El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley tendiente a la modernización, digitalización y desburocratización de la Justicia, “ante la necesidad de producir en el funcionamiento judicial mejoras de orden cualitativo que se consideran indispensables con fundamento en las disponibilidades existentes en materia tecnológica”, argumentó.
La iniciativa -que lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona– formaba parte de un capítulo que quedó afuera de la original Ley de Bases, al igual que la propuesta de divorcio simplificado.
En los escuetos fundamentos, el Poder Ejecutivo resumió que se busca: dotar de mayor simplicidad a las tramitaciones judiciales para agilizar procesos tales como el retiro de fondos de depósitos judiciales mediante orden judicial, la publicación de edictos, digitalizar trámites y darle mayor eficiencia al Archivo General del Poder Judicial de la Nación para aliviar la carga sobre el sistema judicial, promover la competencia y la libertad de los depósitos judiciales y establecer mecanismos más eficientes con respecto a la custodia y disposición de los bienes objeto de secuestro en las causas penales.
Uno de los artículos establece que “los fondos depositados judicialmente solo pueden ser removidos por embargos o transferencias, mediante orden del juez o tribunal a cuya disposición fueron anotados”. Aquí se quita “por extracciones”, algo que indica la legislación actual.
Respecto a la publicación de edictos judiciales, propone que ya no sea a través de los diarios sino en el Boletín Oficial.
Por otro lado, a la actual normativa que establece que el Archivo General del Poder Judicial de la Nación organizará y llevará al día un Registro de Juicios Universales, donde se deben inscribir, ordenadamente, los juicios de concurso preventivo, quiebra, protocolización de testamentos y sucesiones testamentarias y ‘ab intestato’ que se inicien ante los Tribunales de la Capital Federal”, agrega que este registro público “estará disponible para su consulta por medios electrónicos”.
“El Archivo General del Poder Judicial de la Nación estará formado por documentación en papel o en formato electrónico. Los expedientes correspondientes a nuevos juicios deberán archivarse en formato electrónico”, suma.
El proyecto busca eliminar la obligación de que los depósitos judiciales de los tribunales nacionales y federales de todo el país se efectúen únicamente en el Banco Nación. El texto promovido por el Ejecutivo habla de que la entidad bancaria será “a elección de los tribunales, en la que el Estado Nacional, las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan participación accionaria”.
“Podrán ser denominados en moneda local o en moneda extranjera. El Banco Central de la República Argentina podrá determinar las condiciones que las entidades deberán respetar para dichos depósitos”, indica el texto y prevé que “los depósitos judiciales de los tribunales nacionales y federales que hasta esa fecha se encuentren depositados en una institución se adecuarán a este régimen”.
A su vez, “el juez interviniente a iniciativa de parte y previa conformidad de los actuantes en la causa, podrá optar por depositar en otra institución bancaria”, señala el articulado.