Señor
Director de la Oficina Anticorrupción
Dr.
ABEL FLEITAS ORTIZ de ROZAS (C.C. al Sr. Ministro de Justicia)
José
María Sacheri, abogado, con domicilio en Lavalle 1438, piso 4, of. “O” y
“N”, Capital Federal, al señor Fiscal de Control Administrativo,
respetuosamente digo:
Que solicito se instrumenten las medidas necesarias a fin
de que el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, Dr. Eduardo Luis
Duhalde, sea apartado de todo conocimiento, intervención o participación, de
los asuntos en los que se investigare, tratare, debatiere, tramitare o
resolviere alguna circunstancia vinculada con los ataques terroristas a la
sociedad civil, como así también la confrontación entre estos grupos de
izquierda revolucionaria y fuerzas de seguridad, militares y funcionarios del
Estado, en general, que soportaron el terror en la década del ’70.
Fundo la petición indicada en la parcialidad y alto grado
de compromiso del funcionario citado, con una de las partes en conflicto,
circunstancia de la que puede inferirse -desde el punto de vista de cualquier
observador razonable- que el ejercicio de la potestad del Estado está
inducido por la falta de ecuanimidad, animosidad, el resentimiento y el deseo
de venganza, antes que por el equilibrio que debe guiar los actos de cualquier
servidor público, no importa si es juez o funcionario de la Administración.
La
imparcialidad es la exigencia central de toda función pública; es la aptitud
sin la cual resulta imposible la prosecución del bien común y la
administración de la justicia distributiva. Sin la imparcialidad, el poder público
se transforma en una fuente de actos parciales que sólo favorecen a sectores
amigos o bien en una herramienta para dar satisfacción a deseos de venganza y
exterminio del enemigo, como también de enriquecimiento personal. El penúltimo
supuesto es, precisamente, el que afecta al funcionario cuya excusación se
demanda o, en su caso, se reclama se le ordene se abstenga de intervenir en
las materias citadas.
Por tal motivo, el Código de Conducta para Funcionarios
del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 41/99), prescribe en su artículo 41, al
regular el conflicto de intereses:
ARTICULO
41.-CONFLICTO DE INTERESES.
A fin de preservar la independencia de criterio y el principio de equidad, el
funcionario público no puede mantener relaciones ni aceptar situaciones en
cuyo contexto sus intereses personales,
laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el
cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.
(El destacado me pertenece).
Los
intereses que pueden estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes del
código no tienen que tener, necesariamente, naturaleza económica; de lo
contrario, resultaría sobreabundante la distinción que hace el artículo
citado entre intereses personales, laborales, económicos y financieros.
Resulta suficiente, a fin de incurrir en la prohibición, con la existencia de
un interés que pueda poner en riesgo la imparcialidad del funcionario
o aun la imagen de imparcialidad del funcionario; ya que la imagen que debe
ofrecer un servidor público a la comunidad no pertenece al fuero íntimo del
individuo, sino que integra el acervo republicano. Esto es una regla de oro,
no sólo para la Argentina, sino para todos los códigos de ética
gubernamental o empresarial, en cualquier parte del mundo.
En el caso de nuestra legislación, el código sitúa
claramente el artículo sobre conflicto de intereses de manera subordinada al
deber de imparcialidad.
Del
deber de imparcialidad se sigue también, como una obligación específicamente
regulada por el mismo código, la igualdad de trato:
“ARTICULO
25.-IGUALDAD DE TRATO.
El funcionario público no debe realizar actos discriminatorios
en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración.
Debe otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de
situaciones. Se entiende que existe igualdad de situaciones cuando no
median diferencias que, de acuerdo con las normas vigentes, deben considerarse
para establecer una prelación. Este principio se aplica también a las
relaciones que el funcionario mantenga con sus subordinados.” (el
destacado es mío)
Por
otro lado, y ya no sólo en orden a la imparcialidad, sino también a fin de
evitar una utilización indebida de una potestad pública, el Código de
Conducta también dispone:
“ARTICULO
26.-EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO…
Asimismo,
con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, no
debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra
funcionarios u otras personas, que no emane del estricto ejercicio del
cargo.”
(El destacado me pertenece)
…
Igual
que en el resto del articulado, importa en este supuesto no sólo la intención
real del funcionario sino la imagen que pueda ofrecer a la comunidad, en vista
de circunstancias objetivas que puedan inducir a cualquier observador
razonable a la convicción de la existencia de un abuso del ejercicio de la
autoridad.
