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Daniel Marranzino, “un fiscal acusador”, que se convirtió en la mejor defensa de la corrupción y la impunidad

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La impunidad se disfraza de dictamen en un entramado que se tejió y continúa tejiéndose en la "Justicia provincial", para que el ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista Jorge Yapura Astorga no pague por los delitos cometidos contra el Estado
La impunidad se disfraza de dictamen en un entramado que se tejió y continúa tejiéndose en la “Justicia provincial”, para que el ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista Jorge Yapura Astorga no pague por los delitos cometidos contra el Estado

De la defensa de los acusados de cometer delitos y que deben enfrentar a la justicia se espera cualquier tipo de argumentación para salvar a sus clientes. Lo cual es todavía más evidente en los casos de corrupción que involucran a gente de poder, sobre todo, cuando se trata del poder político. Es por eso que de parte de los abogados defensores se espera que recurran a cualquier tipo de argumento o artilugio en pos de salvar a sus clientes. 

 

Pero lo que nunca se espera es que esta protección y defensa venga de parte del propio fiscal de una causa, debido a que el papel que le corresponde desempeñar está muy lejos de ayudar al imputado. Por el contrario, el papel que debe desempeñar es el de acusar al imputado como representante del estado que es, o sea, como representante de toda la sociedad. Sin embargo, hay un caso que tomó estado público en el que ocurrió todo lo contrario. 

Justamente, todo lo opuesto a lo que se espera de parte de un representante del Ministerio Público Fiscal de Tucumán. Se trata de la causa que tiene como principal PROCESADO, pero no único sindicado, a nada menos que al ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista Jorge Yapura Astorga. Cabe recordar que se lo acusa de haber conformado una asociación ilícita con sus familiares más cercanos con el objetivo de cometer delitos de enriquecimiento de forma ilícita. 

De quien hablamos es del fiscal de Cámara, Daniel Gerardo Marranzino, quien insólitamente emitió un dictamen papelonesco en que dejó por escrito que sí corresponde considerar distintos ítems que se deben ponderar basándose en las distintas funciones públicas que Yapura Astorga ha cumplido y cumple todavía hasta el día de hoy como integrante del cuerpo legislativo de la provincia de Tucumán. 

Acto seguido, este mamarracho de funcionario judicial, pasa a recordar la carrera política del procesado por corrupción. Ahora bien, el lector se preguntará a qué se debe esta rememoración de parte del fiscal y por qué se lo considera mamarracho. Pues bien, la respuesta pasa por el hecho de que Marranzino opina que se debe solicitar el desafuero de Yapura Astorga para que tenga continuidad la causa en la que está imputado por presunto enriquecimiento ilícito. 

Asimismo, el fiscal dijo que debe determinarse la nulidad absoluta de los actos de citación a juicio y apertura juicio puesto que se hicieron luego de que el ex intendente tafinisto asumiera como legislador. Como si esto no fuera suficiente, Marranzino expresó que además no correspondía continuar con el proceso si no se solicitaba previamente su desafuero. Como podrá observarse, la cuestión del desafuero no es más que una miserable excusa. 

Una que funciona como telón de fondo para tapar lo que no es otra cosa que el otorgamiento de impunidad por parte de Marranzino en representación del Ministerio Público Fiscal para con Yapura Astorga. De esta manera, el lector podrá entender por qué es un mamarracho el fiscal. Sin embargo, entenderá también, que esta calificación se queda corta considerando lo que siguió argumentando Marranzino en pos de proteger a Yapura Astorga. 

Y es que se dio el lujo de opinar que ninguno de los actos que se hicieron luego de su nombramiento como legislador provincial debieron haber continuado, dado que Yapura Astorga tiene inmunidad y prestigio del órgano de poder que integra. Así como se lee, genera bronca que nace desde las propias entrañas porque este funcionario judicial señala que es legítimo que ni siquiera se investigue las fechorías de Yapura Astorga. 

Y argumenta esto por el solo hecho de ser legislador. Un cargo al que se le reconoce un prestigio que no debiera considerarse si se tiene en cuenta que termina siendo una especie de salvoconducto para corruptos que lo único que quieren es aferrarse a los fueros que la Legislatura brinda como si se tratara de una garrapata que se adhiere al perro con la intención de aprovecharse de él. 

Lo insólito y triste de esta situación es que Marranzino termina haciendo la tarea de los abogados defensores teniendo en cuenta que los abogados que defienden a Yapura Astorga plantearon la nulidad de la investigación, exactamente lo mismo que ahora apoya y pide Marranzino cuando expresa de forma contundente que debe determinarse la nulidad absoluta de los actos de citación a juicio y apertura juicio.  

El fiscal de Cámara destacó que Yapura Astorga ha sido electo intendente de Tafí del Valle desde 2011 hasta el 2015 y luego reelecto, y posteriormente, en 2019 fue elegido legislador. Consideró que en esta función pública se asienta un privilegio constitucional y que el avance judicial de la presente causa penal perjudica el funcionamiento de la democracia. Sostiene que antes de este proceso corresponden dos juicios. 

