A principios del mes de diciembre del 2019, un grupo integrado por 117 adultos, (el 90% mayor de 60 años) presentó un amparo colectivo ante el fuero Civil y Comercial Federal de la Nación con el objetivo de que sus -entendibles- quejas sean oídas.
Todo comenzó en octubre del 2018, cuando unos 650 afiliados a la Mutual Odontológica Argentina (MOA) fueron traspasados a otro servicio de salud, en este caso a Salud Plena Health Group Sociedad Anónima.
Es dable destacar que dicha prepaga fue creada en febrero del 2018 y su primera cartera de clientes fue la “cedida” por la Mutual.
El problema es que con Salud Plena, quienes se encontraban utilizando el servicio de MOA anteriormente, perdieron una gran cantidad de beneficios como médicos y centros de salud tales como el Instituto Argentino de Diagnóstico y Tratamiento (IADT), el Hospital Italiano, el Sanatorio Otamendi, la Clínica San Camilo, entre otros y a modo de ejemplo, hay parejas que pagan unos 35.500 pesos mensuales.
El día 23 de diciembre próximo pasado, los denunciantes presentaron una cautelar que constó con una gran cantidad de elementos que argumentan el perjuicio de los damnificados por la prestadora de servicios de salud.
Entre esa documentación, se encontraban presentes cartillas antiguas de la MOA con el objetivo de acreditar que la misma había cambiado sustancialmente, mails que dejaron a la vista la suspensión de la utilización de instituciones que ostentaban los afiliados, reclamos administrativos ante la Superintendencia de Servicios de Salud y cartas documento intimando a las demandadas al cumplimiento de la medida cautelar.
Incluso, fue presentado el legajo de cada afiliado en los cuales se podía observar: ficha con datos personales, prestaciones rechazadas, copia de DNI, credencial de la prepaga, etc...
Los denunciantes aseguran que, por poseer problemas de salud preexistentes, en muchos casos dada la edad, no son tomados por otras obras sociales, o el dinero que se les pide es, para ellos, impagable
Según lo declarado por Salud Plena, se han autorizado prácticas en variedad de prestadores (propios o contratados), medicamentos e innumerables prestaciones (algunas de ellas por fuera del Programa Médico Obligatorio) respecto de casi el 100 por ciento de los autores.
No obstante, según surge de la medida cautelar, lo que se intenta hacer mediante la acción judicial es garantizar las prestaciones pactadas desde el momento en que los afiliados se dieron de alta en el servicio de salud de la Mutual.
Según le comentó a Tribuna de Periodistas una fuente relacionada a este caso, “los afiliados antes tenían Instituciones de primer Nivel como Trinidad Mitre, Centro de Ojos Buenos Aires, Hospital Alemán. No requerían autorización o pagar coaseguro para realizarse estudios de rutina”. Asimismo agregó que “Hoy en día las prestaciones quedaron prácticamente nulas, teniendo los afiliados el Sanatorio Cereijo, Sanatorio UAI, Hospital Militar, Hospital Pediátrico. No hay una equivalencia en las prestaciones”.
Irregularidades en el Traspaso
El traspaso de la cartera de cliente de la MOA hacia Salud Plena Heath Group fue fundamentado en una deuda de unos 26 millones de pesos. Sin embargo, parece que hay hechos que no resisten el más mínimo análisis.
Según una auditoría realizada por la Subgerencia de Control Económico y Financiero de Medicina Prepaga dependiente de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, la Mutual no fue disuelta ni liquidada de acuerdo a los procedimientos que la rigen, que la cartilla fue modificada por la baja de los prestadores y que la cesión celebrada con Salud Plena no fue comunicada a las autoridades de control
Más aún, recién en diciembre de 2019 (aproximadamente un año y dos meses después del momento en el cual se da el traspaso) la MOA solicitó la baja en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP).
La realidad es que ante el estado de cesación de actividades, la Mutual resolvió “entregar” la cartilla sin comunicar dicho cese, cierre o quiebra para darle lugar a la activación del mecanismo de reasignación previsto por Ley (26.682) de Medicina Prepaga sancionada el 4 de mayo del 2011.
Denuncias Constantes
No es la primera vez que la Mutual Odontológica Argentina es denunciada, dicho sea de paso, ostenta medio centenar de presentaciones judiciales en su contra.
La mayoría fueron realizadas por personas físicas, aunque también, la Mutual ha sido denunciada por una gran cantidad de personas jurídicas y hasta por organismos estatales.
Tales son los casos del Centro de Educación Medica e Investigaciones Clínicas (CEMIC), la primera en el 1995 y la última en el 2016; el Registro de Propiedad Inmueble de Junín; la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP, quien hizo casi una decena de presentaciones judiciales), Microsoft, la Congregación Hijas de San Camilo (dependiente de la Clínica San Camilo), entre otros.
También se pueden mencionar a Asistencia Integral de Medicamentos S.A., Polyar S.A., Hospital Privado Regional del Sur S.A., Chirugia S.A., Servicio de Asistencia Domiciliaria S.A., SOMED S.A., Centro de Diagnóstico Urológico S.R.L., Diagnostico San Luis S.A., Diagnóstico Integral S.A., entre otras.
Las denuncias tienen diversos motivos y van desde el presunto “incumplimiento de contrato” hasta Deudas sobre la base del contrato prestacional.
¿Hay una pata política?
La petición de los demandantes tiene que ver, como ya se mencionó más arriba, con garantizar las prestaciones originalmente pactadas. En ese sentido, una de las posibilidades que se baraja es reasignar a los afiliados a alguna otra entidad de medicina prepaga.
Salud Plena asegura que no puede hacerlo y, menos aún, con aquellas cuyo vínculo contractual es inexistente.
Ello es cierto, ya que quien tiene la pericia de llevar adelante dicho pedido es la Superintendencia de Servicios de Salud. Sin embargo, no han resuelto la situación ante varias intimaciones realizadas judicialmente.
Según los argumentos de dicho organismo, los afiliados gozan de las prestaciones, aunque vuelve a entrar en escena el hecho de que las mismas deben ser similares a las pactadas desde un principio
No obstante, la citada Superintendencia se limita meramente a realizar auditorías sin brindar solución alguna ante la problemática planteada.
Según le confesó otra fuente a este cronista, “están manipulando los informes, por ejemplo, desde la Superintendencia, y como manipulan los informes obviamente esos informes desde la Superintendencia a la justicia le llegan desvirtuados”.
Por lo aquí mencionado, surge la posibilidad de que el organismo de control de los servicios de salud esté involucrado en la trama aquí descripta.
Es dable destacar que ésta es sólo la primera de una serie de notas periodísticas que se irán publicando en este mismo medio con el fin de desenredar el ovillo de este caso.
Habrá más información para este boletín…
NIcolás una Mutual se constituya por un grupo de personas que se unen voluntariamente para ayuda y solidaridad y para obtener servicios. Por lógica no pueden ser integrados a Obras sociales que prestan atención a trabajadores de una compañía., por lo cual fueron pasados a una pre.paga con la documentación de cada uno de ellos. Al efectuarse ese cambio quedan bajo las reglas de esa pre.-paga, que puede diferir de lo que percibían anteriormente.Con respecto al costo, $17.550 pesos por cada uno ,es muchísimo menos de lo que pagan los afiliados de una Obra social. Si ellos renuncian por no estar conformes, quienes los reciben por el tema de la edad ,sobre todo que pesa en las afiliaciones de las pre.pagas.
Feliz Día del Periodista Nicolás.