En
el contexto que da sustento a esta petición, el Dr. Eduardo Luis Duhalde
estuvo estrechamente comprometido con las fuerzas terroristas, no ya sólo en
calidad de abogado, sino con dichos y acciones que trascienden lo que puede
constituir una mera defensa jurídica, como se explicará seguidamente.
1.
Instigación
y apología de actos terroristas
El Dr. Eduardo Luis Duhalde dirigió la revista “Militancia
Peronista para la Liberación”, entre 1973 y 1974, en plena democracia;
una publicación de tendencia revolucionaria, según reiteradas definiciones
de la propia revista. Desde ese órgano, el actual secretario de Derechos
Humanos aplaudía y estimulaba los actos llevados a cabo por organizaciones
que imponían el terror para alcanzar el poder, como el Ejército
Revolucionario del Pueblo, las Fuerzas Armadas Peronistas, las Fuerzas Armadas
Revolucionarias, Montoneros, etc. Como ilustración, pueden observarse algunos
de los tantos ejemplos disponibles:
a)
“Caño
traicionero”
En una edición
en la que la revista Militancia se hace eco de las condolencias de la agrupación
Montoneros por dos terroristas de la columna José Sabino Navarro, a quienes
aparentemente les estalló una bomba en sus propias manos, la publicación
dice:
“Quien
sabe ya qué destinatario tendría ese caño traicionero que estalló en
Barrio Las Flores, aquel caluroso 16 de diciembre… seguramente, algún
milico, que en alguna de esas anda por ahí hablando de la ‘reconstrucción’
o algún burócrata traidor, hoy ocupado en la ‘depuración ideológica’…”
[1]
b)
“Ajusticiamiento”
En otra
edición, se califica el asesinato del general Juan Carlos Sánchez, de
“ajusticiamiento”, y se vierten calificativos negativos para la víctima,
sin importarle nada la muerte de la florista Cucco de Ayala a la que
asesinaron junto con la víctima que constituía su objetivo principal.[2]
c)
Festejo
de un secuestro y burla a la víctima
Bajo el título
“El Año Nuevo de Mr. Samuelson”,
Militancia festeja el secuestro del ejecutivo de una petrolera multinacional,
por parte del Ejército Revolucionario del Pueblo, y se burla de la víctima.
Tras denostar al señor Víctor Eduardo Samuelson, secuestrado por el ERP “y
sometido a juicio”, según la revista del hoy Secretario de Derechos
Humanos, el artículo aludido exclama irónicamente:
“Servidor
eficiente de una de las más grandes empresas multinacionales, el mentado Mr.
Samuelson no pudo festejar, como acostumbran los ejecutivos extranjeros, este
‘Happy New Year’…” [3]
Y a continuación, haciéndose eco y vehículo de las
condiciones de los secuestradores, la revista informa que:
“…la
exigencia para su libertad es que la empresa devuelva aunque sea una mínima
parte de las fabulosas ganancias que obtiene explotando a los obreros
argentinos…”
d)
Incitación
a eliminar a una clase
Si alguien
supusiera que Militancia era un mero vehículo de las organizaciones
guerrilleras, lo cual ya sería bastante, puede ver algunas editoriales que
reflejan claramente la opinión personal de la dirección. Por ejemplo, la del
31 de enero de 1974, en la que se habla de la necesidad de “eliminar
de estas tierras a la raza de oligarcas explotadores”.[4]
¿Qué
tipo de eliminación propondría el Dr. Eduardo Luis Duahlde?
En
vista de las notas que publicaba en el interior de su órgano y de los
comunicados de ERP, FAR y Montoneros, no puede haber muchas dudas. Por si
acaso, puede verse una editorial del 20 de diciembre de 1973, en la que la
dirección de la revista sentencia que “sólo
la guerra del pueblo salvará al pueblo”. [5]
e)
“Justicia
popular”
En otro número,
bajo el título: “Los caminos de la justicia popular”, Militancia elogia
un atentado terrorista cometido en 1921 y, a continuación, agrega:
“Pasaron
cincuenta años. En el seno del pueblo no sólo se redujo progresivamente la
paciencia frente a los traidores, sino que al mismo tiempo se acrecentó la
experiencia en el ejercicio de las formas definitivas de la justicia
popular”.[6](las
negritas me pertenecen).
