Con fecha 29/7/09, el mediático abogado
Enrique A. Piragini, presidente del Partido Del Campo Popular, denunció ante la
Justicia Federal al Dr. Carlos A. Chiale, director del Instituto Nacional de
Medicamentos, organismo encargado de controlar la importación de efedrina.
Piragini sostiene en su denuncia que quedo radicada en el
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Federal nro. 5, a cargo del Dr.
Norberto Oyarbide, que Chiale habría incumplido sus deberes de funcionario
publico durante el periodo 2006, 2007 por cuanto a diferencia del año 2006,
ingresaron a la Argentina más de 17 toneladas de efedrina cuando en realidad el
país solo consume 2 toneladas al año del producto.
Piragini sostiene al respecto que el organismo que se ocupa
de controlar los ingresos y egresos del medicamento NO PODIA dejar de advertir
que se le estaba dando un uso contrario a la ley.
De hecho, dice Piragini, la Argentina se convirtió en el más
grande exportador mundial de efedrina ilegalmente siendo México el principal
destinatario de la carga. Es en ese país que la efedrina se utiliza para
producir drogas sintéticas, generalmente éxtasis y otras drogas de diseño.
El INAME tiene como misión la fiscalización y el control
de los medicamentos, los productos para diagnóstico utilizados en medicina
humana y los productos cosméticos, ya se trate de productos de origen nacional o
importado. También ejerce las actividades de fiscalización de los
establecimientos que realizan actividades de elaboración, importación y en
algunos casos de distribución de dichos productos.
El campo de acción de este Instituto debe abarcar además, el
estudio, generación y proposición de legislaciones y normativas que contemplen
nuevos desarrollos de productos o procesos de forma tal que el proceso de
evaluación y aprobación de los mismos no constituya una traba burocrática que
retarde el acceso de la población a nuevos productos de competencia del INAME.
El texto de la denuncia es el siguiente:
FORMULA DENUNCIA.-
Señor Juez:
ENRIQUE A. PIRAGINI, abogado, inscripto al T. 22, F. 23 del
CPACF, como ciudadano y en calidad de Presidente Distrito Capital Federal del
Partido del Campo Popular, con domicilio en Uruguay 485, piso 3 R02 (Zona 119,
tel. 15.4.159.8401 y 4.599.8353), a V.S. digo:
1.- OBJETO:
Que de conformidad con lo dispuesto por el texto de los arts.
174, 175, 176 y concs. del CPP, vengo a formular denuncia penal contra el
Director del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS (INAME), DR. CARLOS CHIALE, con
domicilio en Avda. Caseros 2161, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin
que se investigue la presunta conducta del nombrado por la presunta comisión del
delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y penado en
el texto del art. 249 del Código Penal.-
Ello, en base a las consideraciones de hecho y derecho que
seguidamente se exponen.-
2.- HECHOS:
El INAME tiene como misión la fiscalización y el control de
los medicamentos, los productos para diagnóstico utilizados en medicina humana y
los productos cosméticos, ya se trate de productos de origen nacional o
importado.-
También ejerce las actividades de fiscalización de los
establecimientos que realizan actividades de elaboración, importación y en
algunos casos de distribución de dichos productos.-
La importancia de esta tarea es incuestionable.-
Sin embargo, pareciera que las autoridades designadas de tal
instituto han olvidado tales tareas en relación con la importación,
distribución, circulación y venta en nuestro país de la efedrina.-
En efecto, se detectó un gran crecimiento en la importación
de efedrina en nuestro país, que elevó el número de 2.9 toneladas en el año
2004, a 19.15 toneladas en el año 2007, siendo que dicha sustancia no se fabrica
en la Argentina.-
Huelga destacar, a esta altura, que la efedrina es utilizada para la elaboración
de especialidades medicinales, empero también se aplica a la fabricación de
drogas ilegales de diseño, o denominadas sintéticas.-
Por ello, se dictó, en el mes de septiembre de 2008, una
resolución conjunta de los Ministerios de Justicia y Salud, y la Secretaría para
la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), a
partir de la cual los laboratorios y droguerías autorizados a importar efedrina
como materia prima o producto semielaborado, deberán solicitar previa
autorización al Departamento de Psicotrópicos y Estupefacientes del INAME.-
Asimismo, la misma resolución obliga a las droguerías y
laboratorios a informar, con carácter de declaración jurada, las cantidades que
detenten, por cualquier concepto, de las sustancias en cuestión.-
Sin embargo, es sabido que de la totalidad del volumen de la
sustancia efedrina que ingresa al país, sólo un pequeño porcentaje
(aproximadamente 3,0 toneladas del total de casi 20) se utiliza en el consumo o
mercado local.-
Y el resto…?.-
Eso es lo que debería haber controlado el señor Director del
INAME, y que presuntamente no hizo.-
Sobre todo sabiendo que en Argentina existe un mercado de
tránsito y negociación de la sustancia efedrina, que es utilizado como nexo
entre los distribuidores de tal sustancia para fabricar tales drogas ilegales de
diseño, o denominadas sintéticas, y otros países de Latinoamérica (v.gr.
México).-
Por ello, pido se investigue la probable participación del
nombrado, así como sus cómplices, partícipes y/o encubridores, en los hechos y
en orden al delito presuntamente cometido.-
Proveer de conformidad, SERA JUSTICIA.-
ENRIQUE A. PIRAGINI
154-159-8401