No es novedoso que a la Republica Argentina se la conozca en el exterior como
uno de los países más corruptos del mundo. Lamentablemente, nada se hace por
revertir esa imagen sino que, contrariamente, mucho se hace para mantener esa
opinión y encabezar la estadística.
Si bien podríamos escribir largas horas en torno a la impunidad y a la
fragilidad de nuestras instituciones, nos toca ahora abordar, por su
importancia, un tema que tiene en vilo al Gobierno y a la provincia de Buenos
Aires, y que tiene conexión con varios casos de policías honestos que, tras
prestar declaración testimonial y decir la verdad acerca de sus superiores,
—todos de la cúpula de la Policía Bonaerense, y algunos incluso actualmente en
funciones—, debieron pagar con el exilio.
Lo grave de la situación es que estas personas que debieron irse —ante la
inacción de la sede porteña del ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados) y el ineficaz Programa de Protección de Testigos argentino—,
fueron asiladas por otros países (generalmente Estados Unidos y España), los cuales incluso brindaron la asistencia económica para que pudieran
permanecer seguros, junto a sus grupos familiares, durante el exilio forzoso al
que se vieron obligados por la pasividad de las autoridades políticas de la
República Argentina, la que hasta hoy permanece ajena a la situación.
Aunque parezca mentira, existe por parte del gobierno argentino una elocuente indiferencia
respecto a sus ciudadanos exiliados, los cuales debieron pedir
refugio político por cumplir con su carga pública de declarar como testigos y
decir la verdad, actitud que, lejos de ser reprimida con la indolencia, debió
ser aplaudida y puesta como ejemplo para la sociedad.
Pues nada se hizo, o bien, se hizo todo lo contrario a lo que la lógica indica
que debía hacerse. Y hoy es hora de reivindicar a estas personas, regresarlas al
país, indemnizarlas, darles un empleo digno o un subsidio y proporcionarles
todas las garantías que se merecen para vivir como ciudadanos libres de una
Nación que quisieron construir y que no los dejaron.
La Masacre de los Polvorines (25 de agosto de 2000)
Así se conoció al hecho que derivó en el exilio forzoso del ciudadano argentino,
Adrián Hugo Montenegro, policía que ingresara a la fuerza en 1988, permaneciera
por doce años y desempeñara funciones trabajando en el área Dirección de
Investigaciones (DDI) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en el
partido de San Martín. Actualmente se encuentra radicado en los Estados Unidos de
norteamérica junto a su grupo familiar, conformado por su esposa Gladys y tres
(3) hijos: Milagros, Candela y Thomas.
El día 25 de agosto de 2000, tres delincuentes armados (Eduardo Leguizamon,
Sergio Torres y Fabio Bricela) asaltaron la Sucursal del Talar de Pacheco de la
Banca Nazionale del Laboro (BNL) y tras huir en moto con un botín de $ 25.900 y
refugiarse en los Polvorines, 150 efectivos policiales de la bonaerense, con
gran despliegue de helicópteros, vehículos oficiales y demás, masacraron sin
resistencia no sólo a los malvivientes sino también —y por la espalda— al sargento
primero Julio Sánchez, uno de los policías que integraba el operativo y que
murió en los brazos de Adrián Montenegro.
El ex Ministro de Seguridad, Ramón Verón, y el ex jefe policial Eduardo Martínez,
ambos de la gestión del ex gobernador Carlos Ruckauf, aseguraron ante los
medios que el hecho había sido una operación exitosa, cuando todas las probanzas
colectadas, y hasta los indicios, señalaban que se trató de una fantochada
para
intentar exhibir una falsa imagen de lucha contra la inseguridad por parte de la
policía bonaerense —y de la gestión de Ruckauf—. Dos datos para entender el
fracaso: parte del dinero
sustraído jamás fue recuperado, y los cuerpos de los delincuentes tenían entre
50 y 70 tiros cada uno.
