Nuestra Carta Magna no contiene ninguna limitación que le impida al Parlamento decidir su convocatoria.
La formula que utiliza el artículo 63 de
Claramente la expresión “pueden también…” nos habla de una facultad de más de un poder o agencia del gobierno. Pero en ningún caso se puede interpretar como una facultad exclusiva y excluyente del Presidente de
No olvidemos que el Poder Legislativo en tanto integrante de la tríada del poder constitucional no esta subordinado a ningún otro poder en orden a decidir su funcionamiento.
A mayor abundamiento, podemos hechar mano a las facultades implícitas del art. 75 inciso 32 de
Es que
Entonces, someter el funcionamiento de un poder, a la voluntad exclusiva y excluyente de otro de ellos, sería devaluarlo, en clara infracción a la declaración del art. 1º de la propia Constitución cuando predica que
En síntesis, el sistema de nuestra Constitución Nacional exige que si el Congreso esta en receso y el propio Poder Legislativo pretende tomar decisiones debe:
1º autoconvocarse a extraordinarias, con la reunión de ambas Cámaras, obteniendo quórum en cada una de ellas,
2º decidir por mayoría simple la convocatoria a extraordinarias, el temario y el plazo que durará este período extraordinario.
3º observados los requisitos enunciados en 1º y 2º, sesionar tomando decisiones que estarán al amparo de cualquier planteo de nulidad
Concluyo estas líneas con la opinión del maestro Carlos Sanchez Viamonte (Manual de Derecho Constitucional, Editorial Kapeluz, 4º edición año 1959, pags. 265/266): “
Y refiriéndose a la facultad del PE de convocar a extraordinarias (o prorrogar las ordinarias) sentencia:”Esta atribución reconocida inequívocamente al Poder Ejecutivo, no excluye la que corresponde al Congreso para prorrogar sus sesiones ordinarias o convocarse a sí mismo para realizar sesiones extraordinarias…”.
Y finaliza: “…No es concebible la existencia de una Poder político de tan alta jerarquía como es el Congreso si carece de medios propios para entrar en funcionamiento…”
Carlos Llera
Especial para Tribuna de periodistas