«Necesito saber quiénes integraban el tribunal que absolvió a Milani y los perfiles de cada uno», le envió Cristian Lionel Suriano a Matías Gregorio Fernández a las 20.25 del 9 de agosto de 2019. Solo 17 segundos después, el jefe de la Dirección Principal de Análisis de la Información (DPAI) del Servicio Penitenciario Federal (SPF) le aclaró a su súbdito por si hacía falta: «Es decir si eran o son K o de ‘Justicia Legítima'».
Aquel día, pero a las 16.17, los integrantes del Tribunal Oral Federal de La Rioja habían absuelto a César Milani, exjefe del Ejército de Cristina Kirchner, al considerar que no había cometido delitos de lesa humanidad en su época de subteniente en el Batallón de Ingenieros 1º sección A.
Al día siguiente, Fernández tenía una respuesta para Suriano con base en información abierta: «Tenemos dos jueces en contra del gobierno actual (nota del redactor: macrismo) y uno que fue puesto digamos durante este gobierno y en la votación supuestamente dos fueron a favor y uno en contra». El jefe de la DPAI, que no era otra cosa que el área de Inteligencia del SPF, le agradeció: «Perfecto, Maty».
No era la primera vez que los penitenciarios intercambiaban información sobre los magistrados del caso Milani. El 22 de marzo de 2019, dos meses antes de que comenzara el debate oral y público, uno de ellos compartió una nota publicada en El Ancasti sobre la conformación del tribunal: «Lilljedahl, en el tribunal que juzgará a César Milani».
Por este y otros hechos, Juan Pablo Augé, en una de sus últimas resoluciones como juez federal subrogante de Lomas de Zamora, procesó a Suriano y Fernández por violar el artículo 43 ter de la Ley Nacional de Inteligencia 25.520 que establece pena de prisión de «tres a diez años e inhabilitación especial por doble tiempo» para «todo funcionario que realice acciones de inteligencia prohibidas por las leyes 23.554, 24.059 y 25.520».
Para Julián Falcucci y Jaime Díaz Gavier, Milani no secuestró a Pedro Olivera ni torturó a su hijo Ramón en marzo de 1977 sino que su accionar estuvo enmarcado en las leyes 20.840 y 21.460 firmadas por el general Jorge Rafael Videla. En otras palabras: los jueces de la democracia validaron aquellas normas de la dictadura para justificar al militar. En cambio, Enrique Lilljedahl votó en minoría para condenarlo a 4 años de prisión por allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad agravada, pero no por los tormentos.
Al enterarse de la inteligencia alrededor de los magistrados que resolvieron la absolución del por entonces subteniente, Olivera escribió una carta para que «los jueces digan si el sobreseimiento de Milani se debió a la presión de los espías de Macri porque querían un fallo favorable basado en las leyes de la dictadura como este que le sirviera de jurisprudencia a otros represores». Tras la absolución, el tribunal ordenó su inmediata libertad.
Los fiscales de juicio Rafael Vehils Ruiz y Virginia Miguel Carmona apelaron.
Por su parte, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán lo declaró inocente el 29 de noviembre de 2019 del secuestro y desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo ocurrido el 17 de junio de 1976 en Monteros aunque sí condenó por eso a capitán Esteban Sanguinetti.
Pero el caso Milani todavía no está cerrado. El fiscal general Javier de Luca pidió el 27 de diciembre de 2019 que sentencien a Milani a 18 años de prisión por los hechos denunciados por los Olivera padre e hijo.
La Cámara Federal de Casación Penal, tras más de un año, todavía no dio su veredicto.
Buena nota.-