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ERP al banquillo: analizan si la muerte de Larrabure fue un crimen de lesa humanidad

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El debate más incómodo
El debate más incómodo

La Cámara Federal de Casación Penal analizará si el secuestro y asesinato del mayor Argentino Del Valle Larrabure, cometidos a mediados de los años '70 por miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), constituyeron crímenes de lesa humanidad, informaron hoy fuentes judiciales.

 

Con el voto de cinco de sus miembros, la Cámara Federal de Rosario aceptó el recurso de casación interpuesto por el hijo de la víctima y querellante, Arturo Cirilo Larrabure.

El abogado de Larrabure (h) apeló la resolución de la Cámara Federal de Rosario, dictada el 31 de agosto pasado, que confirmó un fallo de primera instancia que había considerado que el hecho no se encuadra en un caso de crimen de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptible.

En el escrito de apelación, el hijo de Larrabure calificó como "simulacro de sentencia" a la dictada por la Cámara rosarina a la luz del fallo dictado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa "Carrizo Salvadores, Carlos y otros", referida al ataque realizado el 10 de agosto de 1974 por el ERP al Regimiento 17 de Monte de Catamarca.

Recordó que aquél hecho ocurrió el mismo día en que el ERP atacó la Fábrica Militar de Villa María (Córdoba), donde fue secuestrado el mayor Larrabure, "como parte de una acción conjunta destinada a demostrar su poder de fuego y que podía derrotar al Ejército Argentino".

La querella insiste en pedir que se convoque a declaración indagatoria como imputado por el secuestro y asesinato del militar a Juan Arnold Kremer, ex militante del ERP y conocido por su apodo de "Luis Mattini".

El mayor Larrabure fue secuestrado por un comando del ERP tras la toma por parte de ese grupo armado a la Fábrica Militar de Pólvora y Explosivos de la ciudad de Villa María, en agosto de 1974, según la causa.

El oficial del Ejército estuvo en condición de secuestrado hasta que en agosto de 1975 su cadáver fue encontrado en una vivienda de la ciudad de Rosario.

El acuerdo de la Cámara Federal de Rosario estableció que el caso Larrabure no reúne "los requisitos típicos para ser considerado" como delito de lesa humanidad.

En su voto, el camarista Fernando Lorenzo Barbará recordó que "sólo constituyen crímenes de lesa humanidad, y por ello resulta imprescriptible la acción para juzgarlas, cuando fueren cometidas como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque".

"Encontramos entonces -continuó el magistrado- que uno de los elementos de la categoría criminal que estamos tratando, entiendo que el central, de ninguna manera puede tenerse por presente en el caso de autos".

La resolución de segunda instancia también resalta que el ERP no actuó en nombre del Estado ni con su apoyo, como sostiene la querella al asegurar que en la época había gobernadores provinciales que simpatizaban con la Tendencia Revolucionaria del peronismo.

Tras la concesión del recurso interpuesto por la querella, ahora la Cámara Federal de Casación Penal analizará el caso.

 
 

8 comentarios Dejá tu comentario

  1. No es lesa humanidad por varias razones: 1. Guerrilla y Estado no tenían equivalente poder de fuego. Eran una banda de locos y hay que juzgarlos como tales. 2. Es poner a ambos bandos en situación de igualdad. Precisamente lo que buscaba el Erp y Montoneros en esos años. 3. Una cosa es una banda de locos y otra es el Terrorismo de Estado. Considero que hay que juzgarlos pero con otra formula. Es muy precario hacerlo por lesa humanidad al menos n este caso.

  2. A Miguelete le recomiendo lea bien Lesa Humanidad, registrada en 1998, TODOS sus articulos, donde se define perfectamente, y donde encuadra la accion guerrillera.

  3. Si hay algo que el PRESENTE debe REMEDIAR, es un DOCUMENTO HISTORICO, refiero al NUNCA MAS con el pròlogo de ERNESTO SABATO, ese que psicopaticamente manipuló el gobierno anterior. La REALIDAD ARGENTINA TUVO A VARIOS ACTORES DE LA VIOLENCIA Y NO SE DEBE JUSTIFICAR A NINGUNO DE LOS QUE TIÑERON DE SANGRE ARGENTINA EL SUELO DE LA PATRIA. Fueron CRIMENES los perpetrados en TIEMPO DE LA DE-MO-CRA-CIA cuando atacaron el Regimiento del Monte en Formosa y mataron a SOLDADOS CONSCRIPTOS https://www.infobae.com/politica/2017/10/05/aca-no-se-rinde-nadie-mierda-el-grito-del-soldado-hermindo-luna-antes-de-que-lo-mataran-en-la-operacion-primicia-3/ También fueron crimenes los perpetrados contra gran cantidad de personas ejecutadas SIN SER JUZGADAS, incluidas algunas consideradas como "efecto colateral" de parte del gobierno militar. El prólogo del NUNCA MAS comenzaba así: "Durante la década del 70, la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto desde la extrema derecha como de la extrema izquierda". Este TESTIMONIO fuè ELIMINADO por el gobierno anterior.¿Conquè derecho? ¡Se abusaron del poder para contentar a una FACCION para obtener a cambio su apoyo! Bien sabìa Nestor K como descubrir EL PRECIO de las personas, en este caso, encontró a un grupo defensor de los "DDHH" que estaban en liquidaciòn de fin de temporada y se "compró" hasta las ONG como Madres y Abuelas.

  4. Como primera medida Lesa no puede aplicarse en esta ni en el juzgamiento de los militares, ya que esta como la de Genocidio, NO EXISTEN EN LÓS CODIGOS, fueron incorparadas definitivamente en 2007 como YTratados Internacionales con Rango Constitucional y el Artículo 24 Irretroactividad ratione personae 1. Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor. 2. De modificarse el derecho aplicable a una causa antes de que se dicte la sentencia definitiva, se aplicarán las disposiciones más favorables a la persona objeto de la investigación, el enjuiciamiento o la condena. Por lo tanto, no es posible su aplicación en estos términos. Toda la farsa de los juicios a los Militares, Policía y Civiles por el delito De Lesa Humanidad,es NULO DE NULIDAD ABSULUTA, no puede ni debe aplicarse; ahora bien, si lo aplicamos a los Militares, Policías y Civiles, APLIQUEMOSLO A LOS TERRORITAS SUBVERSIVOS QUE ASOLARON EL PAÍS CON SUS CRÍMENES. SERÁ JUSTICIA.

  5. Roberto la evidencia muestra que la justicia no ha tomado el caso del modo que Ud. sostiene. En consecuencia, no se aplican los mismos criterios en uno y otro caso (banda armada y Terrorismo de Estado). Desde luego, las interpretaciones que se juegan en la Justicia son múltiples... Repito: más allá de que se debe juzgar a esta banda de gente por todo lo (mal) que hizo, categorizarlo como "lesa humanidad" es un tanto complicado. Y arriesgado, me arriesgaría...

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