En las últimas horas, se desató una polémica inesperada tras la decisión del Banco Central de establecer una flexibilización al acceso del mercado cambiario para determinadas importaciones.
Se trata del párrafo de la circular A 7052, que en su último artículo señala que beneficiarios de indemnizaciones emanadas de las leyes de reparación a víctimas de la dictadura militar 1976-1983 podrán acceder al mercado cambiario al tipo de cambio oficial, sin pagar el impuesto del 30%, para poder girar dichas divisas al exterior.
Esas leyes son las que contemplan subsidios para las víctimas de los delitos que se cometieron durante la dictadura militar, ya sea quienes fueron detenidas ilegalmente o los hijos y nietos de los desaparecidos.
La circular dice textualmente: “Incorporar como punto 3.12.6. del Texto Ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios” (regulaciones cambiarias) el siguiente: “3.12.6. Transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes.”
El texto levantó la sospecha de si no se está habilitando el acceso al mercado cambiario al dólar más barato (e inaccesible para el común de los ciudadanos) a hijos de víctimas de la dictadura. Y provocó el esperable revuelo en redes sociales.
En el Banco Central afirmaron a diario Clarín que no se trata de una apertura del mercado cambiario generalizada para estas personas. “Son unos casos puntuales, uno o dos, que habían quedado pendientes.”
A partir de hoy, hijos y nietos de desaparecidos q hayan sido indemnizados por el Estado, pueden transferir dólares sin límite a una cuenta en el exterior, (o “FUGAR”) al tipo de cambio OFICIAL. O sea, sin pagar el 30% más q tenés q pagar vos porque sos “solidario”.
— Guadalupe Vazquez (@guadavazquez) June 26, 2020
(O un gil).. pic.twitter.com/1F9TBpefFZ