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MATAR AL MENSAJERO

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PERIODISTA MARCELO HAWRYLCIW AMENAZADO POR INVESTIGAR
PERIODISTA MARCELO HAWRYLCIW AMENAZADO POR INVESTIGAR

Marcelo Ricardo Hawrylciw

    Marcelo Ricardo Hawrylciw, titular del DNI 22.433.439, con domicilio legal en la calle Tapalqué 1428, de la localidad de Avellaneda, C.P. 1870, soltero, de 38 años, de profesión periodista, me presento ante V.E. y respetuosamente digo que:
    1-Vengo a denunciar formalmente ser víctima de los delitos de amenazas Art.149 Bis y Art.149 ter. del Código Penal.
    2-Que las mismas se han hecho efectivas el día miércoles 23 entre las 17:35 y 17:40, mediante llamado a mi celular personal Nº 155-7515784 cliente de la firma Personal, en el mismo una mujer que dijo ser empleada del Banco Ciudad, comenzó a realizarme preguntas sobre mi teléfono y la dirección de mi domicilio particular, advirtiéndome que sabía donde vivía y que me fijara lo que escribo. Que esta persona, me remarco que yo era del barrio de Gerli, que vivo con mis padres y hermanos, insistía en verme en algún lugar de noche y ante mi insistencia de que por lo menos me diera su nombre, me dijo hace de cuenta que me llamo Mónica. Que si bien mis teléfonos se encuentran publicados en el medio que desarrollo mi profesión, no así mi domicilio, que si bien esto es de fácil acceso por medios digitales, mi preocupación aumenta al participar el mismo día de una reunión de empleados del Banco Ciudad, en la que varios me advirtieron que me cuidara del jefe de seguridad Eduardo Gutiérrez y su secretaria la señora Adriana Mónica Yungblut. Que si bien la investigación periodística que me encuentro llevando adelante ya tiene varios meses, la coincidencia de distintas personas sobre que me cuide de los mencionados, hace necesario solicitar a la justicia investigue el origen del llamado intimidante que recibiera respecto a las publicaciones. También solicitar la verificación de las líneas 4203-2961 y el 155-751-5784, ya que por comentarios recibidos respecto a conversaciones que he mantenido de forma privada, es de presumir que se estarían realizando intervenciones telefónicas irregulares con la cual se estaría ante un nuevo delito.
    3-Fundo la presente denuncia en los Artículos 149 Bis y 149 Ter del C.P., en los Artículos 14; 19; 43; 75 inc.22 de la Constitución Nacional, Art. 7 inc.1 ;Art. 13 inc.1º ; Art.25 inc.1º; Pacto de San José de Costa Rica.
    4-Reserva de derecho de ampliar.
    5-Téngase por presentada la presente denuncia y por constituido el domicilio legal, previa notificación al Ministerio Público se instruya sumario y se inicie la instancia. Oportunamente se me cite a ratificar y ampliar la presente denuncia.
    Proveer de conformidad que será Justicia

 

 

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