Como se venía anunciando y adelantando por medios y fuentes oficiales respecto del aumento a los jubilados, pensionados, beneficiarios de la AUH, Asignaciones Familiares, prestaciones no contributivas y pensiones adulto mayor (PUAM), y el porcentaje que se aplicaría, finalmente este viernes 14 de febrero en conferencia de prensa el ministro de Trabajo y Seguridad Social –Claudio Moroni- y el titular del ANSES –Claudio Vanoli- procederán a anunciar el aumento que regirá en marzo, abril y mayo que comprende a 18 millones de personas.
Cabe recalcar que el aumento que regirá por decreto de necesidad y urgencia (DNU) en reemplazo del porcentaje de movilidad jubilatoria que se suspendió por el plazo de 180 días por Alberto Fernández (que determinaba un porcentaje de 11,56% para todos los beneficiarios), en esta oportunidad será de entre el 9 y 10%, porcentajes que se distribuirán de manera diferente según los rangos de haberes y del 4% para los que más cobran .
Lo concreto es que durante el primer trimestre (marzo, abril y mayo) se aplicarían esos porcentajes arriba mencionados.
Es decir los jubilados y pensionados percibirán un porcentaje y una suma fija, por lo tanto los que menos cobran son los que cobrarán más proporcionalmente que los que menos ganan.
De esta forma el haber mínimo de $14.068 pasaría a ser de $ 15.750, por lo tanto las jubilaciones y pensiones recibirán un incremento porcentualmente más bajo y acentuarían la pérdida del 19,5% porcentaje que se estipulaba con la movilidad suspendida entre setiembre de 2017 y diciembre de 2019
Lo concreto es que la pirámide previsional establece que hay 3 millones de jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, 1,5 millones de pensiones no contributivas y PUAM que perciben el 70 u 80% del haber mínimo y que por encima de este haber mínimo hay 2,8 millones de jubilados y pensionados.
Toda esta situación sobre el aumento a los jubilados y los que menos ganan fue expresado durante la última semana del mes de enero próximo pasado por el Jefe del Gabinete - Santiago Cafiero- quien dijo que : “no puede ser que haya jubilados de $300.000 y otros de $14.000". ¿Hay quienes llegan a ese primer nivel de haberes? En el régimen general existen pocos casos y son los de quienes ganaron juicios en los que se cuestionaron ciertos topes. Según los últimos datos de la Secretaría de Seguridad Social, en marzo de 2019 había 838 prestaciones de $300.000 o más, en tanto que si se ajustan las cifras considerando las subas posteriores, puede estimarse que ahora hay unos 2200 casos, de un total de 5,7 millones de jubilados y pensionados”.
Por su parte y conforme fuentes de la Casa de Gobierno, el porcentaje exacto será definido luego de conocerse la inflación de enero, que va ser informado durante el transcurso del Jueves 13 de febrero por el INDEC y que según las consultoras privadas se estimaría en un 3,5%.
Esencialmente las jubilaciones de las categorías más bajas recibirían un aumento de entre uno y dos puntos por encima del porcentaje de inflación estimada trimestral, que rondaría entre el 9 y 12%.
Ahora, se debe mencionar que la mayor preocupación para el gobierno serían los reclamos judiciales que pudieran presentar los jubilados y pensionados que reciban mucho menos que el 11,56% de la formula suspendida y por lo tanto el fundamento se basa en que el 11,56% es un derecho adquirido porque corresponde al período julio–septiembre de 2019
Entonces la fórmula suspendida se aplicaba con 6 meses de retraso y las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.
Es importante informar que el derecho adquirido es el acto realizado que introduce un bien, una facultad o un provecho al patrimonio de una persona y ese hecho no puede afectarse, ni por voluntad de quienes intervinieron en el acto, ni por disposición legal en contrario.
Respecto de la forma retroactiva, es la aplicación de nuevas normas a actos jurídicos, hechos pasados o previos a la ley. Debido al principio de seguridad jurídica que protege la certidumbre sobre los derechos y obligaciones, por regla general la ley no es retroactiva y solo regula hechos posteriores a su sanción.