Cuando ocurrió el debate de la Ley de Bases, las modificaciones del Senado llevaron a revisar los reglamentos para saber cuál debería ser el renovado recorrido de esa norma. Ahora, con el confirmado primer veto de Javier Milei, vale refrescar la metodología que deberá seguirse para conocer los pasos que le esperan al proyecto.
Sancionada por 61 votos a favor y 8 en contra, la Ley de Movilidad Previsional y Seguridad Social fue vetada por el presidente de la Nación. El veto que todo presidente puede hacer es total o parcial (en este caso será un veto total). El recorrido varía, según sea uno u otro caso.
El poder de veto es una prerrogativa que la Constitución Nacional le concede al presidente de la Nación, que puede ejercerla para todo tipo de leyes, salvo una ley de convocatoria a una consulta popular vinculante, o una ley aprobada por el pueblo en el marco de una consulta popular vinculante.
Esa posibilidad figura en la Constitución Nacional, precisamente en el artículo 83, que dice: “Desechado en el todo o parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus objeciones a la cámara de su origen; ésta lo discute de nuevo, y si lo confirma por mayoría de dos tercios de votos, pasa otra vez a la cámara de revisión. Si ambas cámaras lo sancionan por igual mayoría, el proyecto es ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. Las votaciones de ambas cámaras serán en este caso nominales, por sí o por no; y tanto los nombres y fundamentos de los sufragantes como las objeciones del Poder Ejecutivo, se publicarán inmediatamente por la prensa. Si las cámaras difieren sobre las objeciones, el proyecto no podrá repetirse en las sesiones de aquel año”.
Pasemos en limpio. Ante este veto total, las cámaras no tienen plazo para rechazar el veto.
El veto se comunica a la cámara de origen del proyecto, en este caso, Diputados. ¿Debe pasar por comisiones antes de llegar al recinto? Sí, pero…
En este caso, veto total, va a las comisiones que lo trataron oportunamente, porque requiere que resuelvan para ir al recinto. Que vaya a comisiones, no implica que se pueda modificar nada; solo se trata de aceptar el veto, o insistir.
El proyecto llegará entonces al recinto de la Cámara de origen, Diputados en este caso, donde debe conseguir los 2/3 de los presentes para rechazar el veto y que siga su recorrido.
En el Senado, mismo trámite y requisitos.
Si consigue 2/3 de los presentes en ambos casos, el Poder Ejecutivo está obligado a promulgarlo.
Si en una de las dos cámaras no cuenta con los 2/3, el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año, y se mantiene el veto.
MONTEFIORE ,cree verdaderamente que los señores Legisladores, NIvel , Zócalo diríamos, según lo que se observa, especialmente los del Senado, saben todo, entienden todo ??????
Los senadores del calabrés que hace 10 días votaron a favor de la ley...que harán?
Sobre Milei: Los delirios místicos son creencias religiosas o espirituales intensas y poco realistas, comunes en trastornos como esquizofrenia, trastorno delirante o trastorno bipolar en episodios maníacos. A continuación se describe clínicamente a una persona con delirios místicos: Creencias Extremas y No Realistas: La persona tiene creencias persistentes sobre temas religiosos o espirituales, desvinculadas de la realidad. Puede creer que tiene una misión divina especial, que es una figura religiosa importante o que posee poderes sobrenaturales. Influencia en el Comportamiento: Estas creencias afectan su comportamiento diario, llevando a acciones inusuales como participar en rituales extravagantes, predicar a desconocidos o adoptar comportamientos extraños. Resistencia a la Contradicción: La persona es muy resistente a información que contradiga sus creencias. A pesar de la evidencia objetiva, mantiene firmes sus convicciones místicas. Impacto en la Vida Funcional: Los delirios místicos pueden causar problemas en el trabajo, relaciones interpersonales y en la vida cotidiana debido al enfoque intenso en sus creencias. Aspectos Afectivos y Cognitivos: Puede haber cambios en el estado de ánimo, como exaltación o euforia relacionada con las creencias, y desorganización del pensamiento, dificultando la comunicación. Duración y Persistencia: Los delirios suelen ser persistentes y duraderos, afectando la percepción de la realidad a lo largo del tiempo. Contexto Diagnóstico: Es clave diferenciar estos delirios de creencias religiosas genuinas que no interfieren con la vida diaria. Los delirios místicos se presentan en el contexto de un trastorno mental significativo.
El Jefe de Gabinete de la Nación GUILLERMO FRANCOS, informó por escrito a las Provincias, entre ellas a Córdoba, por la exigencia de la Ley de Movilidad para que se le pague el déficit adquirido, que no existen deudas con las Caja de Jubilaciones transferidas o Provinciales.
Los cambios me impresionan con tu artículo heardle