El Ministerio de Transporte de la Nación procedió a eliminar las restricciones y limitaciones en los aforos en colectivos y trenes.
Esto se basa en virtud de la “mejora evidenciada en los indicadores sanitarios”
De tal forma se estableció: “que los trenes y empresas de colectivos deben garantizar un pleno servicio con un aumento de las frecuencias”.
Dicha decisión está plasmada a través de la resolución 389/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, que dispone que las firmas “prestatarias de los servicios públicos de transporte automotor urbano y suburbano y ferroviario metropolitano y regional” tienen que “garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados”
Además “exige a las empresas contar con una correcta ventilación en los vehículos”
De esta forma se derogo la resolución 64/2020 que había adoptada en marzo de 2020 a partir del impacto de la pandemia en el país y se había fijado que la cantidad no superara la cantidad de asientos disponibles.
Por otro lado una medida similar había sido adoptada por el gobierno porteño, que elimina la capacidad limitada en los coches del subte.
En igual sentido el gobierno nacional también había eliminado las restricciones en los trenes y micros de larga distancia.
Cabe aclarar que si bien se elimina el aforo, la normativa nacional dispone “que se mantenga el uso obligatorio del tapabocas y se garantiza una adecuada ventilación de las unidades y extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos”.
Con esta resolución se contemplan las restricciones en el uso de los servicios públicos de pasajeros “en aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria”.
Asimismo, se les pide la colaboración a las jurisdicciones de todo el país para que adopten medidas que eviten aglomeraciones en la circulación de personas.
En ese sentido, recomiendan que alienten “la utilización de medios de movilidad personal”, y el “uso de los servicios de transporte público fuera de los horarios de mayor demanda”.
Finalmente y a pesar de que esta resolución deroga las normas previas que fueron establecidas durante la pandemia, DISPO y ASPO, no obstante y en el caso de ser necesario ante una alarma epidemiológica se podrán determinar futuros límites de pasajeros y restricciones al uso del transporte público.
Fuente: Ministerio de Transporte de la Nación