Como dueño de United Stone SA, Alfredo Miguel Ferrucci proveyó el pórfido patagónico que luce la explanada de la Casa Rosada, también la de la Balísica de Luján y otros sitios destacados de la Argentina, pero todo eso quedó atrás. Ahora acaba de ser condenado ser condenado por narcotráfico en segunda instancia. En el juicio de 2020, el tribunal le creyó su explicación, le dio el beneficio de la duda y lo absolvió, pero ahora, como pudo saber Encripdata, ante la apelación de la fiscalía y la AFIP, otro tribunal, al revisar el fallo ordenado por la cámara, lo sentenció a 5 años y 10 meses de prisión por su responsabilidad objetiva y subjetiva en la maniobra.
Todo comenzó en el 2013 con «un favor» que el comerciante argentino le hizo a un empresario español con la promesa de contratarlo como su proveedor para las millonarias obras en el metro de Orán. Esa «gauchada», como la definió en el banquillo de los acusados, terminó en un contrabando de 380 kilos de cocaína, con las marcas Puma y Dior en bajorrelieve como garantía de calidad, secuestrados el 25 de febrero de 2014 por agentes aduaneros en el puerto de Valencia.
Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 3, Jorge Alejandro Zabala, Karina Rosario Perilli y Luis Alberto Imas, dieron por probada la responsabilidad objetiva de Ferrucci y United Stone SA. No podían decir otra cosa: la cocaína estaba entre los pallets de mármol travertino exportados por su empresa. Sin embargo, a pesar del método empleado, «ocultación» y no «gancho perdido», los magistrados consideraron insuficientes los indicios sobre su responsabilidad subjetiva, es decir, que no alcanzaban para demostrar que supiera de la droga escondida en su embarque en la Argentina y que participara del intento de «coronación» hacia España.
En consecuencia, el tribunal además absolvió el 4 de febrero de 2020 a los dos hijos de la esposa de Ferrucci, que formaban parte de la empresa familiar, y, obviamente, a la compañía en cuestión. También a los dos aduaneros que revisaron la carga en el puerto porteño y no se dieron cuenta que estaba «contaminada». La fiscalía y la AFIP no tardaron en apelar la absolución.
Así, resolvieron según artículo 3 del Código Procesal Penal de la Nación: «In dubio pro reo».
Que quiere decir: «en caso de duda, deberá estarse a lo que sea más favorable al imputado».
El fiscal general Mario Alberto Villar retomó los argumentos de la fiscal de juicio Marta Inés Benavente para acusar a Ferrucci como miembro de la banda que traficó entre su mármol travertino los 380 kilos de cocaína. El análisis pormenorizado de Juan Manuel Elizagaray, en representación de la querella de la AFIP, también fue fundamental para revertir el fallo de la primera instancia.
Pero primero lo primero: Ferrucci explicó una y otra vez que todo comenzó a mitad de 2013 cuando el empresario español Jordi Bosch lo contactó para comprarle pórfido patagónico y mármol travertino para usarlo en la construcción de una línea de subterráneo en Argelia financiada por el Gobierno de España. Con la promesa de hacerlo parte de ese negocio millonario, el español le pidió al argentino «un favor», «una gauchada», que enviara a través de su empresa United Stone SA el mármol travertino que le había comprado a un competidor suyo, un tal Hugo Javier Domínguez, dueño de ISIM SA y Rincón del Águila, que nunca se lo había mandado a España por una pelea, pero que, después de tanto insistir, había podido rescatar el material y lo tenía parado en San Juan. Ferrucci declaró que su «pecado» fue ser el exportador de un producto que no era de él sino de ISIM Baires y Rincón del Águila porque Bosch le había planteado, a cambio de ese «favor», una operación grande en un futuro cercano.
Pero los apelantes sostuvieron que no fue un favor solamente.
Fue, por lo menos, una cadena de favores.
«Ferrucci contestó que había realizado algún favor similar a este cuando un cliente le pidió si podía mandar bañeras a Uruguay, pero -recordaron los querellantes- nunca probó esa afirmación ni nombró al cliente en cuestión, la fecha del favor, cómo lo hizo y quién estaba de testigo, no probó ese ni ningún otro favor en 25 años con United Stone SA, pero justo ahora -advirtieron- que su mercadería fue descubierta con droga, hay que creer que estaba haciendo un favor. El acusado, como manejaba la compañía, no podía ser ajeno a la maniobra: se ocupó personalmente de la recepción de la mercadería en el aserradero, coordinó para que hacerlo fuera del horario de trabajo, se ocupó personalmente de la salida hacia el depósito fiscal, no se le ocurrió pensar que el mármol travertino de forma horizontal podía romperse, por lo que, para evitar roturas, en general se paletiza en forma vertical, por lo que se hizo de esa forma para armar el hueco donde se escondió la cocaína. Ferrucci custodió la mercadería porque era improbable que los compradores españoles dejaran en manos de un tercero ajeno al delito una cantidad tal de cocaína«.
Los «ladrillo»» no estaban tirados en bolsos deportivos en la entrada del container, método del «gancho perdido», cuando los traficantes contaminan un cargamento sin que se entere su dueño. No habrían podido. No eran unos kilos, era decenas, cientos. Estaban, entonces, entre el mármol travertino, cuidadosamente colocados en el hueco, método de «ocultación», por el que sí o sí se necesita la complicidad del exportador.
Eran 380 kilos de cocaína con un grado de pureza del 77%.
«Coronados» en Europa, habrían sido 15 millones de euros.
