A esta altura no cabe duda alguna de que, el único motivo para
"estatizar" las AFJP ha sido poder manejar, a
través del Poder Ejecutivo, esos fondos a antojo del kirchnerismo.
Es
una característica de los Kirchner, desde que Néstor era intendente de Río
Gallegos —y ni
hablar de su Gobernación de la Provincia de santa Cruz—, lo cual ha llevado, entre otras
cosas, a no saber todavía dónde están ni cuántos son los ya emblemáticos
fondos por la privatización de YPF que recibiera durante la época menemista. En
esos días, paradójicamente, Néstor era privatizador.
No
es casualidad que esta maniobra, al igual que la resolución 125 y el proyecto
del Tren de Alta Velocidad, sean movimientos de varios millones de dólares. Es
que ese es el único fin del Frente para la Victoria, manejar fondos. Ese es el
“modelo”.
Pero
volviendo al caso puntual de las AFJP, existen algunos datos muy curiosos que
son dignos de destacar, y también es conveniente aclarar algunos puntos que
muchos usuarios desconocen, como por ejemplo:
• En la misma ley dice que se debería devolver a las provincias
la coparticipación cedida por para financiar al Anses cuando se crearon las
AFJP.
•¿Es menor la comisión de las AFJP que el monto de los
sueldos y gastos administrativos del Anses que se paga con el dinero de los
jubilados?
•La seguridad social de la Constitución Nacional, siendo
integral, se refiere también a la salud. ¿Se quedarán también con los
aportes a las mutuales y prepagas? ¿Qué dirán los Sindicatos?
• Los fondos que administran las AFJP son intangibles y
propiedad de cada uno de los afiliados. Además, están custodiados por terceros
ajenos a las AFJP.
• La génesis del sistema es que los afiliados puedan
sacar los fondos, ya que se reservan para la jubilación. Si, son heredables por
los herederos en caso de muerte y estos los pueden retirar de las AFJP.
• Las AFJP son empresas completamente separadas de los
fondos de los jubilados, que cobran
comisiones con las que pagan salarios, capacitación, publicidad, viajes y otros
gastos como hace otra cualquier con sus ingresos.
• El que aporta a las AFJP también lo hace a una
jubilación básica del Anses. Por lo tanto se cumple el art. 14 bis de la
Constitución Nacional, que dice que el Estado otorgará los beneficios de la
Seguridad Social que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
• En caso de que una AFJP quebrase, de ninguna manera
puede dejar sin nada a los afiliados, ya que los fondos no le pertenecen. Son
fondos separados de las administradoras. Si, pueden bajar de valor como por
ejemplo al comprar obligados por normas del Estado argentino, bonos del gobierno
en default.
• Las AFJP solo pueden invertir los fondos dentro de un
“menú” de opciones aprobado por ley. La Superintendencia controla
“on-line” todas las operaciones que se hacen y tiene el detalle de los
precios a los cuales se hacen. Por lo tanto, Las AFJP no pueden invertir los
fondos llevándoselos al exterior y perjudicar a los afiliados.
La Superintendencia puede (y debe) rechazar operaciones
incorrectas. La ley preveía que parte de los fondos se pudieran invertir en países
del MERCOSUR o acciones extranjeras para permitir diversificar el riesgo y darle
la posibilidad de obtener mayor rentabilidad para las cuentas de los afiliados.
• Las comisiones fueron cambiadas hace un año y están
en niveles inclusivo menores que lo que cobra cualquier administrador de fondos,
por lo que es falso, como argumenta el oficialismo, que las comisiones son
escesivas.
• Las AFJP contratan un seguro de vida e invalidez para
todos los afiliados, que está incluido en los gastos por los que se cobran
comisiones, de hecho, los ahorros del afiliado son heredables, en caso de
fallecimiento, cosa que no ocurre con la jubilación estatal, que solo otorga
una pensión al cónyuge. Ergo, un servicio adicional que el sistema de repsrto
no brinda.
• Existe la idea de que el Estado debe contribuir con los
que se jubilan pagando adicionalmente al pago de las AFJP a fin de que se pague
una jubilación digna. Sin embargo, Una persona de 50 años que trabajó desde
los 18 años y que se pasó en 1994 al sistema privado, hizo normalmente 18 años
de aportes (de 1976 a 1994) al sistema del estado. El estado le debe por esos años
una cifra, mas todas las actualizaciones hasta el 2008 que debería ser casi
suficiente para que esa persona al cumplir los 65 años se jubilara con una
jubilación digna. Es por esos años que el Estado complementa las jubilaciones
privadas. Es una obligación, no solidaridad social.
• Las AFJP han sido obligadas a comprar bonos del estado
que están en default técnico. Más del 50% de los fondos están invertidos en
esos activos. El manejo arbitrario de los índices del Indec les ha hecho perder
a parte de esos bonos más del 20% de valor en los últimos 2 años. El aumento
del riesgo país también agregó su parte al resto de las inversiones. Por lo tanto, el gobierno de Néstor Kirhner y Eduardo
Duhalde son responsables de que la rentabilidad de las AFJP sea más baja de lo
que realmente podría ser.
En este punto, también es conveniente aclarar que el
Estado Nacional evitará pagar esos bonos que obligó a adquirir a las AFJP,
licuando parte de su deuda.
• El sistema de las AFJP invierte en el sistema
financiero (bancos), acciones de empresas privadas que promueven el desarrollo
de la actividad privada y en bonos del Estado Nacional que debería proveer de
lo mismo que dice que haría el Anses.
• En boca del mentiroso lo cierto se hace dudoso: El
superávit del Anses se logró principalmente no pagando los fallos judiciales.
• ¿Podemos confiar en una Presidente que siendo
Procuradora dice ser Abogada?
Como se puede apreciar, estos son datos objetivos y
concretos, pero por si hiciera falta alguna reflexión final, invito al lector a
que haga memoria de cuántas veces el Estado nacional metió la mano en las cajas
de jubilación para desviar lo que era de los aportantes a vaya uno a saber
donde.
¿Usted cree que esta vez será la excepción?
Pablo Dócimo