El 29 de mayo del año en curso, el ministro de Salud porteño, Alberto de Micheli, firmó una resolución en virtud de la cual los hospitales
públicos de la Ciudad de Buenos Aires, puedan llevar a cabo "abortos no punibles",
sin tener que pedir autorización judicial. Es decir, que tal interrupción del
embarazo se podrá solicitar solamente en aquellos casos en que la gestación
ponga en riesgo la salud de la madre o si fuera producto de una violación a una
mujer con discapacidad mental, excepciones estas que están contempladas en el
Código Penal.
Esta resolución se sanciona en momentos muy particulares, dado que el día lunes próximo pasado –28 de mayo- se celebró el
Día Mundial de Acción por la Salud de
las Mujeres, jornada en la cual se presentó en el Congreso de la Nación un
proyecto de ley que promueve el "aborto seguro, legal y gratuito" en todo el
país. El impulso de dicho proyecto llevaron a cabo 250 organizaciones de
derechos humanos, movimientos feministas, partidos políticos y funcionarios/as
de distintos niveles que forman parte de la campaña por el derecho al aborto.
Lo concreto es que este proyecto de ley establece que: “toda mujer tiene
derecho a la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primera doce
semanas del proceso gestacional y acceder a la realización del aborto en los
servicios del sistema de salud".
Para poder llevar a cabo la medida, en cada centro de salud se creará un equipo
integrado por un tocoginecólogo, un psicólogo, un psiquiatra, un trabajador
social y un abogado, designados por el director.
Éstos tendrán a su cargo la evaluación de cada caso, para poder determinar si
está abarcado por la resolución, aunque no tendrán un plazo mayor a los cinco
días hábiles.
“El dictamen se elevará a el/la directora/a del hospital, quien lo refrendará.
El mismo tendrá carácter vinculante para el efector de salud. En el supuesto de
existir divergencias entre los miembros del equipo interdisciplinario deberá
decidir el/la director/a del hospital, pudiendo requerir a tal efecto la opinión
del Comité de Bioética, con la celeridad que exija la emergencia o urgencia del
caso”, se indica en el protocolo. Se prevé la objeción objeción de conciencia
para los profesionales que se nieguen a practicar un aborto, pero en ese caso,
el facultativo no podrá integrar el equipo que tendrá en sus manos la decisión
final.
Por otra parte, tal resolución del gobierno de la ciudad, coincide con la muerte
de una joven de 20 años que en el norte de la ciudad de Santa Fe falleció
de cáncer encontrándose embarazada y luego de haber pedido sus familiares
autorización para realizarse un aborto terapéutico contemplado en el art. 86 del
Código Penal, y de esta forma poder realizar el tratamiento de quimioterapia
debido a un sarcoma maxilar que padecía. Tratamiento este que se encuentra
contraindicado en casos como el de esta joven.
Si bien la joven había realizado denuncias a la Secretaría de Derechos Humanos
de la provincia, dichas autoridades nada pudieron hacer, ya que el
hospital en el que esta se encontraba trató de desviar la situación y
obligaron a la misma a continuar con el embarazo que le impedía comenzar el
tratamiento para su cuadro oncológico, conforme declaraciones de la abogada
Mirta Manssur, representante de la Multisectorial de Mujeres de Santa Fe,
la cual denunció el caso y argumentó que hubo un "abandono de persona".
En otro orden de cosas, se ha establecido que durante las próximas semanas se definirán en qué
centros de salud se atenderán este tipo de casos. Y se anunció que serán tres en
las zonas norte, sur y oeste.
Solamente resta esperar si esta resolución será aplicable en la práctica y
posibilitará que ante determinadas situaciones y casos concretos se aplique y la
solución llegue a tiempo, evitando la muerte por las conocidas prácticas ilegales o
inadecuadas de abortos no autorizados de jóvenes mujeres que, ante la
desesperación de un embarazo no deseado -por los motivos que fuere, abusos,
violaciones, o situaciones de riesgo- pierdan su vida injustificadamente.
Graciela Catalán Álvarez