Luego de haber declarado ante la Fiscalía del Partido de San Martín como único
testigo, y precisar que en realidad se había tratado de una emboscada —que en la
jerga policial se conoce como “ratonera”—, es decir, que la misma policía
había organizado el asalto al banco para asesinar a sus autores y así obtener réditos de
imagen, Adrián Hugo Montenegro fue mas lejos y no sólo dio los nombres de los
policías involucrados en esto —en total acusó a dos comisarios inspectores,
un comisario, cinco subcomisarios, seis oficiales y siete suboficiales, rozando a la cúpula policial—, sino que también se ocupó de
expresar todos los delitos que se cometían desde la bonaerense con total
impunidad, desde participación en secuestros extorsivos hasta la prostitución,
conformando una verdadera red de corrupción.
Tras esas declaraciones comenzó a peligrar su vida y, en consecuencia, pidió que
la fiscalía lo enviara al Programa de protección de testigos implementado por
resolución del entonces Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de
octubre de 1998, el fallecido Matías de la Cruz. Desafortunadamente, como
expresara el propio Montenegro, en dicho programa advirtió que las
personas que lo cuidaban, eran parientes de las personas que el había denunciado
en sede judicial. Más aún, uno de los denunciados era hermano de una de las
personas que debían dar protección al citado testigo.
Por su parte, las autoridades respectivas jamás quisieron separar a esas personas
que lo custodiaban, por lo tanto decidió salirse de tal programa por falta de
confianza y garantías. Incluso el antiguo fiscal Gral. de San Martín, Dr.
Mario Chichizola, le recomendó “abandonar” el país, ya que —según aseguró— no podían
protegerlo.
Es así que, tras un paso fugaz por Misiones y Paraguay, en mayo del 2001,
abandonó la República Argentina rumbo a la República Oriental del Uruguay,
contactándose en el vecino país con personas del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ya que conocían su caso, y
decidieron realizar una investigación, luego de la cual concluyeron que era un "perseguido político" y presentaron su caso
ante Estados Unidos, país que, tras su propia investigación —efectuada
a través del Departamento de Estado—, arribó a la misma conclusión. Por razones
de seguridad, se aconsejó que Montenegro se traslade y viva en lo
sucesivo en Estados Unidos, junto a su familia, bajo un régimen
similar que los afganos y cubanos, que es más bien propio de un beneficio que se
concede a aquellos ciudadanos de países en guerra o que viven bajo regimenes
dictatoriales, que no es el caso de la Argentina.
A través del IRC (International Rescue Comitee) con sede en Nueva York, se lo
asistió económicamente durante unos meses, a razón de unos U$S 2.000 por mes, vivienda digna, plan de salud, y trabajo. Luego debían
transcurrir cinco años para obtener la residencia —que a los refugiados se
les computa desde que llegan a USA— y luego cinco años más para lograr la
ciudadanía americana.
Desde entonces, Montenegro se ha convertido en el primer
refugiado de la democracia argentina y el primero en la historia de la Policía
de la Provincia de Buenos Aires, existiendo documentación reservada, otorgada
por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, que acredita su calidad de
refugiado político (documentación oficial americana).
Es dable mencionar que el gobierno argentino también tiene copia de esa documentación
a través de la Cancillería.
Nula reacción de las autoridades argentinas
Las autoridades políticas de la República Argentina no sólo entonces, sino
también ahora, han permanecido impávidas ante la situación de sus exiliados en
el exterior. Además del caso de Adrián Hugo Montenegro y su grupo familiar,
existen cuatro casos más: el del ex oficial de Inteligencia de la Policía de
la Provincia de Mendoza —que salpica al ex Gobernador de dicha Provincia, y
actual Vicepresidente de la Nación, Julio Cesar Cobos—, Oscar Carral y su
esposa, también policía, y dos más que tienen asilo en Estados Unidos de
Norteamérica y que no mencionamos en esta nota por expreso pedido de los mismos,
pero que nos consta que son de conocimiento del gobierno nacional y provincial.
Debemos decir que Montenegro se entrevistó oportunamente con el
entonces Embajador de Norteamérica, Dr. José Octavio Bordón, con el entonces
Canciller Rafael Bielsa y con los Cónsules de Nueva York, Sr. Héctor Marcos
Timerman, y de Miami, Estado de Florida (2004).
