Este fin de semana, se generó toda una revolución cuando el Gobierno decidió escrachar al periodista Damián Pachter, luego de que decidiera irse del país asegurando que su vida corría peligro.
A través de la cuenta oficial de Twitter de la Casa Rosada, se dio a conocer una captura de pantalla del sistema de Aerolíneas Argentinas que muestra el cupón de vuelo del periodista, algo totalmente prohibido por las normas de la empresa y por el Código Penal.
El artículo 157 de ese cuerpo, referido a la “violación de secretos y de la privacidad”, es claro a ese respecto: “Será reprimido con prisión de un (1) mes a dos (2) años e inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos”.
A su vez, el artículo 157 bis dice que será reprimido con la pena de prisión de un (1) mes a dos (2) años el que:
1. A sabiendas e ilegítimamente, o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accediere, de cualquier forma, a un banco de datos personales;
2. Ilegítimamente proporcionare o revelare a otro información registrada en un archivo o en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la ley.
3. Ilegítimamente insertare o hiciere insertar datos en un archivo de datos personales.
El Código Penal agrega un agravante que les cabe a los funcionarios del kirchnerismo: “Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años.”
Pachter es periodista del Buenos Aires Herald y fue el primero en informar la muerte del fiscal Alberto Nisman en Twitter.