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El Congreso discute una ley de censura en Internet

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LA PROTECCIÓN DE LAS MUJERES COMO PRETEXTO
LA PROTECCIÓN DE LAS MUJERES COMO PRETEXTO

En total silencio, avanza en el Congreso de la Nación un proyecto que busca prohibir avisos que fomenten la trata de personas. Es una iniciativa conocida como Ley Larroque.

 

El proyecto fue firmado, entre otros, por el Diputado Andrés Larroque y varios otros legisladores del Frente para la Victoria, bajo el expediente 6943-D-2013, obtuvo dictamen de mayoría sin modificaciones en la Comisión de Comunicaciones e Informática en la Cámara de Diputados en agosto de este año.

A pesar de las buenas intenciones hay quienes alertan que, el avance de esa norma sería la excusa para la censura en Internet. “Bajo la vocación de poner fin a situaciones de trata y explotación sexual, se propone un proyecto inútil para ese objetivo y peligroso para la libertad de expresión”, asegura Beatriz Busaniche de la Fundación Vía Libre.

“Si bien la lucha contra la trata de personas en general, y la explotación sexual en particular, son objetivos legítimos, el proyecto va más allá de eso. En su articulado establece la prohibición de ‘todos los avisos, publicaciones, publicidades o cualquier otro tipo de mensajes que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, a través de cualquier medio de comunicación’, incluyendo los sitios de Internet”, asegura Busaniche.

Para la mujer hay que detenerse en la amplitud de la definición, ya que la prohibición alcanza a todas las comunicaciones, “explícitas o implícitas”, que tengan relación con una oferta sexual, actividad que no es ilegal en Argentina.

“Unas 6 mil mujeres, agrupadas en la Asociación de Meretrices Argentinas (AMMAR), hacen de este tipo de oferta su medio de vida y se reivindican como trabajadoras sexuales. 6 de cada 10 personas que participaron de la encuesta realizada por la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de Argentina en 2012 declararon estar vinculadas al trabajo sexual en la actualidad. Estas personas se encuentran en situaciones particularmente vulnerables y este tipo de legislación las deja en un lugar de mayor desprotección y precariedad, ya que las margina de la posibilidad de ofrecer sus servicios de manera autónoma e independiente de los explotadores que el proyecto busca perseguir”, agrega Busaniche y argumenta:

El proyecto amplía el objeto de la ley sobre “Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas” (ley 26364) , ya que la norma no prohíbe los avisos que una persona mayor de edad realice ofertando servicios sexuales, en clara contradicción con los principios constitucionales argentinos, que establecen que “ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Este principio de legalidad de es fundamental en un estado de derecho.

La segunda parte del artículo 2 del proyecto expresa que “quedan comprendidos en este régimen todos aquellos avisos que haciendo referencia a otras actividades lícitas, tengan como finalidad la realización de alguna de las actividades indicadas en el párrafo precedente.” Tal nivel de prohibición de avisos y comunicaciones sobre actividades lícitas avanza sobre los principios consagrados en la Constitución.

El procedimiento de aplicación de la legislación propuesta implica que “la instrucción y la aplicación de sanciones por violación a disposiciones de la presente ley serán realizadas por la autoridad de aplicación, de acuerdo a la reglamentación que el Poder Ejecutivo Nacional dicte a tal efecto” (art. 5).

El artículo 6, por su parte, faculta a la autoridad de aplicación a requerir la eliminación y bloqueo de acceso a los avisos, publicaciones, publicidades o cualquier otro tipo de mensajes o contenidos enumerados en el artículo 2, que se difundan a través de cualquier medio de comunicación o tecnología de la información y comunicación, de conformidad con el procedimiento que dicte el PEN. Esto es, la norma faculta a la autoridad de aplicación a bloquear contenidos no necesariamente ilícitos e imponer multas a los medios de comunicación sin que medie orden judicial.

Esta iniciativa sigue la misma línea que otro proyecto presentado recientemente en el Senado, que establecía el filtro generalizado de sitios de material pornográfico para adultos (http://www.infotechnology.com/internet/Presentan-un-proyecto-de-ley-para-facilitar-el-bloqueo-de-sitios-de-Internet-en-la-Argentina-20140714-0002.html). Ambos proyectos se embanderan en causas nobles: la lucha contra la trata de personas y la explotación sexual por un lado, y la protección de los menores por el otro, pero proponen sistemas de restricción, control y censura impropios del Estado de Derecho.

