La presidenta Cristina Fernández de Kirchner suspendió su viaje a
El vicepresidente fue acusado por la jefa del Estado de querer desestabilizar su gobierno, a tal punto que días atrás
No pretendo en está líneas analizar el acierto o desacierto de la afirmación presidencial, porque no soy un analista político y porque ese costado de la noticia ha sido suficientemente abordado por especialistas de este medio digital y de la totalidad del periodismo gráfico y oral.
Si pretendo aprovechar esta situación de “crisis institucional” para intentar, desde mi condición de abogado, esbozar algunos conceptos constitucionales que nos dejen “lecciones básicas” en la materia y que nos estimulen a profundizar el estudio como comunidad políticamente organizada del articulado de
En consecuencia, el siguiente análisis hace abstracción de las personas que hoy por hoy ocupan los cargos, se trata de un desarrollo teórico, “de laboratorio”.
¿Cuál es el temor que puede tener el titular del Poder Ejecutivo de dejar en su lugar –por ausencia momentánea- al Vicepresidente con el que no se lleva bien, sea porque no cumple su rol, porque obstruye o incluso que desestabiliza?
Básicamente la “capacidad” del vicepresidente en ejercicio del Ejecutivo está dada por la atribución constitucional de firmar decretos y, en el punto extremo, decretos de necesidad y urgencia.
Ahora bien, si se trata de un “decreto ordinario” el art. 102 de
Aparece lo que se conoce técnicamente como “el refrendo”, sin el cual el acto carece de eficacia, es nulo (art. 100 CN).
Veamos que pasa con los decretos de necesidad y urgencia (DNU) del art. 99 inciso 3º CN. Los DNU deben ser refrendados conjuntamente por el jefe de gabinete y los demás ministros (art. 100 inciso 13 CN).
Finalmente, ¿podría convocar a sesiones extraordinarias al Congreso Nacional? La respuesta es que para hacerlo necesita una vez más el “refrendo”, en este caso del Jefe de gabinete de ministros (art. 100 inciso 8 CN).
Concluyendo, y volviendo a la realidad, si
La situación nos trae a la memoria aquel programa del capocómico Alberto Olmedo “El negro no puede”, su adaptación a la realidad política nacional nos llevaría a titular “Cleto no puede”.
Carlos E. Llera