Ante la dificultad en los últimos tiempos
de conseguir monedas, a partir del momento en que el transporte aumentó
—colectivos, subtes y trenes— recién iniciado el año 2008, hizo que las mismas
se restringieran y en cada comercio empezara a aparecer el oportuno cartel de
"no hay monedas". Sin embargo lo que pocos saben es la información aportada por
la asociación Padec (Prevención, Asistencia y Asesoramiento) en virtud de la
cual el Banco Central de la República Argentina, modificó las normas
sobre "circulación monetaria" ampliando de $50 a $100 el monto de cambio en
monedas que las personas sean o no clientes pueden requerir y las entidades
bancarias deben entregar. Esto es a través de la Comunicación "A" 4770" que fue
emitida por el BCRA durante el mes de febrero próximo pasado.
Padec informa que esta medida tomada por el organismo público
es particularmente posible dado que en materia de derechos del consumidor, es
la primera vez que el Banco Central difunde una norma que protege al usuario del
servicio bancario. Por otra parte, todas aquellos bancos que no cumplan con
el servicio de brindar cambio, serán pasibles de una multa de $ 10.000, previa
verificación fehaciente del no cumplimiento de la obligación.
Asimismo, no existe un límite en la cantidad de monedas que
una persona puede llegar a solicitar en un banco. Pero los bancos están
obligados a entregar por lo menos cien pesos a cada persona que así lo solicite.
Esta norma no debe ser desconocida por el cajero/a de la
entidad bancaria a la hora que el cliente o cualquier persona solicite cambio en
monedas y conocer su existencia como norma de Banco Central, máxime que existe
una sanción que seguramente no es temida o bien se la minimiza porque es algo
más que no se respeta en lo derechos de los usuarios.
Ante esta situación, Padec expresa a través de su información
que, si ante la solicitud de cambio en cualquier banco de plaza local minorista
el cajero se rehúsa a proveer cambio de monedas, será necesario inmediatamente
realizar el reclamo, ya sea solicitando el libro de quejas pidiendo la
intervención del gerente o presentando una nota en forma manuscrita en tal
momento y pidiendo copia de la misma firma y debidamente sellada.
La pregunta es ¿qué resultado se obtiene con esta queja? en
primer lugar, al realizar la denuncia ante el Banco Central, este organismo
puede imponer una multa automática en forma efectiva de $ 1.000. En segundo
lugar, con el desconocimiento general de la norma, lo único que se consigue es
que esta no se no se cumpla. Por eso, cuanto mayor sea su divulgación —ya sea en
forma publica o por comentarios con otras personas— el cliente podrá reclamar
mejor y hacer valer sus derechos, los cuales en la vida cotidiana son
generalmente ignorados y poco respetados.
Graciela Catalán Álvarez
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