Este planteo no es en contra de nadie, todo lo contrario, pienso que nos favorece a todos. Soy idealista y creo que un mundo mejor es posible… pero empecemos por mejorar nuestra casa grande, nuestro país: Argentina. No soy letrada, solo una ciudadana con interés en aprender e investigar el por qué de las cosas que nos pasan, por lo tanto, tal vez, en alguna parte, no sea válida mi lógica interpretación, desde ya, si eso ocurre, les pido que me disculpen.
Como introducción al análisis desarrollado, digo que si el “Estado es la Nación política y jurídicamente organizada”, resulta de trascendental importancia la impecabilidad de la Constitución Nacional ya que todas las leyes deben adecuarse a ella.
Releyendo el preámbulo junto a otra ciudadana —“Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino; invocando a la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina”— me indicó que había un error y tiene razón. Así como está escrito, el término “nosotros” hace referencia a los representantes del pueblo (véase el primer renglón), lo que da a entender que es para beneficio de ellos mismos y su posteridad, y no para el pueblo en sí, que es lo que se supone debiera decir. Luego dice: “Y para todos los hombres del mundo…”, por lo cual, resulta redundante y demagógico las distinciones anteriores. De todas formas la gravedad de este error pasa desapercibida ante las que expondré a continuación.
El artículo 14, dice: “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos: de trabajar…” Entiendo que, trabajar es, además de un derecho, un deber, y nuestra CN no hace alusión alguna a esto, cuando otras, como la Constitución de la Prov. De Bs. As., la de Bolivia, la de España, si lo hacen. La de Uruguay, por ejemplo, es más específica: “Todo habitante de la República, sin perjuicio de su libertad, tiene el deber de aplicar sus energías intelectuales o corporales en forma que redunde en beneficio de la colectividad, la que procurará ofrecer, con preferencia a los ciudadanos, la posibilidad de ganar su sustento mediante el desarrollo de una actividad económica.” (Para poder comparar algunas posiciones al respecto.) Este “detalle” ausente en la CN crea la necesidad de un Estado asistencialista que en definitiva no está cumpliendo con esta garantía constitucional, ya que dar subsidios no es lo mismo que dar trabajo. Concluyo que, si nuestros hermanos paraguayos, bolivianos, uruguayos, chilenos, etc. vienen a trabajar a este país, temo que lo que falta no es trabajo, sino voluntad e iniciativa... o sobra comodidad.
El art. 14 bis, por su parte, señala: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga…”.
Temo que no han tenido en cuenta al trabajador independiente (que es una de las formas de trabajo): fotógrafo, jardinero, albañil, almacenero, vendedor ambulante, florista, modista, kiosquero, médico, referí, … en general todos los pequeños comerciantes y profesionales, que, a veces, son los mismos trabajadores que inicialmente fueron dependientes y que por alguna razón tuvieron que optar por ser independientes. ¿Cuántas personas se quedaron sin trabajo formal y pusieron un kiosquito? ¿Esos no son trabajadores? ¿Quién paga su descanso y vacaciones? ¿Sus días de enfermedad? ¿Salario mínimo vital y móvil?
Es evidente que se enfocaron solo en un sector de los trabajadores y no en todos.
Con respecto a la “estabilidad del empleado público”, si estamos hablando de igualdad para todos esta diferenciación no debiera existir, y creo yo, es una de las razones por la cual, el Estado es cada vez más grande y cada vez se necesita recaudar más para solventarlo.
-Finalmente, digo que, si todos los habitantes (de la Nación) somos iguales ante la ley (art. 16) es incongruente que cada provincia posea una normativa propia. Si las leyes son distintas, consecuentemente, los alcances son distintos, lo que contradice, a mi entender, la igualdad a nivel nacional garantizada por la CN.
Específicamente, haré una cita ejemplificadora de lo que ocurre en el fuero laboral: En la justicia nacional (jurisdicción de la CABA) existe la posibilidad de segunda instancia, mientras que en la Provincia de Buenos Aires no existe esta opción. También es distinta la tasa que se aplica a los montos condenatorios: En la Provincia de Bs. As. se aplica la tasa pasiva, en CABA se aplica la activa.