A mayor abundamiento, conforme se exhibe en esta nota, existen constancias de
conocimiento concreto por parte de las autoridades mencionadas. Por su
elocuencia, destacamos la nota suscripta por el entonces Ministro de Seguridad de
la Provincia de Buenos Aires, Señor Juan Pablo Cafiero, fechada en la Plata el
12 de agosto de 2003 y recepcionada por la Cancillería argentina, Dirección
de Derechos Humanos, en la misma fecha. Curiosamente el firmante Juan Pablo Cafiero
actualmente es asesor de la Provincia de Buenos Aires, y recientemente ha sido
designado como Embajador argentino ante el Vaticano, tras el rechazo de la
nominación que con anterioridad se propusiera.
¿Se ocupara alguien de estos desafortunados ciudadanos honestos?
Por lo demás, tampoco nos sorprende habernos enterado de las presiones ejercidas
a distintos medios para que no den cobertura a este tema relacionado con los
exiliados de la democracia argentina, y menos aún que muchos de esos medios
hayan cedido a tales presiones.
El caso mas notorio fue el diario Perfil, donde incluso se hicieron unas notas
por parte de la periodista Emilia Defino que luego no salieron publicadas por
disposición de su jefe, Edi Zunino.
Afortunadamente, existen medios independientes que hacen caso omiso a la
intención de mordaza a la libertad de prensa, y publican lo que consideran
justo para que la verdad salga a la luz.
Breves referencias al Programa de Protección de Testigos
El sistema de protección puede ser ordinario, asignación de una custodia; o
especial, implementado en origen para causas de narcotráfico. Es el que cito a
continuación.
En la época en que Adrián Montenegro tuvo los inconvenientes que motivan su
asilo en Estados Unidos de Norteamérica, estaba vigente el sistema que utilizaba
la Provincia de Buenos Aires por resolución del entonces Procurador General de
la Suprema Corte de Justicia de octubre de 1998, Matías de la Cruz.
La reforma del Código Procedimientos Penal establece la protección y la
asistencia de quienes pudieran dar testimonio en un juicio penal, y el artículo
40 de la ley 12.061 señala que el Ministerio Publico Fiscal “arbitrará los
medios para proteger a quienes, por colaborar con la justicia, corran peligro de
sufrir algún daño”.
De esta forma, si el Fiscal General de un departamento judicial considera que
la vida de un testigo corre peligro puede pedir su traslado a un domicilio a un
domicilio secreto, con vigilancia policial permanente para él y su familia hasta
que el riesgo desaparezca.
El 12 de agosto de 2003 fue promulgada la Ley Nacional 25.764 que crea el
Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados para los delitos
contemplados en los Art. 142 bis y 170 Código Penal (Delitos contra la libertad
—amenazas, privación ilegitima de la libertad, detención, incomunicación— y
secuestro extorsivo).
Se ingresa al programa de oficio o a petición del fiscal o juez, previa vista al
Procurador General y del Director Nacional de Protección de Testigos e
imputados.
Asimismo en octubre de 2006 y mediante Decreto Nacional 2475/2006 la Nación
(Néstor Kirchner) y la Provincia de Buenos Aires (Felipe Solá) implementaron en
conjunto lo que se denominó como Programa de Vigilancia y Atención de Testigos
en Grado de Exposición, con asistencia financiera de la Nación y recursos y
logística bonaerense.
Este nuevo programa tampoco ha disminuido los riesgos extremos que debe
atravesar un testigo en la Argentina, quienes tienen tres caminos por
recorrer: desaparecer, ser asesinados o asilarse o
refugiarse en otros países ante la indiferencia del Estado argentino. En
síntesis, en la República Argentina las actitudes rectas y honestas se pagan con
la vida o con el exilio. Es lamentable.
Testigos en peligro
Sin contar con los casos de los exiliados actualmente
vigentes, podemos mencionar los siguientes casos:
1) Carlos Aravena. Testigo clave en el triple crimen de Cipolletti, decapitado
en una zanja;
2) Ricardo Acuña: Testigo clave para esclarecer el crimen de las dos mochileras en Bahía Blanca, apareció colgando de un árbol.
