Señor Juez:
Carlos Alberto Bralo, con domicilio real en la calle 254 Nº 455 de
la Localidad de Ránelagh, Partido de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, y
constituyéndolo a los efectos legales, en la calle Tacuarí Nº 237, 5º Piso,
Departamento 56 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conjuntamente con el
letrado que me patrocina, Doctora Gladys Carolina Bidinost, abogada inscripta al
Tº 977, Fº 86 del C.A.C.F., ante V.S. me presento y como mejor proceda en
derecho, respetuosamente digo:
I.- Exordio: Que vengo por este acto a presentar
formal denuncia contra el Señor Presidente de la Nación, Doctor Néstor
Kirchner y/o contra funcionarios y/u otras personas que pudieren haber
intervenido en la presunta comisión de los delitos de “Malversación de
Caudales Públicos, Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de los
Funcionarios Públicos” (ver documento al pie del artículo), atento a las
consideraciones de hechos y de derecho que a continuación paso a exponer:
II.- Hechos: El hecho de financiar campañas
electorales con recursos del Estado, configura la comisión de los ilícitos
mencionados en el apartado anterior. Sin embargo, es
de dominio público que el presidente Néstor Kirchner
y su esposa, utilizan para su campaña electoral, los aviones presidenciales,
los helicópteros, el alquiler de vehículos terrestres, el combustible,
personal de Ceremonial y Protocolo, locutores, custodios para la seguridad, fotógrafos,
etc., todo ello pago por el Estado y a disposición de la campaña electoral. Es
decir que el Presidente y su esposa la senadora por Santa Cruz ponen los bienes
públicos a su servicio personal. Esto es, claramente, un caso de corrupción
que toca distintos artículos del Código Penal, como Malversación de Caudales
Públicos hasta Incumplimiento de los Deberes del Funcionario Público, en forma
reiterada, porque lo vienen haciendo desde hace tiempo. Desde que comenzó la
publicidad oficial que tenía como objetivo definido ensalzar la figura del
Presidente y de su Gobierno, hasta ahora, cuando estima Kirchner que su destino
está directamente involucrado con las elecciones del 23 octubre, ocurren estos
vicios. Pero no es sólo publicidad, hasta la gente misma de los organismos
oficiales tiene que colaborar para cubrir los actos de campaña, tal como surge
de las innumerables notas de prensa, algunas de las cuales se adjuntan como
prueba. El mismo Presidente de la Nación a dicho en varias ocasiones, que
siempre está "en campaña", lo que implica admitir que estos actos no
son de Gobierno sino sólo proselitistas. Aquí no se trata de actos oficiales
que hagan a la tarea de gobierno o a la publicidad que manda el principio
republicano, mucho menos los de la senadora Kirchner. Es decir que el matrimonio
presidencial, destina bienes públicos para fines personales.
En primer término debemos analizar si la operación realizada por
los funcionarios denunciados y sus cómplices, están dentro de los cánones
legales, esto es si actuaron con legitimidad.
III.- Derecho: Fundo
el derecho de mi parte, en lo dispuesto por los artículos 248, 260 y 262 del Código
Penal.
IV.- Pruebas:
Ofrezco las siguientes medidas de prueba:
1.- Documental: Se agregan seis copias de notas
aparecidas en distintos medios de prensa.
3.- Testimonial: Se cite a prestar declaración
testimonial, a las siguientes personas:
a)
Hilda Beatriz González, titular del Documento Nacional de Identidad Nº
5.301.595, domiciliada en la calle Ramón Falcón Nº 858 de la Localidad y
Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires.
b)
Ricardo López Murphy,
titular del Documento Nacional de Identidad Nº 8.575.622, domiciliado en la
calle Cordero Nº 260 de la Localidad de Adrogué, Partido de Almirante Brown,
Provincia de Buenos Aires.
V.- Petitorio: Por todo lo expuesto, a VS solicito:
1.-
Se me tenga por presentado como denunciante, y por constituido el domicilio
legal indicado.
2.- Previa ratificación de la presente se le corra vista al
Señor Fiscal a efectos de lo dispuesto en el art. 180 del C.P.P.N.
3.- Se produzca la prueba ofrecida y toda otra que VS crea
necesaria.
4.- Se sustancie la respectiva causa por la eventual comisión de
los delitos citados al señor Presidente de la Nación Doctor Néstor Kirchner y
a todos los que resultaren involucrados en cualquiera de los ilícitos
mencionados.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.
Carlos Alberto Bralo