuál es la estructura lógica del proyecto remitido a la Legislatura: 1º) Se autoriza al Poder Ejecutivo a disponer de todas la tierras fiscales (sin detallar cuales son, simplemente todas); 2) a tal efecto se realizará un “estudio” para determinar cuáles son las mencionadas tierras fiscales (es decir, no lo saben con exactitud, presuponen que existen pero pareciera que carecen de la información específica respectiva).
Desde el Frente Amplio Progresista adherimos al noble fin de dar cumplimiento a la garantía constitucional instituida por el artículo 14 bis de nuestra Carta Magna Nacional respecto a que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social entre cuyos componentes se incluye el acceso a una vivienda digna, y que a tal efecto la provincia de Buenos Aires aporte tierras fiscales al Programa Pro.Cre.Ar. Pero creemos que el proyecto de Ley remitido por el Gobernador Scioli es de una amplitud y una vaguedad tal que nos resulta imposible acompañarlo tal como fue presentado.
Sería un enorme acto de irresponsabilidad aprobar el mencionado proyecto tal como está redactado, ya que el mismo no especifica que tierras públicas serán afectadas al Programa Pro.Cre.Ar. En virtud a los argumentos antes mencionados respecto a la diversidad de organismos provinciales a cargo del estudio del catastro provincial, no podemos creer que el Poder Ejecutivo necesite de una Ley para determinar que tierras fiscales son aptas para el fin que nos ocupa. Nos resulta imposible de creer que el Poder Ejecutivo carezca de esta información. Además, realizar el mencionado estudio está dentro de sus facultades específicas por lo que no requiere la fuerza de una ley para realizarlo. Tal como está presentado el proyecto PE-8/12-13 es un cheque en blanco imposible de acompañar o consentir.
Creemos que un proyecto como el que nos ocupa debe obedecer a la mejor técnica legislativa y a las mejores buenas prácticas en la relación entre dos poderes del Estado, remitiendo a esta Legislatura un listado detallando las tierras fiscales destinadas a ser adscriptas al Programa Pro.Cre.Ar. especificando la información catastral de cada predio así como su correspondiente tasación fiscal. Un proyecto que no incluya esta información carece de la más mínima seriedad y constituye un acto de subestimación a esta Legislatura.
Ricardo Vago
Diputado FAP, especial para TDP
NO ERA ACSO QUE LOS PRESOS NO PODIAN TENER TELEFONOS ? http://www.ellitoral.com.ar/es/articulo/215845/Romina-y-Marcos-dieron-el-si-en-una-historia-de-amor-que-nacio-entre-rejas
con fe, con esperanza, con optimismo...nos va rompiendo el ort...
SE ESTAN AFANANDO LA PROVINCIA Y MIENTRAS TANTO LA GENTE CONTINUA APOYANDO A LA BABOSA NARANJA