Se aprobó en la Cámara de Senadores durante la jornada del día de ayer – jueves - un proyecto que dispone incorporar al Programa Médico Obligatorio (PMO) de las obras sociales nacionales, un protocolo para el abordaje integral de personas víctimas de violencia de género, a través de la cobertura total e integral de las prácticas preventivas y terapéuticas.
Este proyecto fue autoría e impulsado por la Senadora cordobesa Alejandro Vigo.
Cabe mencionar que ya tenía media sanción de la Cámara de Diputados finales de 2020.
Fue sancionada por unanimidad con 52 votos
Se informó que este abordaje incluye “todas las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente.
En concreto, el texto afirma que “las obras sociales, los prestadores de salud y todos aquellos organismos comprendidos en la ley deberán articular con las instancias nacionales, provinciales y/o locales que provean programas para la atención de la violencia de género a los fines de garantizar que la atención integral de las víctimas se realice con los parámetros y las indicaciones adecuadas.”
Por otro lado, “se invita a las provincias y a las Ciudad Autónoma de Buenos Aires adherir a esta norma”
En cuanto al objetivo del proyecto es generar dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO)” un protocolo de abordaje integral y universal de las violencias de género. Garantizando la cobertura de las prácticas preventivas y terapeutas a las víctimas de violencia de género”.
Entre otras cosas se enfatizó que “el fin específico es acompañar a las víctimas de violencia de género, cuando el delito ya sucedió y prevenir las prácticas de violencia contra las mujeres y de garantizar el acceso universal a la asistencia”.
Relativo a la cobertura de las obras sociales, que están obligadas todas incluidas en las leyes 23.660 y 23661.
Además se indicó que en el último informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de la Nación (OVD) y que informamos oportunamente en TDP, durante 2021 se registraron 251 víctimas de violencia de género en el país, de las cuales 5 fueron travestis-trans.
Asimismo, se mencionó que “Cada 32 horas muere una mujer en nuestro país a causa de violencia de género. El 67% de esas muertes fueron cometidas por parejas o exparejas de las víctimas, y el 60% ocurrió en la vivienda de la víctima. Y la verdad es que resulta sumamente lastimoso tener que brindar estos datos, pese a los esfuerzos que se hacen de parte del Gobierno nacional para que esto no suceda”.
La autora del proyecto, añadió entre otras cosas, que este proyecto “no tiene costos adicionales, algunos aquí se niegan decir las cosas por su nombre, argumentaban que este proyecto podía incrementar los costos del sistema de salud, y a ellos les hemos dicho y lo vuelvo a decir que es todo lo contrario”
“No quiere gastos adicionales, requiere que las prestaciones que se necesitan estén asociadas y estén incluidas en un programa específico para la atención a las víctimas en situación de violencia, como también de su grupo familiar, y solamente hay que coordinarlas bajo un protocolo de actuación”.
Concretamente con esta ley se determina que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deberán brindar esta atención a las víctimas de violencia de género, dentro de un programa de asistencia interdisciplinario resguardado en el marco de un protocolo”.
El protocolo comprende:
*”En primer lugar, la detección del problema para tener certeza en el diagnóstico”.
*En segundo lugar, incorporar las prestaciones necesarias asociadas que ya existen en cualquier red prestacional”.
Recordar que ante cualquier situación o hecho de violencia se pueden contactar con la Línea de Atención 144, las 24 horas del día, 365 días del año.
Con la Línea de Atención Nacional 137, 24 horas del día.
En caso de peligro inminente al 911.
Concurrir a la OVD, sita en la calle Lavalle 1250, planta baja de esta ciudad,
24 horas del día, 365 días del año.
Fuente: Información parlamentaria.