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“Connivencia y protección”: estos son los fundamentos de la condena contra Cristina

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Causa Vialidad: el tribunal difundió sus fundamentos y se inicia la etapa de apelaciones.
Causa Vialidad: el tribunal difundió sus fundamentos y se inicia la etapa de apelaciones.

El Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer esta mañana los fundamentos de su veredicto en la causa Vialidad y desde ahora todas las partes podrán apelarlo ante la Cámara Federal de Casación Penal, entre ellas la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, condenada a seis años de prisión en el juicio que culminó el 6 de diciembre pasado.

 

El Tribunal concluyó que entre 2003 y 2015 hubo “manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez”, según consta en los fundamentos de 1.616 carillas.

Con este paso procesal, comenzaron a correr los diez días hábiles para las defensas y para la fiscalía en pos de apelar el veredicto ante la Cámara Federal de Casación penal, aunque es un plazo que podría prorrogarse si alguna de las partes lo pide, explicaron fuentes judiciales.

A lo largo de 1.616 carillas, los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso consideraron que “lo verdaderamente relevante para esta sentencia, en relación a los hechos materia de juzgamiento, es evidenciar la reacción institucional -de manifiesta connivencia y protección- de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Antonio Báez”.

Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola habían pedido condenar a 12 años de prisión a la Vicepresidenta y al empresario Lázaro Báez teniendo en cuenta este delito que el TOF descartó.

“Hemos llegado a la conclusión de que la premisa acusatoria respecto a esta figura penal parte de una hipótesis equivocada”, advirtieron Gorini y Giménez Uriburu.

Los jueces evaluaron que no se probó la existencia de una “pluralidad de planes delictivos indeterminados y, en razón de la tesis fiscal vinculada a esa pluralidad, a la cantidad de personas que habrían integrado la organización”.

Además, en relación a la vinculación de la causa Vialidad con otras dos en trámite, remarcaron que, “del cotejo de personas imputadas en las causas Los Sauces y Hotesur con aquellas que lo fueron en autos, sólo Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez coinciden dentro de la totalidad de los aquí justiciables”,

Esto no se correspondería con el delito de asociación ilícita que contempla el accionar de al menos tres personas en común.

Los jueces dieron por probado el delito de administración fraudulenta de manera unánime en relación a lo ocurrido con el supuesto favorecimiento a Báez con la adjudicación de 51 obras viales en Santa Cruz entre 2003 y 2015.

Además, consideraron que existió una reunión en Santa Cruz posterior a las elecciones del domingo 22 de noviembre de 2015, entre “funcionarios y empresarios” de la cual dieron por probado que participó la entonces presidenta de la Nación, pese a que su defensa lo negó durante el juicio oral.

“Lo primordial es que las vastas pruebas reseñadas demuestran con suficiencia que en el transcurso de la semana que siguió a las elecciones del domingo 22 de noviembre de 2015, Lázaro Antonio Báez y Fernández de Kirchner, con la asistencia de Julio Mendoza, José Francisco López y, en menor medida, Nelson Guillermo Periotti y José Raúl Santibáñez coordinaron e implementaron el cese ejecutivo de la maniobra criminal“, sostuvieron en los fundamentos.

Esas afirmaciones, “se basan en la copiosa evidencia reunida, como pocas veces se ha visto en procesos penales en los que se investigan delitos de esta naturaleza que involucran a personas de tan alto rango jerárquico en la administración pública”.

Los jueces condenaron a la vicepresidenta a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos como “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.

Lázaro Báez, dueño de la empresa “Austral Construcciones”, recibió la misma pena por el mismo delito en calidad de partícipe necesario.

También quedaron condenados a seis años de cárcel el extitular de Vialidad Nacional en ese período Nelson Periotti y el ex secretario de Obra Pública José López.

Exfuncionarios de Vialidad nacional y de la provincia de Santa Cruz recibieron penas de entre 4 y 5 años de prisión mientras que todos los acusados fueron absueltos por el delito de asociación ilícita.

El Tribunal dispuso el decomiso actualizado si la sentencia queda firme de 84.835.277.378,04 millones de pesos, suma considerada producto del delito.

 
 

14 comentarios Dejá tu comentario

  1. Constitución Nacional Artículo 109.- En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.

  2. Qué rapidez mental, y qué capacidad intelectual tienen los fanáticos kirchneristas. Un fallo de 1616 páginas...¡se lo leyeron en 15 minutos! (¡colosal éxito del curso de lectura veloz de ILVEM!). Eso sí, leerse todo eso para después decir que "no hay pruebas", que "el fallo es una barbaridad", o que "sí existió el lawfare", demuestra que los fanáticos kirchneristas no tienen ninguna capacidad de argumentación, tan sólo su fanatismo cerril.

  3. En Rio Negro, la medusa argentina, llamada Cristina Elisabet Fernandez, acaba de decir que " no estamos en un gobierno democratico-constitucional " . Y LO DICE LA VICEPRESIDENTA, o es porque no esta de acuerdo con el fallo condenatorio por ladrona, o también porque lo que ella repudia es la REPUBLICA de Gobierno Representativo, olvidando que ella es parte del PE. Lo que esta imbécil quiere es la democracia en el sentido del voto igualitario, que es quien da el poder para llegar a ser presidente o funcionario en Diputados o en Senadores. Y allí es donde ella sostiene la " democracia " ya que para Cristina 51% es 100% y hacen lo que quieren. Y lo que NO LE GUSTA es la tercera pata del Estado, la JUSTICIA, y la labor que explicita la Constitución Nacional, como un poder absolutamente independiente que controla a los demás poderes para evitar excesos, y para aplicar la LEY, es decir la Constitución Nacional. Cristina dice que el sistema Republicano " se organizó durante la revolución francesa, época que no había ni luz eléctrica, y por ello debe ser cambiado. Su meta es la sintonía China o venezolana, o cubana, y los peronchos aún no se han percatado de esta 5ta. columna, infiltrada desde hace años, que persigue el fin de la República, y almorzarse todos los grasas peronistas, como así los llamaba hace años, diciendo que al PJ nunca le habían dado entrada al kirchnerismo, y que Gioja y los demás se podrían suturar el orto (está grabado en su conversación con Parrilli, el pelotudo, en una escucha legal) Es lo que hay, y para colmo le dan un título " honoris causa " si es JODA.

  4. No existe bajo este mundo, papel ni titulo alguno, asi sea apergaminado, o de color papel manteca, Que no existe papel alguno que pueda tapar toda esta cagada. Así se intente hacer como los gatos, usando las patas traseras para limpiar y tapar, aca no se vale. No hay forma, no hay manera ya de ir tapando nada. Lo hecho, hecho está. Y tarde o temprano saldrá todo a la misma luz y las cuentas se deberán pagar. Lastima que Luciani y compañía no le hayan pedido que devuelva todo, no solo una parte en este caso lo concerniente a vialidad. Que es mas, mucho mas. Millones de millones mas. Que se recojan todos los depósitos de los innumerables bancos y paraísos fiscales adonde se mantiene escondida la plata. LA NUESTRA. Por la que el país entero sufre descarada y descarnadamente el faltante.

  5. Manifiesta protección Estatal para garantizar la actividad de un consorcio empresarial. = choreo, robo, con protección Estatal, Administración fraudulenta, Vivo en la Córdoba y tiras un poquitito la cuerda, nada más que un poquito te aparece una montaña de BOSTA. en temas de Obras viales, Obras públicas , Empresarios amigotes enriquecidos y protegidos no solo por el Estado sino por la Justicia sorda, ciega y muda.

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