f)
Guerra
para la toma del poder
Las páginas
de Militancia estaban cargadas de comunicados de organizaciones terroristas,
como una de las Fuerzas Armada Peronistas (FAP), en la que se llama a la “guerra
popular hacia la toma del poder”, en enero de 1974, es decir, bajo un
gobierno democrático.[7]
g)
“Amasijo
a los traidores”
En las páginas
de la revista del Secretario de Derechos Humanos, también pueden verse títulos
tan humanos y civilizados como “Apoyo
a los leales. Amasijo a los traidores”.[8]
h)
Elogio
de “Septiembre Negro”
No faltaron palabras de elogio para otras expresiones de
terrorismo extranjero, como cuando se destacó, siempre en la revista
Militancia, la ejemplaridad de las acciones de la organización terrorista islámica
“Septiembre Negro”, una de las más sanguinarias de la época.[9]
Nunca podría esperarse, con la gestión del actual
secretario de Derechos Humanos, la declaración del terrorismo como crimen
de lesa humanidad.
2.
Anticipo
de asesinatos
En otras
ocasiones, Militancia no festejaba ciertos asesinatos, como acostumbraba a
hacerlo, sino que se anticipaba a ellos. No era poco frecuente que
ciertas personas de notoriedad pública criticadas duramente por Militancia o
situadas en una sección de la revista denominada “Cárcel
del Pueblo” (igual que los terroristas llamaban a sus lugares de
secuestro, tortura y asesinato), después fueran asesinadas. Así ocurrió con
el ex ministro del Interior Arturo Mor Roig, con el padre Mujica y con el
dirigente gremial José Ignacio Rucci.
En su editorial del 3 de enero de 1974, el señor Duhalde
señala que:
“…los nombres de Mor Roig y Cáceres
deben ser mencionados siempre juntos, porque junta es la objetiva
responsabilidad de los mismos en los crímenes de los militantes
populares…”
[10].
Y cosas similares se dicen en el interior de la misma edición, con la foto
del ministro asesinado tiempo después.
La ofensiva no se detuvo ni siquiera frente al padre Carlos
Mujica, de reconocida inserción en las villas de emergencia y reconocimiento
popular, ya que Militancia colocó a este sacerdote en su sección “Cárcel
del Pueblo”[11]
y lo criticó duramente en diversas oportunidades, por no ser tan
revolucionario como al señor Duhalde le hubiera gustado.
A José Ignacio Rucci, Militancia le dedica todo tipo de
notas difamatorias y hasta una tapa.[12]
También resultó asesinado por Montoneros, a los tres días de triunfar -en
pleno gobierno democrático- el General Perón, con una mayoría abrumadora de
votos.
3.
Participación
dentro de organizaciones formadas por el ERP
En su libro de
Memorias, el jefe terrorista
Enrique Gorriarán Merlo cita a Eduardo Luis Duhalde como miembro activo de
una organización formada por la estructura del ERP-PRT, que era el Instituto
de Relaciones Internacionales[13].
El mismo autor nombra a Duhalde entre los “compañeros” que estuvieron, en
1986, en Managua, a fin de dar forma a lo que sería después el Movimiento
Todos por la Patria, organización terrorista que, como se sabe, bajo la
conducción del propio Gorriarán Merlo, organizó el ataque a La Tablada en
1989, en plena vigencia de un gobierno democrático.[14]
Además, debe tomarse en cuenta que en el mismo libro,
Enrique Gorriarán Merlo asegura que “todos
los miembros del PRT eran combatientes del ERP y podían participar e incluso
dirigir actividades militares, si se lo decidía en determinadas
circunstancias. Pero eso era válido para toda la militancia del PRT”.[15]
4.
Derrota
y nueva oportunidad (para la venganza)
En el libro
“Todo o Nada”, de la periodista María Seoane, en la que la autora relata
fundamentalmente la historia de Mario Roberto Santucho, jefe del ERP, no
faltan referencias al Dr. Eduardo Luis Duhalde. La periodista entrevista al
actual secretario de Derechos Humanos, quien relata el momento en el que los
guerrilleros del ERP requirieron sus servicios como abogado, porque iban a
comenzar una guerra.[16]
Más adelante, cuando Duhalde se refiere a la muerte de Santucho,
confiesa:
“Pensé
que la derrota se había consumado” [17]
Es decir, que el actual secretario de Derechos Humanos no vivió
meramente el pesar por la muerte de un cliente, sino que sintió como una
derrota la desaparición del jefe del Ejército Revolucionario del Pueblo.
