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La AFIP extendió hasta el 13 de abril el plazo para las deducciones del Impuesto a las Ganancias

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En cuanto al plazo para presentar las deducciones del Impuesto a las Ganancias, la AFIP informó que se extendió el plazo al 13 de abril

 

En concreto, los contribuyentes podrán ingresar sus deducciones del Impuesto a las Ganancias que corresponde al periodo fiscal 2021 hasta el 13 de abril y de esa forma podrán abonar menos impuestos.

Se recuerda que el plazo anterior vencía el 31 de marzo de este año y se postergó hasta el 13 de abril 2022

Entonces, los “pagos a cuenta” deberán ser ingresados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), por medio del Formulario web F572.

De manera tal que para poder realizar esta operación, “ los usuarios deben contar con una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior

Las deducciones en cuestión se deben realizar ingresando a la página web de la AFIP, mediante el sistema SIRADIG –Trabajador los datos personales y del empleador, allí se cargan las deducciones y desgravaciones en el formulario web que la final será enviado al empleador”.

Importante el El SiRADIG es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretende deducir o informar como pagos a cuenta en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Conceptos a deducirse:

Cargas de familia, incluyen hija, hijo, cónyuge o conviviente, la remuneración del personal de casas particulares hasta el , hasta el 40% del monto de alquileres registrados en la AFIP y cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social.

Préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, donaciones realizadas a diferentes instituciones, los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio.

Ante cualquier duda, consulta, información se puede cotejar en la Resolución General 5165/22 publicada en el Boletín Oficial y también en la web online de la AFIP www.afip.gob.ar


Fuente: AFIP

 

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