A través de la iniciativa y propuesta de
la Senadora Adriana Bortolozzi, se crearía un registro nacional de obstructores
de vínculos familiares, para intentar dar una solución a los miles de padres que
no pueden ver a sus hijos por decisión de su ex pareja.
Se considera "obstructor de vínculos familiares" a todas
aquellas personas que teniendo bajo su esfera de cuidado a una o más personas,
impide, entorpece o de cualquier forma dificulte el vínculo entre estas y los
ascendientes o descendientes en línea recta u otro familiar no convivientes,
a quien se les haya acordado un régimen de visitas u otra forma de contacto
familiar, otorgado por tribunal competente.
En principio el registro sería publicado en una pagina de
Internet de acceso libre y gratuito —el listado completo—, actualizado de
obstructores de vínculos familiares, con los datos personales necesarios para su
concreta individualización del obstructor.
Pero también serán aplicadas sanciones para todas aquellas
personas que se encuentren incluidas en el registro.
Ellas son: la imposibilidad de postularse para cargos
electivos, adquirir empleos, encargos o contraprestaciones de parte del Estado
Nacional, Provincial o Municipal o en sus entidades descentralizadas, en forma
temporal o permanente, remunerada u honoraria y en cualquier nivel jerárquico,
participar en licitaciones, concursos de antecedentes, obtener subsidios,
obtener licencias, permisos, concesiones ni cualquier otro beneficio del estado
nacional, provincial o municipal, obtener préstamos, habilitar cuentas
corrientes de ahorro, sacar tarjetas de crédito o débito en instituciones y
entidades bancarias y/o financieras públicas nacionales o provinciales,
solicitar inscripción como directivo de sociedades, fundaciones o asociaciones
ante la Inspección General de Personas Jurídicas u otras entidades estatales de
admisión e inscripción.
Con este proyecto se pretende proteger y evitar que los
hijos que son botines de guerra de los padres durante los procesos judiciales de
separación, divorcio vincular, tenencia, régimen de visitas, alimentos,
violencia familiar o doméstica y se vean expuestos en batallas y contiendas
de conflictos y resentimientos tanto del padre como la madre, utilizándolos como
rehenes y privando del ejercicio de la patria potestad al cónyuge que se
encuentra separado/a impidiendo o obstruyendo el vinculo paterno/materno filial
con los menores.
Correspondería que el mismo sea aprobado en el corto plazo,
porque así como existen registros de deudores y morosos o personas incluidas en
el Veraz, registrados en el Banco Central o bien de morosos alimentarios,
resultaría asimismo, imprescindible este registro de obstructores de vínculos
familiares toda vez que en la práctica debería funcionar y aplicarse a cada caso
en concreto.
Graciela Catalán Álvarez