Cuenta la historia que Pirro, el Rey de Epiro, al triunfar sobre los Romanos con un elevadísimo costo en vidas para su ejército, exclamó: “Otra victoria como esta y volveré solo a casa”.
El reciente sobreseimiento de Victoria Donda, en la causa abierta por el ofrecimiento de cargos públicos a su empleada doméstica, a fin de saldar un conflicto laboral, se parece bastante a una victoria pírrica, si tenemos en cuenta los fundamentos que emplea el Juez Casanello en su decisión:
“La indignación que puede generar un diálogo entre partes estructuralmente desiguales para llegar a acuerdos injustos, los incumplimientos laborales de una empleadora y/o la naturalización de un uso inapropiado y poco ético de la función pública, no alcanza para formular un reproche penal si es que faltan los elementos del tipo penal. Solo configuran delitos aquellas conductas que son consideradas antinormativas por estar previstas en nuestro código penal. Sin ley previa que sancione penalmente un tipo de conducta no es posible hablar de delito, aun cuando el comportamiento observado sea injusto, inmoral o reprobable desde otros puntos de vista. …”.
En efecto, independientemente de la evaluación realizada por el magistrado, a la luz del derecho penal, la merituación ética del accionar de Donda es demoledora, y debiera traer consigo consecuencias políticas y jurídicas.
En efecto, a diferencia de los dichos del Presidente Alberto Fernández sobre la titular del INADI, quien sostuvo que la naturaleza de la funcionaria “no es sacar ventaja del Estado”, la Justicia alude a un comportamiento contrario a la ética por parte de Victoria Donda. La versión presidencial sobre la supuesta naturaleza de la funcionaria tuvo su agradecido correlato cuando INADI consideró que los recientes y discriminatorios dichos del Presidente, sobre el origen de brasileros y mexicanos, no merecían reproche alguno.
La consecuencia política de los fundamentos de la resolución de Casanello, un juez que de ningún modo puede ser considerado enemigo del oficialismo, es que deja expuesta la inutilidad del sistema antidiscriminación argentino: un Presidente que abiertamente discrimina a brasileros y mexicanos, una funcionaria antidiscriminación que explota a su empleada doméstica boliviana, y ambas autoridades que se encubren y protegen entre sí, en desmedro de las instituciones supuestamente creadas para luchar contra la discriminación, y en perjuicio de los destinatarios de las supuestas políticas antidiscriminatorias.
Con respecto a la otra consecuencia, la jurídica, cabe destacar que el apego a la ética pública por parte de funcionarios nacionales se encuentra normado, fundamentalmente, en la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública y en el Código de Ética de la Función Pública (Decreto 41/99). Allí se establecen principios y deberes de conducta que deben seguir los funcionarios, como los principios de probidad y prudencia, y como el deber de privilegiar el interés público sobre el particular. Y es evidente que la conducta de la titular del INADI se alejó de estos principios y deberes, por lo que, de manera urgente, debería intervenir la Oficina Anticorrupción, que es la autoridad de aplicación en materia de Ética Pública. Más aún cuando, en declaraciones públicas vertidas a partir del caso de su empleada doméstica, Victoria Donda hizo público que quienes ingresaban a trabajar al Estado lo hacían por “cercanía”, evidenciando que la propuesta indecente a su empleada doméstica no era un hecho puntual, sino una conducta enmarcada en un “modus operandi” de la funcionaria.
El futuro político de Donda ya tiene fecha de vencimiento. Ese día, los temores de Pirro se le presentarán como una realidad, y así como el Rey de Epiro temía volver sin su ejército, ella volverá a su casa sin prestigio alguno.
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