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Qué cambios propone Javier Milei en salud mental (y qué falta hacer)

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No todo lo que brilla es oro.
No todo lo que brilla es oro.

La Asociación Antidrogas de la República Argentina informa sobre los cambios planteados desde el Ejecutivo Nacional en la Ley de Salud Mental 26.657 sanando los errores realizados adrede, que trajeron como consecuencia la cárcel y la muerte a más de cien mil personas desde su vigencia en 2013.

 

En el artículo 5 de esta norma indica que el mero diagnóstico de dolencias mentales no debe presumir riesgo de daño o incapacidad; lo que permitía que una persona con esquizofrenia pulule por las calles en busca de víctimas, Hoy el artículo 618 del mega-proyecto de Javier Milei propone la evaluación psiquiátrica evaluada por un juez impidiendo así las alta indiscriminadas llevada adelante por el Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental que vaciaba los centros de rehabilitación a los que considera campos de concentración en lugar de verlos como centros de humanización.

El artículo 619 de la propuesta que encabeza el Presidente de la Nación y que sustituye el artículo 11 indica que se debe impulsar actividades tendientes a soluciona temas laborales y e inserción social de aquellas personas que finalizaron su tratamiento en centros de rehabilitación, que serán encaradas por las gobernaciones y los municipios.

En tanto el artículo 620 que modifica el artículo 20 de la ley de Salud Mental, propone una escala de ítems a seguir para llevar adelante la INTERNACION COMPULSIVA.

1)     cuando no logre adherencia a abordajes ambulatorios

2)     cuando se encuentre en situación de riesgo cierto e inminente. Nota: debería retirarse las palabras cierto e inminente dado que extinguido ese supuesto la persona continúa perturbada y necesita ayuda profesional. Las detonaciones mentales son imposibles de prever y por tanto la falta de atención lo puede convertir en un homicida en los siguientes segundos.

3)      Cuando no hayan cesado las causas que generaron el estado mental (uso de drogas legales o ilegales)

4)     Cuando a pedido de ambos padres o quien ejerza la responsabilidad parental, por las conductas de riesgo que toma el afectado acompañado de un informe firmado por un médico psiquiatra o un psicólogo. Nota: De esta forma se vuelve a poner en el lugar que corresponde al Médico Psiquiatra por encima de las asistentes sociales que durnte estos años se atribuyeron la potestad de otorgar el alta a personas con sus facultades mentales disminuidas ocasionando  los desastres que todos hemos visto.

El artículo 621 que Milei anula  el artículo 23 indica que el alta, externación o permisos de salida son facultad del equipo terapéutico que trata al afectado.

El artículo 623 sustituye  el artículo 27 quedando de la siguiente forma los hospitales, centros médicos, instituciones monovalentes publicas o privadas, deberán  funcionar de acuerdo a los objetivos y principios expuestos...

El artículo 624 sustituye el artículo 28 Las internaciones en Salud mental deberán realizarse en instituciones adecuadas. Los hospitales deberán contar con los recursos necesarios. El rechazo de la atención de estas personas será considerado violación a la ley 23.592

El artículo 625  deroga el artículo 39 quedando así:

El Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental debe estar conformado por un equipo multidisciplinario y cada equipo estará integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo, un técnico especializado en adicciones, un técnico especializado en niñez y un abogado especializado en el tema.


Que falta...

Todos los centros de rehabilitación privados han trabajado en la clandestinidad hasta la fecha y por consiguiente sin el necesario control estatal que garantice el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento imprescindible para otorgar al doliente la cobertura completa para su tratamiento

La anulación inmediata de todos los juicios penales iniciados bajo la ley de Salud Mental y anular la permanente persecución de los centros de rehabilitación y neuropsiquiátricos de Argentina.

La inmediata libertad de las personas que por ser directivos de instituciones o profesionales de la medicina que han sido procesaos y encarcelados bajo la figura de privación ilegal de la libertad con condenas de 8 a 15 años de cárcel por salvar la vida de enfermos adictos.

La inmediata habilitación nacional de todos los centros de rehabilitación de adictos que desde 2011 hasta la fecha se les ha negado bajo el argumento de que no pueden crearse centros monovalentes por imperio de la ley 26657.

Recordamos que la Ley 26657, su reglamentación y la Resolución 715/2019 del Ministerio  de Salud de la Nación ordena la desaparición definitiva de todos los Centros de Rehabilitación de adictos y neuropsiquiátricos de Argentina.

 

5 comentarios Dejá tu comentario

  1. Si se logran abrir los centros de desintoxicación a lo largo y ancho del país, con médicos y médicos psiquiatras que mediquen, y no de solo charlas y mas charlas que no conducen ni desintoxican realmente a nadie, y sin la libertad de ser los psicólogos quienes mediquen si de base desconocen los principios y efectos secundarios de los psicofármacos, que son medicamentos muy potentes y efectivos; habremos ganado la batalla para empezar a rehabilitar y salvar así a toda una generación de jóvenes perdidos en las drogas. Ojala las promesas se cumplan y existan centros especializados nada mas que en desintoxicar y rehabilitar a los drogados.

  2. Lo primero que debia legislarse es la prohibicion absoluta de que, un enfermo mental grave, un esquizofrenico, como Milei, pueda optar a la presidencia de la Nacion.

  3. Excelente artículo Claudio. Es necesario que se trabaje con seriedad en un nuevo proyecto o reforma de ley que permita recuperar realmente a los adictos y ayudar a sus familias. Tal cual está planteada la legislación hoy día el Estado argentino protege solamente a narcos y dealers garantizándoles "la clientela" que muchas veces delinque para abastecerse. Se debe tratar en conjunto Adicciones, Narcotráfico y Seguridad.

  4. Realmente una verguenza , si bien el articulo esta muy bien redactado , tendras que dar explicaciones por apoyar tal retroceso. La ley de salud mental nunca se aplico . Si dejan salir a los peligrosos desequilibrados es porque no es negocio y esos no son los que haceb juicio por privacion ilegitima de la libertad , sino estan en sus cavales , mucho menos van a hacer un juicio . Pero porque no hablas de todas las personas que fueron encerradas y les arruinaron la vida o terminaron muertos sin padecer ni consumir nada , simplemente con artimañas legales los levantaron y encerraron con el mero proposito de robarles bienes muebles e inmuebles . Evidentemente se nota una con notacion politics de tu parte o algun apoyo economico para escribir un articulo que tuerce la realidad para convencer al publico ignorante , bruto y vulgar sea de la bandera politica que sea.Una verguenza total , da asco ver como te vendiste por un billete . Mejor dedicate a otra cosa pq te vamos a boicotear todos tus articulos y te vamos s incluir en todas las causas penales de las futuras victimas por apologia al delito .

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