Como publicó Tribuna de Periodistas días atrás, constan en el expediente numerosos indicios de que Ángeles Rawson falleció en el interior de su vivienda, en planta baja “A” del edificio de Ravignani 2360. Dicha hipótesis, sin embargo, fue descartada por la Justicia, que consideró que el encargado, Jorge Mangeri, la interceptó en el hall, para conducirla a un lugar indeterminado del edificio y asesinarla en el marco de un abuso sexual.
Dos elementos condujeron al Tribunal a concluir que la joven no entró a su departamento: el testimonio de Axel Opatowski, el hermanastro de Ángeles, y de Dominga Torres, la empleada doméstica que se desempeñaba en la vivienda. El primero, quien declaró en Cámara Gesell dada su discapacidad intelectual leve, sostuvo que ese 10 de junio se encontraba enfermo y decidió faltar al colegio, quedándose a dormir en su cuarto. Por su parte, la mujer aseguró haberse presentado en el domicilio familiar alrededor de las 8:45, para desempeñar sus tareas como empleada doméstica. Ambos negaron haber visto a la joven ingresar a su vivienda.
A lo largo del proceso, la defensa del encargado puso en duda ambos testimonios, señalando contradicciones y errores en las declaraciones de la empleada y el joven. Oscilando entre una hipótesis incriminatoria y otra más benigna hacia la familia de Ángeles, los distintos abogados de Mangeri sostuvieron que la joven sí ingresó a su departamento.
La tarjeta SUBE
Entre los elementos controvertidos de este punto, llama la atención la cuestión de los viajes de Dominga Torres en colectivo, ocurridos ese 10 de junio. Los mismos surgen de la tarjeta SUBE, de número 6061 2670 3474 0074, aportada por ella el 14 de junio, al prestar declaración testimonial. La misma no se encuentra a su nombre, sino al de una tal Alba Ponce, a quien Torres negó conocer, sin aclarar cómo había obtenido dicha SUBE: “No, no está a mi nombre. Era la que usaba yo pero no tenía mi nombre”, sostuvo en el juicio oral. La ignota Alba Ponce no fue llamada a declarar, y ni los fiscales ni la defensa le preguntaron a la empleada doméstica si conocía a la titular del dispositivo.
En su segunda declaración, a fs. 2074, realizó una narración del viaje que ese día habría llevado a cabo desde su domicilio, en el partido de La Matanza, hasta Ravignani 2360: “Refiere que salió de su casa a las 5:55 hs, y alrededor de las 6:10 se tomó el colectivo hasta San Justo, donde se baja alrededor de las 6:30. Ahí espera el 55 y lo habrá tomado a las 6:45, viajando hasta Plaza Falucho (...) y desde allí fue corriendo porque tenía ganas de hacer pis hasta el domicilio de Ravignani, llegando a eso de las 8:45”.
En esta declaración, la empleada muestra recordar gran cantidad de detalles. Por ejemplo, la hora exacta a la que llegó, por la presencia de un reloj en la cocina. O, por otro lado el mencionado hecho de “que tenía ganas de hacer pis”.
Fragmento de la declaración de Dominga Trinidad Torres
Al terminar tempranamente su trabajo en la calle Ravignani, Dominga habría partido a la casa de su otra empleadora, María Luz Piñero Campbell, quien ratificó que ella se presentó. Sin embargo, al solicitarle al Banco Nación la información sobre sobre los viajes realizados con dicha tarjeta el día 10 de junio, fueron notificados muy llamativos resultados:
Si bien los viajes que figuraban eran acordes a sus dichos, existía un detalle no menor que había sido omitido en sus dos declaraciones testimoniales. Se trataba de dos viajes, con diferencia de minutos, en dos internos de la línea 55, el 41 y el 79, alrededor de las 7:00.
Los dos internos de la línea 55 tomados por Dominga Torres, a las 6:51 y a las 7:00
Al realizarse dicho hallazgo, la mujer de nacionalidad Paraguaya fue nuevamente convocada a ampliar su declaración testimonial. En dicha oportunidad, a preguntas acerca del hecho descrito, aseguró recordar que el colectivo se había descompuesto, motivo por el cual tuvo que tomar el siguiente. Dicha secuencia, que no había sido mencionada ni siquiera tangencialmente en sus dos declaraciones anteriores, generó gran controversia en el marco del proceso.
Se le solicitó a la empresa Almafuerte S.A. los itinerarios de sus dos internos, que fueron incorporados al expediente, y que son publicados, por primera vez y en exclusiva, por Tribuna de Periodistas. Además, fue citado Carlos Faut, el titular de la línea 55, quien negó que haya existido ese día inconveniente alguno con esos colectivos.
Ello parece ser verificado por los informes de la empresa, que no solo no notifican de incidente alguno, sino que no muestran irregularidades en los horarios de las paradas.
Particularmente el interno 79, del que habría descendido Dominga Torres, hizo tres paradas entre las 6:46 y las 7:05, para luego seguir normalmente su recorrido, con lapsos de arededor de 10 minutos entre paradas. No parece posible, por tanto, que el mismo se haya descompuesto entre las 6:51 y las 7:00 de la mañana, como señaló la mujer.
Itinerario del interno 79, el que se habría “descompuesto”. El campo de “NOVEDADES” está vacío.
Itinerario del interno 41, el segundo que habría tomado Dominga Torres
Juicio oral
El Dr. Adrián Tenca, abogado defensor de Mangeri, hizo mención en su alegato a la irregularidad con respecto a los viajes en colectivo, tal como puede oirse en el minuto 5:17:00 del video la audiencia del 1 de julio de 2015.
Recordó el abogado: "Tenemos que referir el hecho de haber subido a dos internos de la línea 55 (...) en toda su declaración nunca había hecho referencia a esto (...) y cuando se le preguntó por qué lo había hecho, a regañadientes dijo que se había roto el colectivo".
Luego, Tenca argumentó que generalmente no se le vuelve a cobrar el viaje al usuario de un colectivo que se descompone, cuando este toma el que viene detrás.
Además de este punto, basado en la experiencia, recordó la declaración de Carlos Faut y los dos itinerarios de la línea 55, antes mencionados: “el titular de la linea 55 manifestó que esos dos internos no habían tenido ningún tipo de inconveniente ese día”. Haciendo referencia a los dos informes de Almafuerte, sostuvo que “si uno colige los horarios secuenciales que va teniendo que no tuvo ningún tipo de inconveniente”.
Réplicas
Resulta llamativo que ni la fiscalía, ni la querella, ni el Tribunal que condenó a Mangeri, hicieron referencia a este último punto. Pablo Lanusse, el abogado querellante, se limitó a recordar que Dominga Torres se hizo presente en la casa de su otra empleadora, Piñero Campbell.
El Tribunal, por su parte, tan solo replicó el primero de los argumentos del abogado defensor, en cuanto a que esta no tendría que haber pagado su pasaje si se hubiese descompuesto el colectivo.
Fragmento de la sentencia
Argumentando que “Es difícil imaginar algo distinto a lo explicado por Dominga Torres”, los jueces concluyeron su respuesta especulando con que podría haber dejado pasar al colectivo anterior.
De esta forma, los magistrados no solo omitieron la respuesta a un argumento de la defensa, sino una declaración y dos informes, incorporados a fs. 2492 del expediente, que contradecían abiertamente lo manifestado por la empleada doméstica.
© Tribuna de Periodistas, todos los derechos reservados