Uno a cargo del Poder Legislativo previo examen y dictamen de la comisión de juicio político respectiva. Remarcó que Yapura Astorga viene integrando en tres oportunidades funciones públicas y que debe solicitarse el desafuero del mismo para la continuidad de la causa, declarándose nulas dentro del artículo 186 del Código Procesal penal las actuaciones de la Sala Conclusional III, en cuanto se refiere a la citación a juicio y apertura juicio oral. 

Así, lo que hace Marranzino cuando señala las alternativas procesales de esta causa, no es más que tirar por la borda la Constitución provincial y nacional, la doctrina y la jurisprudencia. Este mamarracho judicial, incluso, expresa como si se tratara de una verdadera burla que no existe una vasta temática en Argentina que pueda echar luz sobre una causa como esta en la que el procesado reviste una función pública al momento de abrirse la investigación. 

Luego otra y actualmente una tercera. De forma insólita, Marranzino dijo que se trataba de una cuestión estrafalaria y que es por ello que resultaba relevante considerar la inmunidad que le es conferida a Yapura Astorga, no solamente desde lo estrictamente individual, sino también a nivel orgánico del cuerpo legislativo. Esto se traduce como lisa y llanamente “impunidad para todos y todas”. 

Así queda explícito cuando dice que el avance judicial de la presente causa penal perjudica el funcionamiento de las instituciones de la democracia. Eso es una vil mentira puesto que no es la Legislatura la que está bajo investigación, sino apenas uno de sus integrantes. Sobre todo, si se consideran las vastas pruebas que hay en su contra y que no puede utilizarse como excusa el cargo que ocupa, porque de esa manera más que de fueros, estaríamos hablando de impunidad. 

De impunidad para alguien que comete cualquier tipo de delito o hasta un crimen y que jamás pagaría por ellos solo por el hecho de ser legislador. Marranzino asegura que la llamada cuestión de privilegio abarca no solo la situación personal de Yapura Astorga como imputado, sino que también se apoya en el cuerpo legislativo que integra. Marranzino embarra todavía más la cancha cuando señala algo que suena a una burla o una ironía. 

Y es que dejó asentado que deberían realizarse dos juicios teniendo en cuenta que los delitos que se le imputan ocurrieron cuando él era intendente de Tafí del Valle y recordó que este cargo ejecutivo también otorga fueros. Y que, por lo tanto, como los tenía en ese momento la investigación que comenzó en el 2015 ni siquiera debió haberse iniciado. Un verdadero desaguisado. 

Haciéndose pasar por ignorante, Marranzino quiere igualar investigación con juzgamiento y remarca una y otra vez que los fueros impiden que se juzgue a alguien. Lo que omite decir es que los fueros no protegen del hecho de que se lleve adelante la investigación. Esto lo sabe perfectamente como cualquier ingresante a la carrera de Derecho en primer año, pero lo dice a propósito con el objetivo de otorgar la impunidad a Yapura Astorga. 

Incluso, sostiene que se trata de un privilegio constitucional supremo y no renunciable y que, por lo tanto, las normativas rituales como una investigación no pueden operar por encima de aquellas y así se completa el círculo vicioso perfecto de impunidad para con Yapura Astorga, porque Marranzino pide la nulidad de lo actuado hasta aquí. Pero el fiscal va más allá de la impudicia que hasta acá se viene describiendo en esta nota. 

Y es que cuando asegura que incluso si tuviera lugar el desafuero, el mismo no habilita el sometimiento del legislador a causas penales anteriores distintas a la de aquella donde fue emitida la petición. Es decir, Marranzino pretende que los jueces que tienen a su cargo tales causas deban solicitar la extensión del desafuero respecto de ellas. Lo que significaría repetir un desafuero las veces que sea necesario. 

Un verdadero sin sentido de parte de este mamarracho que se hace pasar por funcionario judicial. Pero, además, Marranzino realiza una velada advertencia (¿amenaza?) al juez cuando dice que ni siquiera en el caso de que el imputado exprese su voluntad de quedar sujeto a la causa puede el magistrado aceptar esta decisión porque considera que carece de validez al no estar precedida por un desafuero. 

Por último, Marranzino queda hundido en el propio fango cuando señala que el proceso podrá continuar hasta sus últimas consecuencias, pero que incluso en el caso de que se dicte una sentencia condenatoria, la ejecución de la misma quedará suspendida hasta que cese el mandato del legislador. Esto significa que Yapura Astorga podría postularse hasta el infinito en la cámara legislativa. 

Por lo que ni siquiera en caso de ser condenado pagaría por sus delitos desde la espuria mirada de este fiscal. Un último favor le concede a Yapura Astorga cuando sostiene de forma insólita que la citación a prestar declaración indagatoria puede constituir una medida restrictiva de su libertad. Algo que es una absoluta mentira, pero que no le importa a Marranzino que justifica semejante dislate. 