La oferta sexual no es sinónimo de explotación sexual ni de trata de personas. La lucha contra este flagelo merece mucho más que esto y requiere un estudio serio de las acciones a seguir. Datos del Ministerio Público Fiscal, consignados en el dictamen de minoría, indican que la incidencia de internet en la captación de víctimas de trata es muy baja. Apenas el 5% del reclutamiento de personas para redes de trata es atribuible a la publicidad gráfica o a tecnologías de comunicación (internet, teléfono, chat, etc).

 

4 comentarios Dejá tu comentario

  1. No hay censura en Internet, no se puede legislar sobre Internet porque el gobierno no tiene jurisdicción sobre algo internacional Solo pueden intimar servidores locales, pero no sirve para nada, la mayoría de las paginas no estan aca (o si estan aca, les aseguro que no lo van a estar por mucho tiempo mas, lo unico que logras es una perdida de capital en el pais y no ganaste nada), USA se puede dar ese lujo porque son el primer pais del mundo y todo pasa por ahi, y aun asi no les esta saliendo bien y ahora estan buscando apoyar la neutralidad de la red La otra es destruir Internet en Argentina poniendo una pared entre el pais y el mundo, pero las consecuencias seria catastróficas para la economía y la sociedad, tratar de hacer aperturas parciales requiere enormes inversiones en equipamiento y mantenimiento que dudo que el gobierno este dispuesto a hacer, China puso su "Muralla de fuego de China" cuando Internet apenas empezaba, la Argentina es hoy EL pais latinoamericano con mas presencia en Internet, estamos re-contra conectados Ademas el mundo se esta moviendo a la neutralidad de la red porque es lo que asegura que Internet siga siendo un camino de avance en ves de tratar de pararlo en un capricho fascista deteniendo artificialmente el progreso de la humanidad, hasta Obama lo entendió (varios lobbies por detrás) y a pesar que hace poco USA iba por el camino de regalarle el control absoluto a las empresas de cable en resumen, esto es ridículo y un peligro porque los inútiles del legislativo viven en una burbuja llena de humo negándose a asesorarse a pesar de no saber nada de nada, no importa como lo vendan, esto no ayuda a nadie, ya tengo formas de bloquear avisos, ya tengo formas de que no roben mi información (por ejemplo NO PONERLA online), no hay ningún beneficio para población en esto

  2. Croata, estoy de acuerdo con todos las críticas que se mencionan en la nota hacia este tipo de leyes, y con lo que Ud. dice en general. Lamentablemente, Cancillería es quien tiene la delegación del IANA tanto de la autoridad sobre los dominios .ar como de la gestión del servicio de DNS y de los bloques de IP a nivel local. No se necesita ser China ni haber empezado antes con una "muralla de fuego", Cancillería puede levantarla en cualquier momento y obligar a que los ISP locales adopten sus políticas de filtrado de IP extranjeras so pena de remover sus dominios de los servidores DNS del país. Es cierto que, como sucede en China, cualquiera de estas medidas puede ser superada mediantes proxys y servidores DNS abiertos en el exterior, pero esto está reservado al usuario avezado que esté dispuesto a especializarse en estas lides y a mantenerse en una carrera por acceder a nuevos proxies y DNS a medida que vayan siendo bloqueados, carrera en la que tanto los individuos como el país lapidarían recursos permanentemente. La internet es muy anterior a la web resultante de facilitarle el uso al lego mediante el hipertexto, pero era aprovechada sólo por un millar de personas especializadas. Y el concepto de "red social" es incluso anterior a la internet con los BBS que frecían "muros" donde compartir contenidos a expensas de mucho esfuerzo manual, algo reservado a los geeks. La censura y las "paredes de fuego" producen una separación de castas, con un millar de usuarios privilegiados y millones de usuarios excluidos y puestos a merced de la voluntad de las autoridades y de esta casta. Eventualmente el dinero manda: las grandes empresas y delincuentes organizados harán lo que quieran tras contratar a integrantes de esta casta, riéndose de las autoridades mientras el resto de la población, condenada al atraso cultral, las padecen.

  3. El problema que tendran las trabajadoras y medios de difucion de servicios de caracter sexual,es que los sitios conocidos y mas grandes de cada localidad, estan operando fisicmente en Argentina, algunos son receptorias y se de 4 que ya fueron allanados y tienen algunas cusas habiertas, las trabajadoras , no pueden pagar con tarjeta y manejarse total mente on ,line y no creo que los citios puedan mudar toda sus negocios y fmilia para operar desde fuera , el grueso de las trabajadoras sexuales son informales, ni banaco ,ni tarjetas. Estos medios on line que ya estan identificados por la protec y con causas haiertas, les aplican despues de 2 apersibi,ientos una multa que es de 300.000 pesos a 300 000 000 de pesos, sencillamente los quiebran.

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