3) Ricardo Manselle: Testigo de reuniones entre principales acusados del crimen
de José Luis Cabezas, mataron al custodio de su hija;
4) Julio López: Desaparecido y con presunción de muerto
siendo también testigo de un juicio de lesa humanidad.
El Procurador General de la Nación Esteban Righi decidió hacer un relevamiento
completo de testigos del caso López: primero pidió lista a los fiscales y luego
la remitió al Ministerio del Interior para la provisión de
custodios, lo que se encuentra previsto en el artículo 70 del Código de
Procedimiento en materia Penal, en tanto exige al Estado “a garantizar las
condiciones de seguridad de un testigo con alguna custodia”.
Como bien señala la diputada nacional Silvana Giuidici, pese al Decreto todavía
no se ha desarrollado una política consistente en la materia. Sólo discursos.
Conclusión
Como bien observará el lector de esta interesante nota, si bien ser
testigo es obligatorio —carga publica—, también es peligroso, ya que el Estado
argentino no brinda adecuadas garantías para la integridad física del deponente
ni para su grupo familiar.
Como si esto fuera poco, llegado el caso en que un testigo se encuentra en peligro,
el Estado nacional nada hace, sino que opta por el silencio y la pasividad,
dejando a su suerte a la persona e incurriendo de algún modo en la figura de
"abandono de persona", prescripta por el Art. 106 del Código Penal:
“El que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en
situación de desamparo, sean abandonando a su suerte a una persona incapaz de
valerse y a la que debe mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya
incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años.
El caso del Señor Hugo Adrián Montenegro pone en vilo el tema y exige una
solución.
Consultado su abogado sobre los caminos que tiene Montenegro para
remediar su situación, el mismo nos manifiesta hay varios viables, desde las
manifestaciones públicas en distintos lugares del mundo donde asistan
gobernantes argentinos (hasta tanto alguien lo convoque para encontrar una
solución a su exilio u ofrezca remediar sus consecuencias) hasta promover la
pertinente denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
para lo cual, en principio, habría que agotar las instancias locales.
La jurisprudencia uniforme de la CIDH dice que toda
violación a una obligación internacional genera la obligación de reparar
adecuadamente el daño y plantear acciones civiles y penales ante el Estado
argentino, ya que nos encontramos ante un delito de lesa humanidad.
Por de pronto, la sola difusión de este tema debiera ameritar que las autoridades
del gobierno argentino tomen con responsabilidad cartas en el asunto, modifiquen
o perfeccionen el Programa de Protección de Testigos, separando a la política de
la fuerza, e intentando que el mismo sea eficaz para proteger y evitar el
destierro de ciudadanos argentinos por obrar con honestidad.
Alejandro Sánchez Kalbermatten
TRAS VARIOS AÑOS DE HABER ESCRITO ESTE ARTICULO PARA EL PRESTIGIOSO PERIODICO TRIBUNA DE PERIODISTAS, QUIERO HACER SABER A QUIEN SIGA TENIENDO CURIOSIDAD EN ESTE CASO, QUE ADRIAN HUGO MONTENEGRO ME HA FINALMENTE CONFERIDO EL POWER OFF ATTORNEY PARA ACTUAR EN SU NOMBRE EN PROCURA DE QUE SE LO INDEMNICE POR LO QUE ESTE ARTICULO DESCRIBE EN DETALLE. GRACIAS A TODOS, Y ESPECIALMENTE A AQUELLOS PERIODISTAS QUE DURANTE ESTOS AÑOS NOS HAN DADO ESPACIOS DE EXPRESION PARA PODER CONTAR AL MUNDO SEMEJANTE INJUSTICIA. GRACIAS DE VERDAD.
MUY BUENA LA NOTA . ES HORA DE QUE SE ,SEPAN LOS MOTIVOS OCULTOS DE LA MUGRE DE LOS 3 PODERES DEL ESTADO ARGENTINO . DIEGO GOMEZ DNI 18169393 35315035