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El gobierno autorizó a las distribuidoras de gas a aplicar aumentos para usuarios residenciales y pequeñas y medianas empresas

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Se vino nomás
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Como era de esperar, y ante el planteo en audiencia pública, que habían hecho las empresas de gas y de luz, el gobierno autorizó en este caso el aumento de gas, que es una porción de la tarifa final.

 

En concreto se informó que “El gobierno ha autorizado a las distribuidoras de gas a aplicar aumentos de 36% en su servicio, es uno de los componentes del precio final de la factura que reciben los usuarios”

Entonces, la suba en las facturas será de un 15 por ciento para las pequeñas y medianas empresas, mientras que para los usuarios residenciales será del 20.

Dicha medida fue materializada a través de la publicación en el Boletín Oficial en el Decreto 91/22 , en el que se determinó el adelantamiento del incremento en las tarifas, previsto en abril, para marzo.

Por otro lado se estableció el incremento para la tarifa de gas “ para que se produzca durante el mes de marzo 2022, de manera que la licenciataria pueda afrontar sus costos de operación y mantenimiento y su cadena de pagos, para continuar con la normal prestación del servicio público a su cargo.

Para los usuarios residenciales el cargo será del 36%, en el caso del servicio general P, que son aquellos destinados a usos no domésticos en donde el cliente no tiene una cantidad contractual mínima, la suba será del 35% al igual que para el Gas Natural Comprimido (GNC); para grandes usuarios será del 70%, para subdistribuidores será del 10%.

Mientras que para el servicio general G para usos no domésticos en donde el cliente ha celebrado un contrato de servicio de distribución y/o transporte de gas con una cantidad contractual mínima, la cual en ningún caso puede ser inferior a 1.000 m3/día durante un período no menor a un año, el cargo será del 50%.

Los usuarios residenciales verán, entonces, un aumento de entre el 19 y el 20 por ciento en las facturas, a partir del mes próximo. Las pequeñas y medianas empresas, en tanto, percibirán una suba de entre el 14 y el 15 por ciento.

Por otro lado desde TDP, se pudo comprobar que junto con la última factura de gas se acompaña una información respecto a la titularidad del servicio para actualizar datos.

Ese trámite de titularidad no tiene costo alguno, y se realiza ingresando online www.metrogas.com.ar, se inicia sesión o te registras en Oficina virtual mi cuenta, opción hogares y elección de trámite “Cambio de Titularidad” Se debe ingresar el número de cliente y finalmente se completa los datos personales y adjunta la documentación que acredite la identidad y la relación con el inmueble.


ACUERDOS

Decreto 91/2022

DCTO-2022-91-APN-PTE - Ratifícase Adenda.

Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-16051238-APN-GAL#ENARGAS y los Expedientes Nros. EX-2022-08816674-APN-GAL#ENARGAS y EX-2022-08817489-APN-GAL#ENARGAS en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 24.076 y 27.541, los Decretos Nros. 278 del 16 de marzo de 2020, 1020 del 16 de diciembre de 2020, 353 del 31 de mayo de 2021, 354 del 31 de mayo de 2021 y 871 del 23 de diciembre de 2021, sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020 del 16 de diciembre de 2020, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16137104-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre GASNOR S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16138327-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16137138-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16137659-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre LITORAL GAS S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16136526-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 6°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16137557-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 7°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre METROGAS S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16136108-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre NATURGY BAN S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16136738-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9°.- Ratifícase la ADENDA AL ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripta el 18 de febrero de 2022 entre GAS NEA S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16136403-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Ratifícase el ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripto el 18 de febrero de 2022 entre TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16134963-APN-SD#ENARGAS), forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- Ratifícase el ACUERDO TRANSITORIO DE RENEGOCIACIÓN - RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSICIÓN: ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA TARIFA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL, conforme los términos del Decreto N° 1020/20, suscripto el 18 de febrero de 2022 entre TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como ANEXO (CONVE-2022-16135243-APN-SD#ENARGAS) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 12.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 13.- Notifíquese al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2022 N° 9786/22 v. 23/02/2022

Fecha de publicación 23/02/2022

 

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