Rige en la ciudad de Buenos Aires, la
nueva ley de Vidrios de Seguros, sancionada por el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, que establece "que los vidrios de puertas, ascensores, manparas
de baño, techos y otros implementos utilizados en zonas de impacto humano deben
ser laminados o templados", para evitar la formación de astillas.
Es una ley que fue sancionada el 20 de septiembre próximo
pasado por la Legislatura porteña sobre proyectos de los diputados Mario Morando
y Carlos Ameijeiras. Esta norma presenta la particularidad de que las puertas,
paneles bajos, fachadas, maparas de baño, divisores mobiliarios fijo de vidrios
deben tener las características mencionadas al igual que los techos, marquesinas
y parasoles.
Los proyectos que dieron origen a la "ley de Vidrios de
Seguros" llegaron a la Legislatura porteña, como consecuencia de la muerte de la
nieta del ex presidente Alfonsin, quien falleció en el colegio secundario al que
concurría al desangrarse por la herida que le provocó la rotura de un vidrio sin
protección, de una puerta de ese establecimiento.
Esta ley tiene sus argumentos en la evidencia que al
romperse los vidrios comunes se fragmentan en grandes astillas que pueden
impactar en el cuerpo "como si fueran navajas y provocar accidentes fatales".
"Por otra parte los vidrios laminados, están constituidos
por dos planchas de vidrios comunes pegados a una lámina plástica de manera que
al romperse, los fragmentos se mantienen adheridos a la lámina y así se evitan
las cortaduras. Asimismo, los vidrios templados, también habilitados por ley,
deben estar fabricados de una forma que al romperse se pulverizan en fragmentos
tan pequeños que resulten inofensivos.
El diputado Morando afirmó: "Basta a las mutilaciones y
muertes por vidrios peligrosos en lugares de tránsito de publico, que durante
los próximos cinco años, todos los edificios de la ciudad -incluidas las
escuelas-, deberán adaptarse a las nuevas exigencias de seguridad".
Cabe destacar que fuentes legislativas en un comunicado
oficial, determinaron que la ley establece en el "Código de Edificación" los
requisitos para vidrios en zonas de riesgo para impacto humano, no solamente
para construcciones nuevas sino extendiéndolo también a las existentes,
otorgándoles un plazo de razonable de cinco años para adecuarse.
Como siempre, sólo resta esperar que esta norma legal sea
efectiva en la práctica y respetada en su esencia.
Graciela Catalán Álvarez