La Asesoría General Tutelar de la Ciudad,
presentó el martes pasado ante la Legislatura porteña, su informe anual 2007 en
el cual se remarcaron los problemas de las políticas públicas del gobierno
dirigidas a la protección de los derechos sociales y económicos de los menores y
de las personas con problemas de salud mental.
Los lineamientos del trabajo fueron expuestos por la asesora
General, Laura Musa, en el marco de su primer año de asunción de sus funciones y
en los términos de la ley 1.903*, quien estuvo acompañada también por las
asesoras adjuntas María de los Angeles Burundarena y Magdalena Giavarino,
contándose con la presencia de la vicejefa de gobierno porteño, Gabriela
Michetti, quién recibió el informe; del Presidente del Consejo de Niños, Niñas y
Adolescentes, Jorge San Martino, jueces porteños, legisladores y organizaciones
sociales.
En el informe se establece que "la Ciudad no cuenta con
dispositivos que permitan una verdadera inclusión social de los niños mas
vulnerables" y se menciona la necesidad de un cambio a las funciones de las
Asesorías porteñas, las cuales deben dirigirse a la protección y a lograr el
efectivo cumplimiento de los derechos tutelados; determinando que el ministerio
tutelar no es un programa de emergencia social para paliar las consecuencias
provocadas por la ausencia o la injerencia arbitraria del Estado.
Pero, fundamentalmente, se informó acerca de las dificultades
que tiene la Asesoría Tutelar para realizar el control de las condiciones de
alojamiento de los niños en los “institutos penales” que dependen y son
administrados por la Justicia nacional y se denuncia a las autoridades
nacionales, las cuales han denegado a las Asesorías el acceso a los institutos
desconociendo la legitimidad y competencia en materia de contralor de todas
aquellas instituciones que albergan habitantes menores de edad en el ámbito de
la ciudad.
Respecto al Sistema Administrativo de Protección de Derechos,
la Asesora General informó que ha aumentado la cantidad de niños alojados en
hogares y denunció que se vulneran los principios —excepcionalidad y
vulnerabilidad— contemplados en el articulo 27 de la ley de de Protección
Integral Nacional 26.601, que establece la presencia del abogado del niño.
Asimismo, se indicó que hay personas que "llegan a la
Justicia para ver si les pueden otorgar un plan social, porque no logran que la
política pública se los ofrezca con reglas claras", lo que se describió como un
ejercicio discrecional de política pública.
De esta forma, los números reflejan que, en las dos asesorías
ante el fuero Contencioso, ingresaron durante el 2007 un total de 2.122
expedientes extrajudiciales, de los cuales los principales reclamos se centraron
en tres aspectos: alimentos (634), emergencia habitacional ( 543) y subsidios no
habitacionales (618).
Se destacó que actualmente, en materia contravencional y
penal juvenil, aún no se ha puesto en funcionamiento la Asesoría de Primera
Instancia ante el fuero contravencional, por lo que debe continuar interviniendo
la Asesoría General en todos los expedientes e instancias, que durante el
desarrollo del 2007 fueron de unos 400.
Como conclusión final del informe se puso en evidencia que
la política en salud mental sigue estructurada en la "manicomialización" y que
las mayorías de las internaciones se ejecutan y mantienen por cuestiones
sociales.
Este informe expone la realidad de los inconvenientes
existentes en relación con la protección integral de los derechos y amparo de
los niños, niñas y adolescentes, tanto a nivel de la Justicia del Gobierno de la
Ciudad como de los tribunales civiles ordinarios de primera instancia civil
(familia), toda vez que se colabora en forma recíproca en los casos de
protección de personas, violencia familiar, autorizaciones judiciales,
internación de menores, inhabilitaciones y problemas de salud mental (demencia,
art. 482 del Código Civil).
En efecto, quienes a diario trabajamos con temáticas de esta
naturaleza contamos con elementos esenciales de comunicación con las asesorías y
defensorías zonales del Gobierno de la Ciudad, pero ante la burocracia y demoras
en las contestaciones e indiferencia judicial, todo queda reducido a un simple
“agréguese, téngase presente y hágase saber”. Es una pena, toda vez que lo que
está en juego no es un simple expediente basado en reclamos comerciales de cobro
de un cheque, pagaré o de incumplimientos contractuales, sino la vida de
personas —niños, adolescentes, adultos en estado de riesgo— que necesitan
protección , amparo e inmediatez para ser ubicados en lugares dignos y no en
"depósitos humanos".
Graciela Catalán Álvarez
Fuente: Asesoría Tutelar Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires
*La ley 1.903, modificada por la 2386 es una ley del Poder Judicial de la Ciudad
Autónoma del Gobierno de la Ciudad que ha establecido y cumplido con la
disposición constitucional de autonomía funcional y de autarquía que los
legisladores previeron para el Ministerio Público, lo cual no puede ser
desconocido o controvertido por ningún ente u organismo en el ámbito local.