Los efectos del Covid 19 arrasan por el dibujo del mundo tal como lo conocimos. Algunos actores institucionales tratan de seguir aquella máxima de la ciencia política que dice que cuando cambia la sociedad, deben cambiar las instituciones. Otros actores resisten ferozmente los cambios y buscan que la realidad se adapte a sus dogmas. Finalmente, un tercer grupo permanece indiferente. Es el caso de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La decisión más relevante del cuerpo desde que el presidente de la nación estableció el aislamiento preventivo y obligatorio fue, de forma coherente, acompañar esa decisión mediante una feria judicial extraordinaria que, en los hechos, mantiene congelada a la administración de justicia.
El resto de las normas que produjo el cuerpo no incidieron en la marcha de la justicia. Es más, la baja del salario que los supremos decidieron para sí mismos es un gesto simbólico rescatable, pero que debe ser acompañada de medidas de otra naturaleza que se traduzcan en una justicia activa para los ciudadanos.
En efecto, si bien las acordadas que produjo el cuerpo alientan el teletrabajo y la necesidad de atender los asuntos más urgentes, ello no pasa de una declaración de buenas intenciones.
Es que la infraestructura judicial no tiene capacidad técnica para trabajar en forma remota.
Además, los reglamentos de la justicia se asientan en un modelo jerárquico que es incompatible con la descentralización que exige cumplir tareas en el hogar. Asimismo, las características de una feria extraordinaria que paralizó la justicia, también exigía un activismo creativo de la Corte que fije pautas para que los tribunales inferiores se las pudiesen cuidar la salud de los judiciales, pero también para que puedan resolver en la medida de lo posible los juicios.
Hay riesgos específicos ¿qué pasa con el paso del tiempo que extingue la posibilidad del estado de juzgar a las personas por el instituto llamado “prescripción de la acción”? ¿Qué pasa con las sentencias de los juicios laborales, civiles, comerciales y previsionales que estaban en condiciones de hacer efectivas las sentencias y por lo tanto que las víctimas perciban sus indemnizaciones? ¿Qué hacer con los juicios orales por corrupción que, según el artículo 365 del código procesal, caen si después de 10 días hábiles no se reanudan, lapso que se puede estirar a 30 en caso muy excepcionales?
¿Y las causas por corrupción que están en primera instancia pueden o no avanzar?, ¿las personas con prisión preventiva por tráfico de drogas, robos, estafas y trata de personas tienen que esperar a que termine la feria o las causas tienen que avanzar?, ¿las víctimas de los delitos hasta cuándo deben esperar? ¿Cómo se interpreta que los jueces atiendan los asuntos urgentes?
Las preguntas no tienen respuestas. De hecho, los riesgos de la pandemia en las cárceles no fue un tema que ocupó a los supremos. Cada fuero penal tuvo que fijar pautas específicas sobre esa cuestión humanitaria.
En ese contexto ¿por qué llama la atención que la Corte no definió cuándo y cómo tratar la acción declarativa de certeza que inició la vicepresidenta de la nación Cristina Fernández de Kirchner buscando una respuesta institucional frente a un tema tan complejo, como desentrañar si la Constitución admite que el senado funcione virtualmente para tratar una ley?
No es que la Corte debía resolverlo en tal o cual sentido, pero tenía que decir algo; sobre todo cuanto la situación exige creatividad, compromiso y responsabilidad para todos los ciudadanos, pero en mayor medida a los servidores públicos.
La indiferencia es el rasgo de un tribunal que no logra establecer una dinámica de trabajo autónoma a las internas en las que está hundido. Las intrigas palaciegas, la desconfianza recíproca, la falta de contacto con la realidad, probablemente la ausencia de un conocimiento efectivo sobre la forma en que funciona la justicia en el día a día -de hecho los supremos no comparten ni siquiera el ascensor con el resto del edificio de Talcahuano 550- y otras cuestiones de índole similar, mantienen frenado a uno de los poderes de la república.
Hasta ahora, la Corte no está a la altura de la historia. Max Weber decía que uno de los deberes del político -y los jueces son funcionarios políticos en el sentido más puro- tiene que ver con combinar en sus acciones la ética de la convicción, que remite a las ideas más personales, con la de la responsabilidad, que apunta a considerar las consecuencias de los comportamientos en la vida de los ciudadanos.