Se encuentra en tratamiento por ante la Comisión
de Legislación General del Senado, la Ley de Defensa de los Usuarios y
Consumidores donde la principal variante se refiere a las prestaciones de
servicios públicos domiciliarias que se rigen con el célebre "pague y después
quéjese".
De una u otra forma todos los usuarios han sufrido los
embates de tener que reclamar servicios deficientes o facturas excedidas que
fueron pagadas y nunca fueron descontadas, porque en efecto rige tal costumbre.
Con este proyecto se quiere invertir "la carga de la prueba",
es decir, hasta ahora siempre es el usuario quien debe demostrar que no se
encuentra en infracción o debe demostrar el daño material que sufre.
Ahora, cuando el consumo resulte notoriamente superior al
promedio de lo facturado en períodos anteriores por parte de la empresa
prestadora, el usuario pagará lo que estime justo y será la empresa en falta
la que deberá demostrar que efectivamente se consumió lo facturado. Tal
proyecto de ley cuenta con media Sanción en la Cámara Baja y propone una
modificación integral de la ley 24.240 sancionada en el año 1993, ley esta que
resulta anterior a la reforma constitucional del año 1994, y que otorgó rango
constitucional a la protección de los derechos de los usuarios y consumidores
argentinos.
Por otra parte, existe también una importante modificación en
cuanto a las modalidades de contratación de servicios por teléfono o por
Internet. Es sabido que resulta muy fácil para cualquier usuario contratar
diversos servicios, pero que al momento de darlos de baja o rescindir la
contratación por los motivos que fueren existe un verdadero "calvario". Es
cuando surgen las dificultades burocráticas ya conocidas por todos, cuando
aparecen las típicas explicaciones del estilo "usted lo firmó cuando contrató el
servicio".
Son condiciones implícitas que suelen encontrarse al pie de
los contratos de manera totalmente desapercibida y que uno termina aceptando
tácitamente. Por ello, con esta reforma se propone que "se equiparen los
requisitos tanto para contratar un servicio como para darlo de baja", explico la
Senadora Alicia Mastandrea encargada de la elaboración del proyecto mencionado.
Es una normativa que será muy útil y que echará luz en
cuestiones "grises" que hoy no contempla la legislación, lo cual provoca que los
usuarios se cansen de reclamar y de escuchar siempre lo mismo.
Finalmente, es dable destacar que con esta ley se pretende
legitimar a las asociaciones colectivas de defensa de los derechos de los
usuarios y consumidores para que puedan actuar tanto frente a la autoridad de
aplicación como en las instancias judiciales.
En el caso de prosperar y aprobarse la reforma, seguramente
surgirá el planteo en cuanto a su aplicación efectiva y concreta en los casos
cotidianos para que el consumidor pueda contar con una norma legal que sea
respetada y utilizada conforme al espíritu y esencia de su letra.
Será cuestión de ver qué hace el Senado de la Nación...
Graciela Catalán Álvarez