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Como anticipó TDP, Casación validó las declaraciones de los arrepentidos en la causa de los cuadernos de la corrupción

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A su vez, rechazó el planteo de los acusados
A su vez, rechazó el planteo de los acusados

Tal cual anticipó Tribuna de Periodistas la semana pasada, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó este lunes, por mayoría, la validez de las declaraciones de los arrepentidos en la llamada "causa cuadernos", al rechazar recursos de las defensas de procesados en la causa, entre ellos el exministro de Planificación Federal Julio De Vido.

 

En un fallo de 200 carillas al que tuvo acceso la agencia de noticias Télam, los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña desestimaron los planteos de las defensas para declarar la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido e invalidar los dichos de quienes fueron aceptados como imputados colaboradores en la investigación.

Los jueces, con la disidencia de la tercera camarista Ana María Figueroa, consideraron que será en la etapa de un futuro juicio oral donde "con la amplitud probatoria propia del debate, serán dirimidos todos los planteos que puedan surgir para el supuesto de que en algún caso concreto se verifique afectación de garantías constitucionales".

"Es menester reiterar que la alegada defectuosa registración de las declaraciones recibidas en el marco del acuerdo de colaboración -art. 6 de la Ley 27304- no afecta la validez del acto en sí", consideró el fallo al rechazar planteos vinculados a la falta de registro fílmico o de audio de esas confesiones.

Sin embargo, los jueces sí advirtieron que la falta de registro de las declaraciones de los imputados colaboradores "podría incidir, en su caso, con mayor o menor intensidad en las distintas etapas en que deba ser evaluado para determinar las responsabilidades penales de los aquí imputados".

En la investigación está procesada la vicepresidenta Cristina Kirchner, además de De Vido, entre otros exfuncionarios de su gobierno y empresarios vinculados a la obra pública además del arrepentido Oscar Centeno, entre otros.

Todos fueron enviados a juicio oral por los presuntos delitos de asociación ilícita y cohecho.

En su voto minoritario, la camarista Figueroa consideró que debía dictarse la nulidad de las declaraciones de todos los imputados colaboradores en el marco de la ley 27304, del Arrepentido, por "violación al principio de irretroactividad de la ley penal más gravosa" y por las "deficiencias procesales" en la investigación que estuvo a cargo del fallecido juez federal Claudio Bonadio.

 
 

7 comentarios Dejá tu comentario

  1. Creen realmente que los arrepentidos son IDIOTAS. Justamente uno la acusó directamente a CRISTINA DE KIRCHNER, con todas las letras y dijo cuanto le entregó.

  2. Robertito, y de que bando son los camaristas Petrone y Barroetaveña..!? de justicia autentica o de la justicia MAFIOSA que violentan las leyes y la Constitución Nacional!!?. Veo que estas cargado de odio, el odio ciega y para muchos casos nublan la razón, queda una instancia mas, que es la corte, ojala la corte tambien desestime la apelación o de vía libre para el juicio oral. No olvides que la LIDER CFK, no le permitió a su defensor intervenir en esta apelación, así como la mayoría de los defensores de los testigos que apretaron, sabes por que!? porque el juicio oral deja al descubierto todos los aprietes, pruebas y mentiras montadas por la MAFIA que nos goberno durante 4 años y con la complicidad de esta clase de jueces. Ojala se haga el juicio Oral, así pasan el papelón de sus VIDAS..tal cual lo están pasando con los Juicio de Cristobal Lopez y Lazaro Baez

  3. Claro Patricia. Los jueces M obedecieron órdenes. Estiraron la interpretación de las leyes para donde le indicaron sus amos, contrariando a toda la jurisprudencia en la materia (una onda doctrina Irurzun). Las actas se hacen por más que el código o la ley no lo digan (de lo contrario todo quedaría en el aire) y al exigir medio técnico idóneo, está exigiendo que se utilice otro soporte que permita visualizar o escuchar las declaraciones (que realizaron bajo presión de quedarse en cana, apretados por el mafioso de Stornelli). Lo de la vigencia de las leyes que se sancionan con posterioridad a un hecho se la llevaron a marzo, como si ahora determinen que usar barbijo es delito y te persigan porque lo usás desde abril. pero bueh...que le vamos a explicar a los cabezas de termo macristas

  4. Veremos que dicen los testigos en el Juicio oral. Si mantienen los dichos en las actas que tomó Stornelli o Bonadío. No sé como van a hacer los jueces para saber que mantienen el testimonio sin el otro soporte que establece la ley.-

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