Pienso que lo correcto sería que se unificaran con la mejor versión posible, ¿no? Un poco de perfeccionismo sería bueno. El federalismo legislativo en Argentina se caracteriza por una desigual distribución de los derechos y obligaciones de los habitantes de la Nación, por ello, es necesario, a mi entender, re discutir el sistema procurando que prevalezcan los criterios de eficiencia y equidad y ningún otro. Es irrisorio que por vivir de un lado u otro de la Av. Gral. Paz se nos trate diferente.
Creo también que la elección de Vicepresidente, en el caso de muerte o renuncia debiera hacerse por voto popular ya que estando ausente el Presidente es quien ocupa su lugar y esto no está estipulado en nuestra carta magna, y no es lo que se hizo al asumir el actual vice, contrariando lo que implica un sistema democrático de elección popular como es el nuestro.
En cuanto al tratamiento de los presos, creo que debieran trabajar a destajo 12 horas diarias de lunes a domingo. Estoy en desacuerdo con la violencia física pero deben trabajar para solventar los gastos que ocasionan y además indemnizar a la sociedad por haber violado las buenas costumbres y avasallado los derechos de los damnificados. Quizá suene un poco duro pero me ha tocado sufrir robos y para recuperar lo “perdido” me he esforzado trabajando de esa manera. Si yo pude hacerlo, ellos también pueden…y debieran.
Asimismo, hay cuestiones estipuladas en la Constitución, que en la práctica no se aplican, como por ejemplo, se dice que las contribuciones al Tesoro Nacional se impondrán en forma equitativa y proporcional a la población, que no se admiten fueros personales, que se implementaran juicios por jurados, que deberán modificarse las leyes de acuerdo a la reforma constitucional (por ejemplo, el art. 56 del CPCC de la Nación es inconstitucional ya que obliga al patrocinio letrado cuando, entiendo, debería ser como el artículo del CPP que indica el derecho a defenderse con abogado o por sí mismo), etc.
Por último, pienso que se debería replantear el número de diputados. Gracias al avance de la tecnología, las comunicaciones y los medios de transporte, se podría recortar la cantidad a tan solo la que quepa en la Primer Cámara. Actualmente tenemos muchos pero actúan en bloque partidario, como ocurrió con la última propuesta elevada por el Poder Ejecutivo. No le veo sentido tener que pagar tantos sueldos y futuras jubilaciones de “privilegio”…porque estos “fueros personales” siguen vigentes, ¿no?
Vale aclarar que hay muchas otras cosas que modificar, pero, para hacerla corta, es que he puesto solo algunos ejemplos.
Obviamente, esto debería implementarse con jueces que acompañen la iniciativa y se encarguen de buscar la verdad y resolver en consecuencia y no como sucede a menudo que sentencian por sus propias opiniones y/o suposiciones. He visto que la ley de modificación de la justicia propuesta por el PE indica la posibilidad de que la población tenga acceso a la información de las causas, esa es una buena medida porque falta control en los juzgados y además hay muchos abogados que mienten a sus clientes el estado procesal de los exptes. A mí me ha pasado.
Propongo que si se reforma la CN, además de tener en cuenta lo que dicen las demás constituciones provinciales y mundiales, se solicite la colaboración de las universidades para que los expertos en abogacía, administración, análisis de sistemas, etc. junto al alumnado analicen minuciosamente la cuestión y hagan propuestas, y que, la versión final se suba a internet un par de días para que tengamos la posibilidad de hacer alguna salvedad que podrá ser aceptada o no. Eso sí, que se haga en un plazo prudencial, para que no pase como con el Código Civil y Comercial que todavía está en veremos.
Errar es humano, y todavía nos deben quedar errores por cometer, el desafío está en intentar hacer lo mejor posible con responsabilidad, ética, solidaridad y compromiso para el desarrollo de las relaciones y para el orden y el progreso de la comunidad toda.
Cristina Mazzitelli
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