Es por ello que el fiscal ve como única solución el desafuero de Yapura Astorga, algo que claramente no pasará, debido a la defensa corporativa que existe en la Legislatura provincial en particular, pero, sobre todo, en la política en general. Por lo que, en conclusión, Marranzino entiende que Yapura Astorga ni siquiera puede llegar a juicio, teniendo en cuenta que actualmente cumple una función pública. 

Una en la cual se asienta un privilegio constitucional que, en realidad, no es más que el otorgamiento de impunidad.  

Al respecto, Tucumán Despierta realizó una consulta técnica al Dr. Gustavo Morales, relacionada al dictamen, y acerca de la actuación procesal del fiscal Daniel Gerardo Marranzino en la causa “Yapura Astorga Manuel Jorge Leonel y otros”, el abogado penalista afirmo:

“En primer lugar el dictamen ultimo del fiscal Marranzino – de fecha 12/04/2022-  sobre la nulidad de las actuaciones y el pedido de desafuero al legislador provincial Yapura Astorga, formulado por ante la Cámara Penal Conclusional Sala III, ES NULO, como también son inválidas TODAS SUS ACTUACIONES PREVIAS ante ese tribunal de juicio, porque anteriormente intervino como “Ministro Fiscal ad hoc” en la Corte de Tucumán en el año 2020, emitiendo un dictamen incluso favorable al acusado Jorge Yapura Astorga por entender “ lesionados derechos y garantías constitucionales tales como el debido proceso, el derecho de defensa y la igualdad ante la ley, como así también comprometido el adecuado funcionamiento de los poderes del estado” (sic). 

En segundo lugar, por tanto, al haber ingresado la causa “Yapura Astorga Manuel Jorge Leonel y otros “, al tribunal de juicio, constituía una obligación legal y un deber ético del fiscal Marranzino inhibirse, conforme lo ordenado en el artículo 60 inc. 1 y artículo 78 del Código Procesal Penal Tucumán, a fin de mantener incólume los principios de objetividad y lealtad procesal. 

En tercer lugar, de modo que, ante tamaño comportamiento procesal, el ofendido penalmente y los denunciantes se encuentran desprotegidos por el Ministerio Público Fiscal. 

En cuarto lugar, párrafo aparte, merece destacarse el deliberadamente omisivo proceder del Ministro Fiscal Edmundo Jiménez, pues transgrede el articulo 94 inc 4º y 6º de la “Ley Orgánica del Poder Judicial” que exige que debe “vigilar la recta y pronta administración de justicia, denunciando los abusos y malas prácticas de sus inferiores y de los tribunales” y “velar por el estricto cumplimiento de los plazos procesales”, respectivamente. – 

En quinto lugar, en otras palabras, la permanencia del Fiscal Marranzino en la causa supra señalada, garantiza la impunidad del legislador Yapura Astorga y de su banda, porque aún en la hipótesis extrema de ser condenado, la defensa del parlamentario, a través del recurso de casación, tiene la oportunidad procesal para plantear una nulidad absoluta por la manifiestamente ilegal conducta procesal del Fiscal Marranzino. 

En sexto lugar, entonces NO HAY THE END NI MUCHO MENOS “HAPPY END” AL ESTILO NORTEAMERICANO PARA LAS VICTIMAS Y DENUNCIANTES PORQUE SE TRATA ESTE JUICIO DE UN DELEZNABLE MONTAJE AL QUE SIN EMBARGO PARECE QUE LE LLEGO EL “DECOUPAGE”. 

Un entramado que se tejió y continúa tejiéndose en la “Justicia” para que Jorge Yapura Astorga quede limpio. Y lo hace el fiscal Daniel Gerardo Marranzino en representación del MPF, que utiliza un dictamen como si fuera un comodín en una especie de juego macabro en el que no hay ganadores, sino perdedores en el conjunto de una sociedad asqueada y desbordada por la inmundicia de impunidad que nace desde las entrañas del Poder Judicial.  

¿Será (alguna vez) justicia? 

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. Ya he dicho en muchas ocasiones que en un 95% en la Argentina la justicia es una farsa que se burla de la Constitucion, de las Leyes y de los ciudadanos. Amparandose en sus cargos esos funcionarios jueces y fiscales corruptos hacen de su militancia politica una bandera, y que mejor que exponer la payasada de este fiscal que mas que un fiscal parece ser otro abogado defensor? Y digo solamente que lo hace por militancia politica con el oficialismo ya que si le han pagado o no para actuar asi no tengo constancia. Lo que si recuerden que el juicio con Alperovich en eso que llaman justicia en Tucuman seguira un camino muy simi lar a este.

  2. LOS FUEROS NO SON PARA PROTEGER ACTOS DELICTIVOS NI A QUIENES LOS COMETEN !!!!! Se ha tergiversado totalmente la finalidad de los fueros y ES HORA QUE SE VUELVAN A PONER LAS COSAS EN SU LUGAR, antes que "el pueblo haga tronar el escarmiento", como decía Perón.

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