El 21 de abril del año 1998 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó la resolución 18/98, a pedido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Plata, declarando el derecho de los familiares de las víctimas de abusos del Estado ocurridos en el último gobierno de facto, comprendido entre 1976 y 1983, respecto de conocer cuáles fueron las circunstancias de desaparición, y en el caso de los fallecidos, la ubicación de sus restos.
Para este trabajo fueron designados los doctores Julio Víctor Reboredo, Leopoldo Héctor Schiffrin y Alberto Ramón Durán, este último actualmente fallecido, como delegados del pleno, encarando el Tribunal la investigación del “derecho a la verdad”, conforme las directivas emanadas en la materia por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la jurisprudencia sentada en el caso “Velázquez Rodríguez”.
En el marco de la investigación de marras se han recibido más de 1800 declaraciones en audiencias orales y públicas en las más de 2600 causas que tramitan en la Secretaria del Tribunal creada para esas finalidades.
Entre otras medidas tomadas, se secuestraron los archivos de la Ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA), el único libro existente de la morgue, los legajos del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), actas tanto de nacimiento como de defunción, microfilms de prontuario cadáveres y libros y licencias de inhumación del Cementerio de la Plata.
Además de lo antedicho, se realizaron también inspecciones oculares a los Centros Clandestinos de Detención de Arana (Cuatrerismo, La armonía), inmediaciones del Vivero Ferrari, Comisaria 5ta y 8va de La Plata, El Banco, El Vesubio, Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell y Radio Universidad.
De la recopilación y entrecruzamiento de todos los elementos y con el objeto de lograr la identificación de los restos de aquellos que fueron secuestrados, se dictaron medidas de no innovar y posteriores exhumaciones de sepulturas NN en los cementerios de: La Plata, Verónica, Avellaneda, Magdalena y Ezpeleta, los cuales permitieron la conservación de los mismos hasta su identificación.
Asimismo, toda la prueba que se logró recolectar, posibilitó la formulación de hipótesis de identidad, las cuales fueron corroboradas mediante estudios periciales y genéticos efectuados por el Equipo Argentino de Antropología Forense con la colaboración del Laboratorio de Inmunogenética y Diagnóstico Molecular (LIDMO) de la provincia de Córdoba.
Luego, surgió la posibilidad de realizar comparaciones genéticas masivas entre muestras óseas y sanguíneas, contando el Equipo Argentino de Antropología Forense, por medio del “Proyecto Iniciativa Latinoamericana para la Identificación de Personas Desaparecidas”, con la colaboración del laboratorio “The Bode Technology Group Inc.” de Estados Unidos al que fueron remitidas gran cantidad de muestras.
Hasta la fecha, respecto a las tareas emprendidas por el Tribunal en el marco de la “búsqueda de la verdad”, se han efectuado 55 identificaciones de personas desaparecidas, de las cuales, 41 de estos se han entregado a sus familiares.
De los casi 1100 casos de desaparecidos que tramitan en la Secretaria del Tribunal, se encuentran identificadas otras 112 personas que fueron secuestradas y/o permanecieron en centros clandestinos de detención de la jurisdicción de esta Cámara y cuya identificación ha sido efectuada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de Capital.
Además de su objetivo específico, el “Juicio por la Verdad” representa una relevante fuente de pruebas para los procesos penales por terrorismo de Estado que se sustanciaron y se sustancian en esta y otras jurisdicciones.