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¿Qué tipo de sociedad me conviene?

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PYMES Y ALGO MÁS
PYMES Y ALGO MÁS

Hoy día muchas personas buscan la manera de generar mayores ingresos, y un gran porcentaje opta por crear un emprendimiento aunque muchas veces no sabe cómo constituirlo oficialmente, o si es mejor una sociedad limitada o anónima entre otros interrogantes.

 

Una PyME (Pequeñas y Medianas Empresas) puede ser SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) o SA (Sociedad Anónima) en términos del tipo societario.  Por definición, las Pymes se reconocen como empresas de poca envergadura, con un número establecido y máximo de empelados y volumen de ventas (no pueden tener más de 250 empleados, incluyendo los subcontratados, y El volumen de venta anual debe ser inferior a 32 millones de dólares o su balance general debe estar por debajo de los 19 millones de dólares.).

La documentación a presentar y los trámites a realizar difieren dependiendo el país, en el caso de la Argentina los pasos son:

-Establecer el tipo societario: si será SRL o SA, la Sociedad Anónima es una sociedad por acciones (porque su capital se divide por acciones), la Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad de cuotas partes, porque así se divide su capital.

-Después debe familiarizarse con la ley 19550 que es la legislación para las sociedades comerciales, allí se podrán encontrar las diferencias entre SRL y SA (artículo 146 y articulo 163 respectivamente).

-Lo próximo seria redactar en contrato social entre los socios, llamado estatuto, allí hay que mencionar todos los datos de los requisitos de constitución de la sociedad, algunos de los requisitos que debe referir son los datos personales de los socios como nombre completo, CUIL, datos del representante legal, objeto social, entre otros.

-Luego, deberá inscribirse ante la Inspección General de Justicia (IGJ) que es el órgano que regula a las Sociedades en Capital Federal, si estuviera en cualquier otra provincia, deberá hacerlo ante el Registro Público de Comercio.

-Otro de los pasos importantes será el pago. Por un lado deberá pagar la tasa de constitución de la IGJ, y por el otro, depositar el 25% del capital social en el Banco Nación, hasta que salga el trámite de la Inspección General de Justicia.

-Una vez que esté lista la constitución de la sociedad, los socios deberán inscribirse ante la AFIP y posteriormente, se deberá hacer lo mismo con la sociedad.

Para una SRL el capital social mínimo es de 10 mil pesos, y para la SA es de 100 mil pesos. En ambos casos el mínimo de socios deberá ser 2 y se deberá especificar quien es el socio o accionista mayoritario y quien es el minoritario con el porcentaje que especifique cual es el capital social que contribuirá cada uno.

Una sociedad puede constituirse a través de un contrato por escritura pública, es decir, con la intervención de un escribano, esta opción puede ser utilizada tanto por la SRL como por la SA. Y solo en el caso de una SRL puede hacerse por contrato privado donde se necesita el dictamen de un abogado.

Sabiendo esto, ¿Qué tipo de sociedad conviene?

Las ventajas de una Sociedad de Responsabilidad Limitada son:

-La responsabilidad patrimonial está limitada a las cuotas integradas suscriptas o adquiridas.

-Tiene una estructura societaria semicerrada.

-No se necesita un síndico.

-Funciona para proyectos simples, negocios de venta directa o empresas manufactureras.

-Ideal para empresas con pocos socios y que no haya mucha entrada y salida de los mismos.

-No pagan tasa anual sobre el capital.

-No está obligado a presentar balance ante la IGJ.

Y sus desventajas son:

-Debe inscribirse ante los organismos de contralor.

-Tributa el impuesto a las ganancias a la tasa máxima.

Mientras que las ventajas de una Sociedad Anónima son:

-Libre transmisibilidad de las acciones.

-Se limita la responsabilidad al capital accionario.

-Es ideal para empresas que involucren holdings, emprendimientos industriales o con posibilidades de expansión.

-Recomendado para casos de muchos socios o para cuando hay entrada y salida usual de accionistas.

 -Aún permite un cierto anonimato.

Y sus desventajas son:

-Está obligado a presentar balance.

-Los directivos deben reunirse periódicamente.

-Paga impuesto a las ganancias a la tasa máxima.

-Es necesaria la participación de un director suplente o un síndico.

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. ¿Saben porque son grandes paises como EE. UU. Alemania, Finlandia, Nueva Zelanda, Australía, Inglaterra? porque allá no hay PYMES, son todos EMPRESARIOS, TENGAN 10 O 1.000 EMPLEADOS y eso hace a la diferencia, son tratados por los Bancos y Gobiernos por igual, por eso el empuje de los más chicos para progresar.

  2. Todo muy lindo, pero si no hay mercado interno, si el salario cae en picada, si hay desocupación, si hay cierre de fábricas por la importación indiscriminada, no va le pena analizar si conviene una SRL o una SA, el ESTADO interviene de una u otra forma en la economía, sobre todo en la distribución del Ingreso. Hay una teoria impositiva que dice que los impuestos tienen una función redistributiva del ingreso, que los ricos paguen más impuestos, para que el Estado brinde salud, educación que posibilita la igualdad de oportunidades, que se hace ahora, los ricos pagan menos (se sacaron las retenciones al campo y a las mineras, y se bajó la tasa a los bienes personales) los pobres con su consumo están pagando el IVA, que se recauda cada vez menos por la recesión provocada deliberadamente por el gobierno, según dicen para controlar la inflación . Necesitamos una política economica que promueba el crecimiento y inversión productiva y no la bicicleta financiera.Esto ya lo vivimos y terminó en la crisis del 2001, parece que el 51 % no lo vivió o tiene mala memoria.

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