En los años 2002 y 2003 se rasgaban las
vestiduras un Fiscal de Cámara, la misma Cámara y algunos miembros del Consejo
Nacional de la Magistratura porque hice una simple e insignificante constancia
por la que no podía dañar a nadie. Hasta la Corte Suprema ratificó la sanción
aplicada por ese organismo sin hacer lugar a las pruebas ofrecidas y sin
apartarse del juzgamiento los que habían sido recusados, y debi padecer
amenazas y coacciones por respetar la Constitución Nacional y defender los
derechos humanos.
El destacado constitucionalista Bidart Campos, en un dictamen
sobre el tema, dijo que había garantizado el ejercicio de un derecho civil
fundamental, violado por el denunciante que años más tarde se jubiló por
problemas psíquicos, pese a estar propuesto para ascender por el mismo Consejo
de la Magistratura (B.O., 22-9-04, pág. 28).
Poco después se crearon los llamados “jueces subrogantes”
(en realidad funcionarios que no son jueces) que dictaron resoluciones
(sentencias) decidiendo sobre la libertad y el patrimonio de cientos o miles de
personas. La Corte Suprema declara su inconstitucionalidad, pero convalida lo
actuado, decisión que está muy lejos de preservar la seguridad jurídica en los
términos que lo entiende la Corte Interamericana de Derechos Humanos. ¿No se
están convalidando funciones que podrían estar encuadradas en los incisos 1) y
3) del Art. 246 del Código Penal?.
¿Qué dicen los que ayer se rasgaban las vestiduras por esa simple constancia?.
Quizás hayan participado en la selección de jueces subrogantes.
Recordemos las enseñanzas del Martín Fierro: “Es la ley como la lluvia, nunca
puede ser pareja, el que la aguanta se queja, pero el asunto es sencillo, la ley
es como el cuchillo, no ofiende a quien la maneja”.
Bernardo Nespral
Ex juez de la Nación Argentina
bnespral25@yahoo.com.ar