Hace
unos días, al referirse a las causas judiciales que impulsa su Secretaría, y
especialmente en relación a la investigación que busca impulsar con los
hechos de Trelew, en los cuales Duhalde era abogado de varios de los
detenidos, ha declarado que ellas constituyen “una
segunda oportunidad”. Es evidente que el Secretario de Derechos
Humanos sólo ve en esas causas una oportunidad[18]
para revertir la derrota militar.
5.
Actualidad
de un grosera inequidad
La familia de Benito Jorge Urteaga hizo un reclamo
fundado en la ley 24.411, ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación,
(Expte. 379.361/95) y el 2 de junio del 2000 se firmó la resolución por la
que le fue concedida una indemnización de doscientos veinte mil dólares (U$S
220.000).
Sin embargo, al cumplirse los 30 años de esas dos muertes,
el Secretario de Derechos Humanos, Dr. Eduardo Luis Duhalde, le denegó a la
familia del Capitán Leonetti, la misma indemnización (expte. 126.673/00,
Resolución N° 406 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del
16-3-06).
Benito Jorge Urteaga era el segundo jefe del grupo
terrorista más sanguinario de la década del 70 y su familia recibió una
indemnización, pese a que murió matando al Cap. Leonetti.
La familia del Cap. Leonetti no puede recibir esa misma
indemnización porque el Estado Nacional se la deniega, pese a que murió
cumpliendo con su deber y que fue el propio Estado quien lo llevó a la
muerte, causada por los terroristas, que sí reciben la indemnización que se
le niega a la familia Leonetti.
Como puede verse de los ejemplos citados y muchos otros que
podrían traerse a esta presentación, el actual Secretario de Derechos
Humanos, Dr. Eduardo Luis Duhalde, no puede tener el equilibrio de juicio y la
imparcialidad suficiente para manejar una materia en la que su posición
estaba tan claramente definida en favor de una de las partes de un conflicto
armado, sangriento y lleno de odio; odio que la revista que dirigía el actual
funcionario se encargaba de alimentar y aplaudir, con el fervor de la
militancia que dio nombre a su publicación.
Por tanto, se requiere su urgente apartamiento de todas las
causas que se vinculen con violaciones a los derechos humanos por parte de
agentes del Estado, en la década del ’70.
Cuando se trata de la representación del Estado, el
equilibrio no puede ser exigible únicamente para el juez, sino que, como lo
indica el Código de Ética, el funcionario del Poder Ejecutivo está también
obligado a la imparcialidad, porque no se le ha conferido la administración
de una potestad pública para venganzas o decisiones personales, sino a fin de
evaluar las circunstancias de su actuación con la objetividad a la que lo
obliga la administración de la cosa común, es decir, de la res
pública.
La Oficina Anticorrupción es competente, en este caso, por
ser el órgano de interpretación y aplicación del Código de Conducta para
Funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional.
Saludo al señor Fiscal de Control Administrativo
atentamente
JOSÉ
MARÍA SACHERI
Abogado-Tº
XXXVII Fº XIV
[1]
Militancia, N°
27, pág.16 Ver copia
[2]
Ver copia
[3]
Militancia…,
N° 30, pág.14
[4]
Militancia…,
N° 33. Ver copia.
[5]
Militancia…,
N° 28. Ver copia.
[6]
Militancia…
Ver copia, desde la cual se propone el fusilamiento del entonces
comandante en jefe del Ejército
[7]
Militancia… N°
34, pág. 48
[8]
Militancia…
Ver copia
[9]
Militancia… N°
29. Ver copia
[10]
Militancia… N°
30. Ver copia.
[11]
Militancia. Ver
copia
[12]
Militancia. Ver
copias.
[13]
GORRIARÁN
MERLO, Enrique. Memorias de Enrique
Gorriarán Merlo – De los setenta a La Tablada; Buenos Aires,
Planeta, 2003, pág.479
[14]
GORRIARÁN
MERLO, Enrique. Memorias…, pág.476
[15]
GORRIARÁN
MERLO, Enrique. Memorias…, pág.232
[16]
SEOANE, María.
Todo o nada – La historia secreta
y pública de Mario Roberto Santucho, el jefe guerrillero de los años
setenta; Buenos Aires,
Editorial Sudamericana, 2003.
[17]
SEOANE, María.
Todo o nada…., pág.297
[18] Diario Página 12, 23 de agosto de 2006