El «favor», por otra parte, no era el primero sino el tercer envío de material de construcción desde United Stone SA hacia Imexeval Representaciones SRL. Las primeras dos, según el representante de la AFIP, sirvieron para «testear la ruta, conocer los controles aduaneros y establecer a la empresa como una firma confiable». La tercera, entonces, con la droga. Para eso, aunque existía una forma legal para realizar la exportación por cuenta y orden de un tercero, Ferrucci prefirió hacer la «gauchada» a «bulto cerrado», sin factura ni remito, la paletización del mármol travertino de manera horizontal contra toda norma de seguridad, el corte de las piezas en 4 centímetros en vez de 1 o 2, la vigilancia personalizada de la recepción, carga y traslado, la exportación de ese material sabiendo, como experto en el mercado por 25 años, que era más barato para el importador comprarlo en China o India y la inexistencia de un documento de compra como garantía para ser proveedor para el subterráneo de Argelia.
En aquella época, Ferrucci producía por mes 10 mil metros de pórfido patagónico en la cantera de Puerto Madryn. La gran promesa de Jordi Bosch era comprarle 600 metros por mes para esa millonaria obra, es decir, solo un 6 por ciento de la producción. En cambio, unos años antes, para refaccionar la explanada de la Basílica de Luján, United Stone vendió 35 mil kilos de piedra. También fue importante la producción para las baldosas exteriores de la Casa Rosada.
El 7 de agosto de 2015 en España, la Audiencia de Valencia sentenció a tres español a 6 años de prisión por pretender contrabandear esos 380 kilos de cocaína en el medio del cargamento de mármol travertino. Javier Canto Tortosa, tal la verdadera identidad de «Jordi Bosch», Alfredo Muntane Sotus y Eduardo Gómez Llagaría, también debieron pagar una multa de 20 millones de euros.
En la cadena de responsabilidades, Canto Tortosa y Muntane Sotus eran los encargados de preparar la logística. Gómez Llagaría, en cambio, llevaba una vida a todo lujo: Encripdata pudo saber de fuentes judiciales españolas que vivía en una casa a nombre de una empresa; tenía tres propiedades en Alicante por 243.500 euros; pagó 77.865 euros por hipotecas; contaba con otras propiedades en Andorra y en Miami, Estados Unidos, manejaba nueve autos y seis motos, modelos 2010 en adelante, por 29.809 euros; atesoraba una colección de 132 motos antiguas y guardaba una variedad de relojes de alta gama por 30 mil euros.
Además, en el 2007, agentes aduaneros le retuvieron 39 mil euros que llevaba en una valija antes de que pudiera abordar en el aeropuerto de Barajas, Madrid, un vuelo hacia la Argentina. En ese momento, explicó que esa plata era producto de la compraventa de mármol. En el 2013, para que no volviera a pasarle eso, declaró que entraba a España con 129 mil euros tras un paso por Buenos Aires. A principios de 2014, finalmente, cayó por esta operación.
En España, investigación, juicio y sentencia tardó solo 18 meses.
En la Argentina, en cambio, todo siempre tarde bastante y un poco más también.
Al principio, el juez Juan Pedro Galván Greenway procesó a todos, al dueño de una cantera como al de la otra, pero, por orden de cámara, luego le dictó la falta de mérito a Domínguez y envió a juicio a Ferrucci.
Luego, los magistrados del TOPE 3 absolvió a Ferrucci por el beneficio de la duda pues «el análisis de la prueba permite la posibilidad de que el suceso haya ocurrido de la forma que sostiene el acusador o como lo relata el acusado y, en este sentido, en el momento de la sentencia, la mera incertidumbre obstaculiza todo pronunciamiento condenatorio por resultar necesario que el tribunal tenga certeza apodíctica en cuanto a la existencia del hecho y de la atribución a aquellos que se indican como responsables del mismo, razonamiento que tiene como piedra fundamental el principio de inocencia del que fluye la garantía del in dubio pro reo de jerarquía constitucional».
Sin embargo, los camaristas, por todo lo expuesto, hicieron lugar a los recursos de casación interpuestos por la parte querellante y por la fiscalía general, anularon la sentencia en cuanto fue materia de recurso y remitieron las actuaciones a su origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte sentencia con ajuste a los lineamientos aquí sentados, es decir, teniendo presente el dolo eventual de Ferruci y, en consecuencia, de United Stone SA.
Ahora, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 1, Diego García Berro, Ignacio Fornari y Luis Gustavo Losada, tuvieron en cuenta las premisas de cámara y, en consecuencia, se pronunciaron siguiendo esos lineamientos: «Cabe estar al criterio allí establecido y, consecuentemente, tener por acreditada la faz objetiva y subjetiva de la intervención de Ferrucci en el hecho aquí analizado, con independencia de la opinión que este tribunal pudiera tener respecto a tal cuestión específica». Por eso mismo, retiraron la personería jurídica de su empresa.
Eso sí: ocho años después de la operación de contrabando, nadie sabe por qué los perros antinarcóticos no detectaron la droga en el puerto de Buenos Aires, pero sí en el de Valencia.
Ocho años después, también, más allá de la revisión de sentencia sobre Ferrucci y la falta de mérito sobre Domínguez, nadie sabe dónde se cargó la droga. Solo los narcos.
Parece que anda el diablo por acá
¡je,je! Esta es la prueba de como el narcotrafico también "financia la politica" y hasta corrompe a los perros que deberían detectar droga, pues los Valencianos si la detectaron y los locales Argentos no.......¡Salvo que hayan cambiado los perros entrenados para tal fin a los "amigos" de Dylan!
Etchegary, Centurión , siguen an la Aduana??- Que recambien el personal!!! A los pobres perros tambien, que los saquen "a pasear", todo el día encerrados en las celdas!!