En las primeras horas de este corriente sábado, el Tribunal Federal Oral 8 ordenó la liberación inmediata de Carlos Zannini y de Luis D’Elia, lo que aconteció luego de que la fiscal Gabriela Baigún manifestara en el día de ayer que no existía motivos para que permanezcan en el penal de Ezeiza.
La lectura que hicieron las juezas Sabrina Namer y Gabriela López Iñíguez fue totalmente contradictoria a la que había hecho el juez Claudio Bonadio.
Las magistradas aclararon que, si bien el procesamiento continúa, no había motivos para que permanezcan encerrados, ya que no presentan atisbos de peligro de fuga, ni riesgo en el entorpecimiento de la causa, y según el Código Procesal Penal son los dos factores que debe tomar en cuenta la Justicia para justificar la prisión preventiva.
Las juezas aseveraron que ambos están totalmente desarraigados del poder de turno, lo cual evitaría que entorpezcan la investigación (cerrada) de la causa a través de los contactos, la famosa y conocida doctrina Irurzun.
Por otro lado, mencionaron que ambos poseen domicilio fijo, Zannini en Rio Gallegos y D’Elia en la provincia de Buenos Aires, además de que siempre estuvieron a derecho, esto último es lo que recalcan las juezas al firmar el fallo, en contraposición de lo dicho por Bonadio al exponer las prisiones preventivas el pasado 7 de diciembre.
También resaltaron que ambos siempre se han presentado ante la Justicia cuando se los ha requerido y se les fijaron dos pretensiones, la primera es la prohibición de la salida del país y la segunda es la obligación de presentarse dos veces al mes ante sede judicial para demostrar que están a derecho.
Bonadio había dicho que existían pruebas pendientes, como los mails y el libro de visitas de recepción en Casa de Gobierno, vale rememorar que la causa avanza sobre la firma del memorándum de Irán y una serie de reuniones a alto nivel político que incluían a cristina Kirchner.
Vale destacar que sobre la base de este fallo, es altamente probable que el próximo lunes 26 de este corriente marzo excarcelen a Fernando Esteche, Allan Bogado y Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, los tres detenidos en la misma causa.
Algunos abogados, a estas horas, están preparando los pedidos de excarcelación, sobre todo teniendo estos dos precedentes recientes. Hay que tener en cuenta que cada situación es distinta, incluso D’Elia ya tenía unas condenas menores, como por ejemplo, por pegarle a un manifestante en medio de una marcha o una causa persistente por un corte de ruta.
¿Por qué se firmó el fallo a las 4:30 de la mañana?
D’Elia presentó la excarcelación el miércoles a las 11 de la mañana, y los jueces tienen un plazo de 24 horas para solucionarlo, con lo cual tendría que haber tenido resolución el jueves a media mañana.
El Tribunal se demoró tras una excusación mediante un tercer juez, Nicolás Toselli, que decidió no intervenir por la cercana relación con un testigo y quedaron las dos juezas que fueron quienes firmaron el fallo.
Incluso en la tarde de ayer habían considerado que se iba a extender el tiempo para resolver, y las defensas, obviamente, enseguida resonaron mencionando que ya tendrían que haber solucionado la excarcelación.
Por esta razón, la decisión se firmó inusualmente a las cuatro y media de la mañana.
¿Por qué son inocentes?
De más está aclarar que quien escribe estas líneas no tiene afinidad alguna con ningún partido ni figura política, a sabiendas que se hablará de forma peyorativa sin fundamentos.
Tanto Zannini, como D’Elia, así como también Cristina Kirchner y todos los involucrados deben estar presos, pero por causas que nada tienen que ver con el famoso memorándum.
Por empezar, hay que explicar en que se basaba el memorándum con Irán. Esta medida, lo que pretendía era que se elija un país exento de la causa para resolverla, ya que era la manera más acertada de llegar a la resolución del atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).
Este memorándum fue aprobado tanto por la Cámara alta como por la Cámara baja, por lo que no fue ningún secreto, ni tampoco una cuestión ilegal, sino que hubo consenso de las partes necesarias.
También hay que volver a aclarar lo que en este medio se mencionó reiteradas veces, y es que los iraníes nada tienen que ver con el atentado, por el contrario, en el expediente de la causa rebalsan las pruebas contra Siria.
Esta causa está muy “tirada de los pelos” por intereses geopolíticos, por los cuales existe un encubrimiento que se extiende a niveles inusitados.
Conclusión
Para poder desnudar la verdad del atentado a la AMIA, debería llevarse a cabo el memorándum, el cual falsamente se instaló como inconstitucional, de esa forma se conocerían a los verdaderos culpables y se demostraría la falacia de juzgar a ciertos personajes sobre la base de este pacto.