Recientemente, en declaraciones al diario Perfil, la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, reconoció que su hermana, Soledad, ingresó como empleada a la Secretaría General de la Presidencia tras la llegada de Cambiemos, en 2016. Reconoció asimismo, que su pariente había presentado un curriculum en la Fundación Pensar, tras lo cual fue entrevistada y contratada por el estado. Su contrato es renovable anualmente y percibe $ 23.000 mesuales. Por otro lado, y en una desmedida reacción, según la nota de Perfil, Laura Alonso llamó a dicho medio “para advertir que iba a ¨responder¨ con acciones si la información era publicada.”
Si bien el decreto “antinepotismo” de Macri no alcanza a la titular de la Oficina Anticorrupción, porque no es ministra ni tiene jerarquía de tal, lo cierto es que Laura Alonso cumple funciones de control, lo cual podría afectar su desempeño. En efecto, la funcionaria anticorrupción debería controlar no sólo a su hermana, cosa improbable por tratarse de una empleada de menor jerarquía, sino –lo que es más grave- a quienes deciden todos los años si le renuevan el contrato a su pariente.
En este sentido, el art. 24 del Código de Ética de la Función Pública, establece el principio de “independencia de criterio” que debe regir a todos los funcionarios. Según esta norma, “el funcionario público no debe involucrarse en situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones. Debe abstenerse de toda conducta que pueda afectar su independencia de criterio para el desempeño de sus funciones.”
En este contexto, dado que las funciones de contralor de la Oficina Anticorrupción se extienden al desempeño de funcionarios de toda la administración pública nacional, la particular circunstancia de que su hermana pueda ser cesada en el cargo fácilmente, pareciera un elemento que atenta contra la esperada independencia de criterio.
Más aún, el art. 9º del código citado expresa que “El ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad. Asimismo, debe evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus servidores.”. Dicho de otro modo, el funcionario debe ser y parecer honesto.
Otro tema interesante de las declaraciones de Laura Alonso es el modo en que, según ella, su hermana accede al empleo público. Una fundación, alineada con el PRO, intermedió ante el estado para beneficiarla con un cargo que, por su retribución y modo contractual no pareciera ser político.
El art. 16 de la Constitución Nacional establece que “todos los ciudadanos son admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”, aunque pareciera que, en este caso, se agregó como requisito el aval a la entonces aspirante otorgado por una fundación partidaria.
Resulta preocupante, en definitiva, que la máxima autoridad de la Oficina Anticorrupción y su pariente, defiendan y pretendan naturalizar un modo de acceso al empleo público que elude una convocatoria amplia y plural, desde el estado, a todos aquellos que deseen ser evaluados por sus conocimientos para acceder a los empleos públicos.
Finalmente, no sorprende la amenaza de Laura Alonso de accionar judicialmente contra periodistas en caso de que publicaran una información de interés público. Desde hace un tiempo la funcionaria viene perdiendo el equilibrio, lo cual le hace incurrir en algunas actitudes autoritarias.