La Corte Suprema de Justicia de la Nación, resolvió “suspender durante el transcurso del corriente año y de forma excepcional, la fijación de la feria judicial del mes de julio, respecto de todos los tribunales nacionales y federales del Poder Judicial de la Nación”.
Concretamente esta suspensión se fundamenta “en razón de las extraordinarias circunstancias de salud pública que atraviesa la Nación y sus implicancias en la prestación del servicio esencial de Justicia”
Tal decisión de la Corte se materializó a través de la Acordada 21/2020 que fuera publicada en el Boletín Oficial este viernes 19 de junio y se encuentra firmada digitalmente por cinco de los integrantes del alto Tribunal Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Elena Higton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti.
Entre los fundamentos vertidos en tal acordada consideraron entre otras cosas que “es posible prever que, una vez retomada la actividad presencial, se produzca un alto requerimiento del servicio de justicia por parte de quienes por razones vinculadas con el excepcional contexto, postergaron la realización de trámites ante los tribunales”.
Por otro lado señalaron que “las distintas medidas adoptadas por esta Corte orientadas a sostener el servicio de justicia a la par de garantizar el cumplimiento de todos aquellos protocolos tendientes a restringir la circulación de personas en el ámbito del Poder Judicial para evitar o, cuanto menos, minimizar las posibilidades de contagio del Covid 19, dieron por resultado que la actividad judicial no se haya podido desarrollar en las condiciones y en los niveles anteriores a la adopción de dichas disposiciones y se haya limitado, en gran medida, a la atención de situaciones graves y urgentes cuya resolución no admitiese demoras”.
Cabe recordar y como lo adelantaremos en Tribuna de Periodistas que la Corte Suprema de Justicia de la Nación - a principios de este mes en curso- ya había resuelto por séptima vez, extender la feria judicial extraordinaria por el avance de Coronavirus hasta el 28 de julio inclusive, con un horario de atención al público para los tribunales que se encuentran de feria de lunes a viernes de 9,30 horas a 133,30 horas.
Asimismo, había procedido a levantar “la feria extraordinaria para ciertos juzgados de Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba.
Se trata de zonas que se encuentran en una etapa más avanzada del aislamiento obligatorio donde la circulación del virus está más controlada que en otras partes del país”.
A los fines de consultar y poder acceder al texto completo de la la Acordada 21/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ingresar a la página web www.csjn.gov.ar o www.cij.gov.ar o bien al Boletín Oficial www.boletinoficial.gob.ar.
Fuente: Centro de Información Judicial de la Corte Suprema
Entonces si nadie labura no hay sueldos que cobrar, cierto?