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El gobierno amplió el cupo diario de vuelos que ingresan al país

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En virtud de las medidas de flexibilización dentro del marco del COVID-|19 dispuestas por el Gobierno que se aplican a partir de hoy 1° de octubre, que fueran adelantadas por Tribuna de Periodistas, se anunció que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dispondrá de un cupo semanal de plazas en vuelos de pasajeros/as para el ingreso al territorio nacional.

 

Concretamente se basa en una Decisión Administrativa N°951/2021 publicada en el Boletín Oficial que establece: “que la Administración Nacional de Aviación Civil podrá disponer la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativos a las operaciones de trasporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos hacia la República Argentina, considerando su país de origen o destino y ante nuevos linajes en la secuenciación de muestras locales, previa evaluación de la autoridad sanitaria nacional relativa a la situación epidemiológica”.

Se dispondrá de un “cupo semanal de plazas en vuelos de pasajeros para el ingreso al territorio nacional de los argentinos, las argentinas, los y las residentes en la República Argentina, las personas nacionales y residentes en países limítrofes y las personas excepcionalmente autorizadas por la Dirección Nacional de Migraciones”.

 

Este cupo sería:

Entre el 1° y 3 de octubre ingresaran 2300 plazas de pasajeros diarias, entre el 4 y 10 de octubre 21.000 plazas de pasajeros semanales.

A partir del 11 de octubre y hasta cumplidos los 14 días desde que se alcance el umbral del 50% de la población con vacunación completa 28.000 plazas de pasajeros semanales.

Transcurridos 14 días desde la fecha en que nuestro país alcance una cobertura del 50% de la población con esquema de vacunación completo.

A partir del 1° de noviembre, podrán ingresar también “extranjeros no residentes de todo origen”

Para el ingreso el Ministerio de Transporte en coordinación con la Administración Nacional de Aviación Civil y el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos dispondrá “ las medidas que aseguren la realización de los testeos y controles sanitarios al arribo de los vuelos, respetando el tiempo efectivo que la lectura de tales pruebas de laboratorio requiere, ampliando en caso de considerarlo necesario la capacidad de la que disponen las respectivas instalaciones aeroportuarias de acuerdo con la normativa nacional vigente”

Una vez que se realicen los estudios de testeos, “las personas que resulten positivos deberán permanecer aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de 10 días, o el que resulte mayor, según lo defina la provincia en su protocolo”.

Ahora, en cuanto a las plazas mencionadas, “un total semanal de 700 pasajeros, pasajeras podrán ser priorizados y priorizadas por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática a efectos de facilitar su viaje al país”.

Relativo a estos cupos mencionados, “la ANAC podrá ampliar, disminuir o eliminarlos, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, siempre que no se afecte la capacidad básica de respuesta del respectivo corredor seguro ni las medidas dispuestas por las autoridades locales para el control del aislamiento y el seguimiento de casos positivos y quede garantizada la capacidad de testeo y procesamiento por parte de los laboratorios”.

Entonces, podrán ingresar al país “las personas nacionales o residentes de países limítrofes que hayan permanecido en estos durante los 14 días previos al ingreso al territorio nacional hasta el 31 de octubre, incluso cuando el ingreso obedezca a razones de turismo”.

Siempre que hayan cumplido con el esquema completo de vacunación y de los testeos pertinentes.

Respecto de los y las menores de edad “que no hayan completado el esquema de vacunación, pero se encuentran en compañía de adultos que ingrese al país, podrán ingresar al territorio nacional debiendo realizar cuarentena prevista en el artículo 7° del decreto 260/20 y normas modificatorias y hacerse un PCR al día siete de su llegada al país”.

Los extranjeros no residentes “que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar al territorio nacional siempre que su ingreso no sea por razones de turismo, previa autorización de la Dirección Nacional de Migraciones y hacerse un PCR al día 7mo de su llegada al país”.

En el caso que se constate la existencia de infracción al cumplimiento de las medidas establecidas “se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se formularán las pertinentes denuncias penales conforme artículos 205 y 239 del Código Penal de la República Argentina, que sancionan con prisión de 6 meses a dos años, por la violación de las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y con presión de 15 días a un año a la resistencia o desobediencia a las órdenes emanadas de los funcionarios públicos”

Finalmente, y a los fines de consultar, obtener mayor información sobre estas medidas de esta Decisión Administrativa FRONTERAS N°951/2021se puede consultar en forma completa en la página web del Boletín Oficial

https://www.boletinoficial.gob.ar

O bien a través de la web del Ministerio de Transporte de la Nación al link

https://www.argentina.gob.ar/transporte cliquear en aéreo.


Fuente: Ministerio de Trabajo, Empleo Seguridad de la Nación

 

1 comentario Dejá tu comentario

  1. Desde Marzo del año 2020 El Aeropuerto Córdoba está cerrado a vuelos Internacionales. Hace días y en públicola señora FÑLORENCIA CARIGNANO manifestó que el jueves pasado Córdoba completó los trámites solicitados. Los Peripodistas Militantes de córdoba le creen a EDUARDO ACCASTELLO Ministro de Industria , Comercio y Minería un kirchnerista paladar negro del Gobierno de córdoba y candidato , que no es así. Le creen a EDUARDO ACCASTELLO ??????? No es que la Señora CARIGNANO sea una gran funcionaria nacional, pero ACCASTELLO???????

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