Señor Director: No deja de sorprender los fundamentos del fallo de la Cámara de Casación por el cual se declara inconstitucional la pena de reclusión perpetua para quienes delinquieron siendo adolescentes.
Se refiere al caso de tres menores, dos de ellos que cometieron cinco y dos homicidios calificados, respectivamente, cuando tenían 17 años, y a un tercero que también cometió dos homicidios calificados cuando tenía 16 años, además de robos a manos armada, robos de vehículos y lesiones. «Es muy angustiante para un niño infractor de la ley penal soportar la carga del encerramiento perpetuo, resulta desproporcionada y excesiva con relación a los niños, modalidad de sanción que no cumple con el estándar de la reinserción social como objetivo de la pena privativa de libertad», señalan dichos fundamentos.
Los señores jueces deberían saber que mucho más angustiante es la situación de los familiares de las víctimas que estos menores asesinaron y que poco puede esperarse de la reinserción social de quienes actuaron con tanta saña, salvo que vuelvan a delinquir en cuanto obtengan la libertad. Tampoco pueden ignorar que un menor de 16 o 17 años sabe perfectamente lo que hace y que gatillar un arma contra otro ser humano probablemente le provoque a éste la muerte.
Si las leyes impiden el encarcelamiento de menores, hay que cambiar las leyes, y si el Pacto de San José de Costa Rica también lo impide, hay que retirar nuestra adhesión a dicho pacto. Esta impunidad que los menores conocen muy bien es, junto con el consumo de la droga que algunos iluminados quieren despenalizar, gran responsable del flagelo que hoy nos castiga y que lleva a estos menores a matar sin remordimientos por un par de zapatillas.
Gustavo Pablo Font
LE 8.319.281