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Novedades fiscales de junio de 2012

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PROVINCIALES Y NACIONALES
PROVINCIALES Y NACIONALES

Cayó casi un 40 % la demanda laboral

 

Durante el pasado mes de mayo, la demanda laboral en la Ciudad de Buenos Aires y el Conurbano bonaerense sufrió una caída del 38,5 % con respecto al mismo período del año anterior.

Al respecto, el diputado nacional por la UCR Miguel Bazze afirmó que “la impresionante caída de la demanda laboral que se registra en todo el país en particular, en los grandes centros urbanos, de alrededor del 38 por ciento, revela que la verdadera situación económica de la Argentina es mucho más grave de lo que el gobierno nacional quiere reconocer”.

 

Impuesto a las Ganancias

 

Pablo Micheli, titular de CTA opositora y la CGT de Hugo Moyano acordaron impulsar un proyecto común para derogar el Impuesto a las Ganancias sobre los salarios.

Por su parte, el diputado Alfonso Prat Gay de la Coalición Cívica-ARI, presentó un proyecto de Ley mediante el cual propone gravar la renta financiera y excluir los haberes jubilatorios ordinarios y salarios menores a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles ($ 2.300), es decir inferiores a $ 9.200.- del Impuesto a las Ganancias.

El diputado señaló que de prosperar, esta ley “beneficiaría a un millón de asalariados y a casi 200 mil jubilados”

 

Desdolarización de la economía

 

El diputado del Frente para la Victoria, Edgardo Depetri, elabora un proyecto de ley que apunta a "recuperar la cultura de la moneda nacional en la Argentina".

En el mismo, propone que toda transferencia de dominio de bienes muebles e inmuebles se realice en el país, únicamente en moneda nacional.

Depetri invitó a "todos a sumarse este objetivo, que puede cambiar definitivamente el patrón desde el cual se piensa, se planifica y se construye cotidianamente la vida económica nacional".


Córdoba: Multas por incumplimiento de los agentes de recaudación en planes de facilidades de pago

 

Mediante el Decreto 331/12, el Poder Ejecutivo de Córdoba incluyó a agentes de retención, percepción y recaudación excluidos mediante el Decreto 1.356/10 que regulaba planes de facilidades de pago permanente para la cancelación de multas derivadas de las de los agentes arriba mencionados.

 

Santa Fe: Modificaciones al Código Fiscal

 

La Ley 13.260 introdujo modificaciones al Código Fiscal, principalmente las que se vinculan con la parte general del cuerpo normativo. Las mismas regirán desde los 180 días contados a partir del 24/05/12.

Entre ellas se destacan atribuciones de los organismos de control tributario, la consulta vinculante y normas procedimentales sobre la determinación de oficio, la incorporación de nuevos tipos de contribuyentes, el domicilio fiscal electrónico y sus consecuencias, deberes y derechos del sujeto obligado, sanciones por omisión y defraudación y extinción de la obligación tributaria y el instituto de la compensación.

 

Jujuy: nuevos aplicativos para declaraciones juradas de Ingresos Brutos

 

Conforme lo establece al Resolución General 1.290/12, desde el 1º de este mes los contribuyentes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberán presentar las respectivas declaraciones juradas mediante nuevos aplicativos: 1) Sistema DIU-ISIB (Declaración impositiva unificada – Impuesto sobre los ingresos brutos) para los contribuyentes del régimen local que se encuentren incorporados en el Sistema de Control SITI (Sistema Tributario Integrado) y revistan el carácter de responsables inscriptos en I.V.A. ante la A.F.I.P., y los incorporados en el Sistema de Control SIR (Sistema Integrado Resto de contribuyentes) que hayan ejercido o ejerzan en el futuro la opción prevista en la Res. Gral. D.P.R. 1.272/11. 2) Sistema Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de declaración jurada) Versión 1.0 para los contribuyentes del régimen local incluidos en el Sistema de Control SITI-SIR, que no se encuentren comprendidos en las disposiciones del punto anterior, conforme lo previsto por la Res. Gral. D.P.R. 1.221/09. Los contribuyentes que opten por presentar sus declaraciones mediante este aplicativo deberán utilizar el mismo para las futuras declaraciones juradas pudiendo optar solamente por el Sistema DIU-ISIB. 3) Sistema F. IB-201: para aquellos contribuyentes locales SIR y RESTO que no declaren retenciones, percepciones y/o recaudaciones bancarias; y monotributistas sociales.

 

Rio Negro: beneficios fiscales y prórroga de emergencia agropecuaria

 

Mediante el decreto 439/12 el Gobierno de la Pcia. de Río Negro dispuso prorrogar hasta el abril de 2013 el estado de emergencia agropecuario por sequía para productores de los Departamentos de Adolfo Alsina, Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu. Los mismos quedan exceptuados de pagar el Impuesto Inmobiliario, Automotores y Sellos para operaciones con vencimientos que operen hasta esa fecha.

 

Río Negro: modificaciones al Código Fiscal, Ley Impositiva y Ley de incentivos fiscales

 

La Ley 4.763 modifica al Código Fiscal, Ley Impositiva y Ley de incentivos fiscales. Las mismas rigen desde el pasado 1º de junio.

De esta manera quedan incrementadas las alícuotas del Impuestos sobre los Ingresos Brutos sobre contribuyentes cuyos ingresos brutos totales del país (gravados, no gravados y exentos) del ejercicio fiscal anterior superen los $ 30.000.000 y las aplicables a empresas de telefonía celular.

Asimismo, han sido reconsideradas las que alcanzan a la producción de bienes, teniendo en cuenta si la actividad se desarrolla o no dentro del territorio provincial

Fueron también reformuladas las alícuotas y montos mínimos del Impuesto Inmobiliario y se estableció que las bonificaciones e incentivos por cumplimiento fiscal incluyan a los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado del ISIB.

 

Nidia Osimani
Twitter:
@nidiaosimani

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. La unica justificacion de la voracidad fiscal insatisfecha, es el aumento desmesurado del gasto publico, año tras año. Hasta cuando tendra que soportar el ciudadano contribuyentes esta confiscacion compulsiva de su patrimonio ? Quien le pondra el cascabel al gato ?

  2. Continuando con el razonamiento anterior, digo: Si el aumento desmesurado del gasto fiscal responde a dos vertientes importantes, una la corrupcion endemica del Estado y sus Politicos. Otra la necesidad de ser reelectos a traves de los subsidios o de dadivas pagadas por el erario publico. No sera hora de replantearnos si la democracia (no respetada por lo visto, al no respetarse sus instituciones), no debiera ser reemplazada por algun otro regimen de gobierno ? Por ejemplo, una Monarquia. A juzgar por los resultados, pareciera ser una buena forma de contener las ambiciones politicas y pecuniarias de muchos mediocres puesto a salvadores de la Patria !! Es para pensar ?

  3. HUMO! ¡HUMO! ¡Y EL AVIÓN QUE PAGAMOS LO USAN DE TAXI! ¡Y EN TUCUMÁS Y OTRAS PROVINCIAS MUEREN LOS NENES DE DESNUTRICIÓN! ¡DIOS QUE CADA UNO PAGUE LAS MALDADES! 14 DE JUNIO 19.30 HS CACEROLAZOOOO NACIONAL! ¡DIOS BENDICE MI PATRIA Y AMPARA A LOS VALIENTES QUE SALEN A LA CALLE A PEDIR DIGNIDAD, SEGURIDAD Y BASTA DE CORRUPCIÓN! ¡14 DE JUNIO 19.30 HS CACEROLAZOOOO NACIONAL!

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