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La UIF no acusó a Cristina Kirchner y demás imputados en juicio por obra pública

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"Sería irresponsable avanzar en una acusación", dijeron los abogados del organismo anti lavado, al plantear "dudas" sobre la tarea de los peritos y ante las obras que durante el gobierno de Cristina Kirchner al empresario Lázaro Báez.
“Sería irresponsable avanzar en una acusación”, dijeron los abogados del organismo anti lavado, al plantear “dudas” sobre la tarea de los peritos y ante las obras que durante el gobierno de Cristina Kirchner al empresario Lázaro Báez.

La Unidad de Información Financiera (UIF) adelantó que no acusó a la vicepresidenta Cristina Kirchner, al empresario Lázaro Báez y a demás acusados por fraude en la obra pública.

 

“Corresponde la absolución por fraude”, dijeron los abogados Irachet y Ventura en la etapa de alegatos ante el Tribunal Oral Federal 2. 

“El coloquio profundizó las dudas y debilitó la certeza, dejando huérfana la acusación en este sentido”, indicaron los letrados al criticar la tarea de los peritos que analizaron un muestreo de 5 de las 51 obras viales bajo sospecha.

En ese sentido, expresaron tras un peritaje, que dijo que “no hubo sobreprecios": "Por lo tanto ni la pericia oficial ni la de la fiscalía pudieron revertir sus fundamentos”.

“No ha resultado posible para sostener”, señalaron los abogados, luego de analizar los dichos de “los peritos” en cuanto a los que también realizó la Corte Suprema de Justicia.

“Esas dudas nos impide tener como certeza los sobreprecios”, manifestaron, por lo que dieron por descartada esa acusación y ese es un “elemento esencial” de la acusación.

La UIF “tiene la necesidad de ser objetiva”, se justificaron, y por eso dijo que “han quedado dudas” sobre el trabajo de los peritos. 

“Queda descartado el perjuicio, que es un tipo penal de lavado”, señalaron, y criticaron la gestión anterior de la UIF durante el macrismo.

“Ante dudas, sería irresponsable avanzar en una acusación”, concluyeron.

 
 

8 comentarios Dejá tu comentario

  1. Nada nuevo bajo el Sol - los ladrones se tapan entre ellos - que otra cosa puede esperarse del peronismo - Perón dijo una vez :" he visto malos que se han vuelto buenos, pero no he visto jamás un bruto volverse inteligente. " A esto podríamos refutarlo con - " he visto brutos volverse inteligentes pero nunca vi un peronista volverse decente "

  2. Al sr FiscaL Nissman asesinado, a testigos muertos o desaparecidos, asi como las amenazas y secuestros a otros letrados o a sus familiares NO FUE AL DOPE!!!!! Han sembrado terror para que los peritos, abogados , fiscales y jueces se cuiden bien de "acusarla". Vamos a ver de que le sirve a esha todo esto, amén de dejar a la mayoría de los argentinos en la ruina!!!

  3. denunciarlos por incumplimiento publico....omisión de los debres a su cargo.....pero con la pena del vigente codigo penal y aun con el que se proyectaba por ese pelado camarista....la anción seguia siendo una joda...

  4. La ley 25246 en su capitulo I de modificacion del código penal dice: ARTICULO 2º — Sustitúyese el artículo 277 del Código Penal, por el siguiente: Artículo 277: 1) Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: a) Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta. b) Ocultare, alterare o hiciere desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o ayudare al autor o partícipe a ocultarlos, alterarlos o hacerlos desaparecer. c) Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito. d) No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole. e) Asegurare o ayudare al autor o partícipe a asegurar el producto o provecho del delito. 2) La escala penal será aumentada al doble de su mínimo y máximo, cuando: a) El hecho precedente fuera un delito especialmente grave, siendo tal aquél cuya pena mínima fuera superior a tres (3) años de prisión. b) El autor actuare con ánimo de lucro. c) El autor se dedicare con habitualidad a la comisión de hechos de encubrimiento. La agravación de la escala penal prevista en este inciso sólo operará una vez, aun cuando concurrieren más de una de sus circunstancias calificantes. En este caso, el tribunal podrá tomar en cuenta la pluralidad de causales al individualizar la pena.http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/62977/texact.htm De acuerdo a al texto LEGAL precedente los FUNCIONARIOS DE LA UIF deberían ser DENUNCIADOS por ayudar a ELUDIR las investigaciones sobre las denuncias existentes en contra de Cristina Fernández y sus vinculados a la comisión del delito denunciado en la JUSTICIA. Alguna vez se debe ESCARMENTAR a los obsecuentes y chupamedias, mas cuando lo hacen desde la FUNCION PUBLICA y que no vengan conque se trata de "hechos politicos"....¡SON HECHOS JUDICIABLES SUJETOS A JUICIO Y SENTENCIA! ¿O acaso no somos TODOS iguales ante la Ley..."excelentísima vicepresidenta"?

  5. ES TERRIBLE MAFIA , SECUESTRARON AL HIJO DE UN FISCAL PARA QUE NO ACUSE, MATARON A UN FISCAL PARA QUE NO LA METAN PRESA, AGARRARON DEL COGOTE A UN JUEZ PARA QUE DICTAMINR A FAVOR DE ELLIA, COMPRARON LA JUSTICIA, CUANDO NO PUEDEN LA DESTRUYEN, ATILA ES POCO

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